MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO ORDENANZA Nº 162/MVMT - Aprueban rEgimen de Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2013 ORDENANZA Nº 162/MVMT

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 29 de diciembre de 2012
483758
administrativo durante el año en el que este fue realizado
y antes del vencimiento del Permiso de Operación, en
cualquier otra fecha perderá su validez.
Cuarta.- La Municipalidad determinará el número de
unidades vehiculares y paraderos para la prestación del
Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros
y Carga en Vehículos Menores en el distrito, que será
sustentado en un Estudio Técnico que se denominará:
“Plan Regulador para el Servicio de Transporte Público
Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores
en el Distrito de Villa El Salvador”, que deberá ser
actualizado periódicamente en el tiempo que establezca
la Municipalidad. Para lo cual deberá establecer en su
Presupuesto Anual la partida pertinente para la realización
del Estudio Técnico antes referido, con la nalidad de
permitir afrontar esta problemática de manera más integral
y objetiva.
Quinta.- Los conductores integrantes de un Transportador
Autorizado y Registrados en la Municipalidad, conforme
al Artículo 13º, deberán portar un Carné de Identicación
de Conductor (Fotocheck) que será expedido por el
Transportador Autorizado que integra para el cual presta el
servicio, que será responsable de su elaboración, emisión
y adecuado uso, en consecuencia asume responsabilidad
solidaria, por todos los actos de sus conductores en relación
a la prestación del servicio, documento que será suscrito
por su Representante Legal y visado por el Sub Gerente
de Transporte y Seguridad Vial, previo cumplimiento de los
requisitos establecidos por el Artículo 51º de la presente
Ordenanza. El Carné de Identicación del Conductor
(Fotocheck) tendrá una vigencia de Un (1) Año y será
cancelado cuando el conductor haya sido retirado o dado
de baja por el Transportador Autorizado, su costo no deberá
exceder de S/. 10.00.
Sexta.- El Transportador autorizado es responsable
ante la autoridad administrativa por el debido cumplimiento
de las normas que corresponden al servicio especial a
que se reere el presente reglamento.
TÍTULO XII.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- La Persona Jurídica que preste el Servicio
de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga
en Vehículos Menores en zonas de trabajo de nuestra
jurisdicción y a la vez en zonas de trabajo colindantes
con distritos contiguos deberá obtener su Permiso de
Operación, Tarjeta de Habilitación Vehicular y Distintivo de
Identicación Municipal (Sticker) de esta Municipalidad,
mientras no se establezca el Régimen de Gestión Común
con los distritos colindantes.
Segunda.- Los Permisos de Operación vigentes y
otorgados a la fecha mantienen su plena validez, debiendo
la Persona Jurídica, propietario de los vehículos menores
y conductores adecuarse a la presente Ordenanza para
los efectos de su renovación.
Tercera.- Las Personas Jurídicas que se encuentren
en pleno proceso de Renovación del Permiso de
Operación deberán adecuarse a las disposiciones dadas
por la presente Ordenanza para proseguir con el trámite
administrativo.
Cuarta.- Los Transportadores Autorizados con
Permiso de Operación vigente deberán adecuarse a la
presente Ordenanza en un plazo no mayor a Sesenta
(60) días calendarios, contados a partir de la entrada en
vigencia de la presente Ordenanza.
Quinta.- Encárguese a la Gerencia de Administración
habilitar código para trámite de inscripción y registro de
vehículos menores, de Tarjeta de Habilitación vehicular,
derecho de vericación y evaluación técnica de paradero,
así como el pago por distintivo de identicación vehicular
y demás procedimientos que guarden conexión con la
materia reglamentada.
TÍTULO XIII
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- La Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T.)
aplicable, será la vigente al momento de pagar la
infracción.
Segunda.- La Gerencia de Desarrollo Urbano será la
encargada de Aprobar los Formularios de las Papeletas
de Infracción, de las Boletas de Internamiento y de las
Ordenes de Liberación mediante emisión de la Resolución
Gerencial respectiva, considerando las especicaciones y
características pertinentes.
Tercera.- Se mantendrá Suspendido Temporalmente
el otorgamiento de Permisos de Operación a nuevas
Personas Jurídicas, a n de regular el Servicio de
Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en
Vehículos Menores en el Distrito de Villa El Salvador hasta
el 30 de Junio del 2013.
Cuarta.- Inclúyase en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (T.U.P.A.), los procedimientos, requisitos
y derechos administrativos establecidos en la presente
Ordenanza.
Quinta.- Inclúyase en el Cuadro Único de Infracciones
y Sanciones (C.U.I.S.) de la Entidad Edil las Infracciones
y Sanciones que se regula según Anexos de la presente
Ordenanza.
Sexta.- Derogar el Decreto de Alcaldía Nº 014-2009-
ALC/MVES, la Ordenanza Municipal Nº 121-MVES, la
Ordenanza Municipal Nº 188-MVES, y cualquier otra
norma que se oponga a la presente.
Séptima.- Facúltese al Alcalde del distrito para que
mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar normas
complementarias y/o reglamentarias.
Octava.- Encargar a Unidad de Comunicaciones
realice la difusión de la presente norma municipal.
Novena.- Encargar a la Unidad de Administración
Documentaria y Atención al Usuario, a la Gerencia
Municipal en coordinación con la Gerencia de Desarrollo
Urbano, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración,
Unidad de Finanzas, Unidad de Logística, Unidad de
Desarrollo Institucional Tecnología de la Información y
Estadística, y Sub Gerencia de Transporte y Seguridad
Vial el cumplimiento de lo establecido en la presente
norma.
Décima.- La presente Ordenanza entra en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Ocial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
882516-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Aprueban régimen de Arbitrios
Municipales correspondientes al
Ejercicio Fiscal 2013
ORDENANZA N° 162/MVMT
Villa María del Triunfo, 17 de diciembre de 2012.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL
TRIUNFO, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA
FECHA;
VISTO el Dictamen 009-2012/CARPP/MVMT,
emitido por la Comisión de Administración, Rentas,
Planeamiento y Presupuesto.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194
de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades
como órganos de Gobierno Local tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia y precisamente son de competencia a
tenor de lo previsto por el artículo 74 de la misma Carta
fundamental, crear, modicar y suprimir contribuciones y
tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con
los límites que señala la Ley;

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