MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR DECRETO DE ALCALDIA Nº 031-2007-ALC/MVES - AmplIan plazo para inscripciOn de agentes participantes señalados en el Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo 2008 del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 031-2007-ALC/MVES

Fecha de disposición29 Septiembre 2007
Fecha de publicación29 Septiembre 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 29 de setiembre de 2007
354352
2.- Copia simple del DNI.
3.- Copia simple de la Resolución de Multa.
4.- Documento que desvirtúe la infracción.
5.- Recibo de derecho de pago de multa acogido al
benecio (sólo para los administrados comprendidos en el
Artículo 2, numeral 2.3.).
6.- Recibo del derecho de pago por inspección ocular
(sólo para los administrados comprendidos en el Artículo
2º, numeral 2.2.).
7.- Para el fraccionamiento del pago de la multa: los
administrados deberán cumplir con:
7.1. Adjuntar copia del DNI
7.2. Adjuntar recibo del pago por la cuota inicial del
fraccionamiento
7.3. Suscribir compromiso de pago por la diferencia
de la deuda.
7.4. Pago de derecho administrativo S/. 14.71.
Artículo 6º.- ADMINISTRADOS CON EXPEDIENTES
EN TRÁMITE
Todos los administrados que actualmente se
encuentren con expedientes en trámite y que a la fecha
aún no hayan sido resueltos por la Administración;
para beneciarse de la presente Ordenanza deberán
adjuntar en todos los casos documento de desistimiento
respecto de la presentación de su expediente
administrativo y/o judicial. Asimismo, cumplir con los
requisitos contemplados en el Artículo 5º de la presente
Ordenanza.
Artículo 7º.- PLAZO DE VIGENCIA DEL BENEFICIO
La presente ordenanza municipal entra en vigencia a
partir de su publicación en el Diario Ocial El Peruano,
plazo que vence el 31 de diciembre del año en curso.
JAIME A. ZEA USCA
Alcalde
114243-1
Amplían plazo para inscripción de
agentes participantes señalados en
el Cronograma de Actividades del
Presupuesto Participativo 2008 del
distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 031-2007-ALC/MVES
Villa El Salvador, 21 de septiembre del 2007
Visto: El Informe Nº 122-GPBS-MVES-07, suscrito
por el Gerente de Promoción y Bienestar Social de esta
Municipalidad;
CONSIDERANDO:
Que, con Decreto de Alcaldía Nº 024-2007-ALC/
MVES, de fecha 28.08.2007, se aprueba el “Cronograma
de Actividades del Presupuesto Participativo 2008 del
Distrito de Villa El Salvador”;
Que, con documento señalado en la parte expositiva,
el Gerente de Promoción y Bienestar Social de esta
Municipalidad, señala que existe una gran auencia
de organizaciones sociales que desean inscribir a sus
agentes participantes en el proceso del Presupuesto
Participativo 2008, motivo por el cual resulta necesario
se amplíe el plazo para dicha inscripción, el cual
requiere ser aprobado mediante el acto administrativo
correspondiente;
Estando a lo solicitado, y en uso de las facultades
conferidas por los Incisos 1 y 6 del Art. 20º, así como del
Art. 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar hasta el 30.09.2007, la inscripción
de los agentes participantes señalados en el “Cronograma
de Actividades del Presupuesto Participativo 2008 del
Distrito de Villa El Salvador”, el mismo que forma parte del
presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 2º.- Disponer la publicación del presente en
el Diario Ocial El Peruano y en otro diario de circulación
nacional, así como en la página web de esta Municipalidad:
www.munives.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JAIME A. ZEA USCA
Alcalde
114251-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
BELLAVISTA
Establecen disposiciones relativas a
tasas de arbitrios de limpieza pública,
parques y jardines y serenazgo
correspondientes al ejercicio fiscal
2007 para las Instituciones Educativas
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 015-2007-CDB
Bellavista, 26 de setiembre de 2007
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BELLAVISTA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en
Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto mayoritario de
sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley
Orgánica de Municipalidades le conere y con dispensa
del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la
siguiente
ORDENANZA MUNICIPAL
Artículo 1°.- Establecer que las tasas de los arbitrios
de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo
correspondientes al ejercicio scal 2007 para las
Instituciones Educativas registradas como tales en el
padrón de contribuyentes, serán iguales a los montos
que se jaron para el año 2006, conforme al régimen de
descuento establecido mediante Ordenanza Nº 011-2006-
CDB.
Artículo 2º.- Las Instituciones Educativas no
declaradas como tales en el padrón de contribuyentes de
la Municipalidad Distrital de Bellavista, tendrán un plazo
de treinta días calendario para regularizar su situación y
acogerse al benecio otorgado a través de la presente
Ordenanza.
Artículo 3º.- Las Instituciones Educativas que a la
entrada en vigencia de la presente Ordenanza, hayan
cumplido con el pago de los arbitrios del 2007, se les
reconocerá un crédito compensatorio por el exceso que
resulte de la aplicación del benecio establecido en el
artículo precedente.
Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal y
Dirección de Administración Tributaria y Rentas, el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza
Municipal.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
114621-1

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