ORDENANZA Nº 233-MVES - Aprueban Reglamento de Organización Interior del Concejo Municipal de Villa El Salvador

Fecha de disposición26 Febrero 2011
Fecha de publicación26 Febrero 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 26 de febrero de 2011
437734
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Prorrogan plazo para el pago de la primera
cuota y pago al contado del Impuesto
Predial, Arbitrios Municipales de enero y
febrero y del beneficio por pronto pago
para el Ejercicio Fiscal 2011
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 232-MVES
Villa El Salvador, 22 de febrero del 2011
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR,
EN SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA;
Visto: El Informe Nº 048-2011-GR-MVES del
21.02.2011 presentado por el Gerente de Rentas de esta
Municipalidad.
CONSIDERANDO:
Que, según los Arts. 74º y 195º numeral 4 de la
Constitución política del Perú, concordante con la Norma IV
del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF
modif‌i cado por el Decreto Legislativo Nº 953 y el artículo 40º
de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia y por tanto pueden crear,
modif‌i car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias
y derechos municipales dentro de su jurisdicción y con los
límites que señala la Ley;
Que, el inciso a) y b) del artículo 15º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece
que el pago del impuesto predial podrá efectuarse al
contado hasta el último día hábil del mes de febrero
de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro
cuotas trimestrales; en este caso la primera cuota será
equivalente a un cuarto del impuesto total resultante
y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de
febrero respectivamente. Las cuotas restantes serán
pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo,
agosto y noviembre respectivamente;
Que, el último párrafo del artículo 29º del Decreto
Supremo Nº 135-99-EF modif‌i cado por el Decreto
Legislativo Nº 953, establece que el plazo para el pago
de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter
general por la Administración Tributaria;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 229-MVES
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 19.02.2011, se f‌i
como plazo de vencimiento de la primera cuota del impuesto
predial y del pago al contado del mismo tributo el 28.02.2011,
y arbitrios municipales del mes de enero y febrero hasta el
31.01.2011 y 28.02.2011 respectivamente;
Que, con Ordenanza Municipal Nº 231-MVES
publicada con fecha 19.02.2011 se f‌i ja el vencimiento del
benef‌i cio del pronto pago el 28.02.2011;
Que, es necesario dinamizar la recaudación tributaria,
promoviendo el pago de los tributos antes del vencimiento
establecido en el cronograma correspondiente, por lo
que, corresponde ampliar el vencimiento de dichos plazos
hasta el 31.03.2011;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas por el Art. 9º, así como el Art. 41º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto
Unánime del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite
de lectura y aprobación del acta, se expide la siguiente;
ORDENANZA QUE ESTABLECE LA AMPLIACIÓN
DEL PLAZO DE VENCIMIENTO DE LA PRIMERA
CUOTA Y PAGO AL CONTADO DEL IMPUESTO
PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES (ENERO Y
FEBRERO), BENEFICIO DE PRONTO PAGO PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2011
Artículo 1º.- PRORROGAR, el plazo de vencimiento
para el pago del Primer Trimestre y pago al contado del
Impuesto Predial, los Arbitrios Municipales de enero y
febrero y para el benef‌i cio de pronto pago del presente
ejercicio establecido en las Ordenanzas Nº 229 y 231-
MVES hasta el 31.03.2011.
Artículo 2º.- Facúltese al Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
complementarias para la adecuada aplicación de la
presente Ordenanza, así como para establecer la prórroga
de la misma.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
SANTIAGO MOZO QUISPE
Alcalde
607215-1
Aprueban Reglamento de Organización
Interior del Concejo Municipal de Villa
El Salvador
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 233 -MVES
Villa El Salvador, 22 de febrero de 2011
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR,
EN SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA;
Visto: El Dictamen Nº 001-2011-CAL/MVES del
21.02.2011, presentado por la Comisión de Asuntos
Legales de esta Corporación Edil.
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento Interno es un documento de vital
importancia para el Concejo Municipal, el cual regula
el régimen de organización interna, el desarrollo de las
sesiones, el funcionamiento de las comisiones entre
otros;
Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional,
Ley Nº 27680 y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, establece
que las Municipalidades Provinciales y Distritales son
órganos de gobierno local con autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el numeral 12) del artículo 9º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972 señala que es atribución del
Concejo Municipal aprobar por Ordenanza el Reglamento
del Concejo Municipal;
Que, asimismo estando al considerando precedente
el Concejo Municipal está conformado por el Alcalde y
los Regidores, quienes tienen la potestad para ejercer
funciones normativas y f‌i scalizadoras de los actos
de la gestión municipal; las funciones normativas las
ejerce dictando, modif‌i cando o derogando Ordenanzas
y Acuerdos conforme a Ley norma el régimen de la
administración de los bienes y rentas de las municipales,
el régimen de organización y administración de los
servicios públicos locales; aprueba el Plan de Inversiones
Públicas Municipales, establece las normas internas de
desarrollo de la organización municipal y supervisa y
f‌i scaliza la gestión de la Municipalidad y sus funciones
de f‌i scalización las ejerce realizando las investigaciones
que juzgue necesarias, sobre los actos en general de
la Administración Municipal, mediante las Comisiones
Ordinaria y Especial de Regidores y sin perjuicio de la
facultad f‌i scalizadora que le compete a cada Regidor, de
conformidad con este Reglamento y con la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972;
Que, con Edicto Municipal Nº 001-99-MVES, se aprobó
el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Villa El
Salvador y siendo necesario contar con un instrumento
actualizado que desarrolle con claridad los aspectos
relacionados con la organización del Concejo Municipal
que procure su mejor funcionamiento;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas por el inciso 8) del Art. 9º, así como el Art. 39º

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