MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 274-2007/MDV-ALC - Constituyen ComitE de AdministraciOn del Programa Municipal del Vaso de Leche del distrito de Ventanilla RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 274-2007/MDV-ALC

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 17 de setiembre de 2007
353574
concordante con el artículo II del Título Preliminar de la
Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con
el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la
lectura y aprobación del Acta;
SE APROBÓ LA SIGUIENTE ORDENANZA MUNICIPAL:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA
ORDENANZA Nº 025-2004/MDV-ALC, QUE
REGLAMENTA LAS PROHIBICIONES Y SANCIONES
AL ACCESO A PÁGINAS PORNOGRÁFICAS POR
MENORES DE EDAD EN CABINAS DE INTERNET
DEL DISTRITO DE VENTANILLA
Artículo Primero.- APROBAR las modicaciones a la
Ordenanza Municipal Nº 025-2004/MDV-ALC de fecha 29
de setiembre del 2004, que Reglamenta las prohibiciones y
sanciones al acceso a páginas pornográcas por menores
de edad en cabinas de internet del distrito de Ventanilla;
agregándose el siguiente artículo:
Artículo 2-A.- Los establecimientos autorizados
para el funcionamiento de cabinas de internet, quedan
terminantemente prohibidos en permitir el ingreso de
menores de edad a cabinas privadas. Asimismo, queda
terminantemente prohibido, se permita el acceso de
los menores de edad a páginas web que exhiban los
denominados juegos de asxia.”
Artículo Segundo.- RECOMENDAR a la Gerencia de
Rentas, a través de las Sub Gerencias correspondientes, así
como a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a través de la
Sub Gerencia de Fiscalización y Control; y demás unidades
orgánicas pertinentes, realicen los operativos necesarios e
implementen las medidas necesarias, a n de velar por el
cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.
Regístrese y comuníquese.
OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde
108779-2
Constituyen Comité de Administración
del Programa Municipal del Vaso de
Leche del distrito de Ventanilla
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 274 -2007/MDV-ALC
Ventanilla, 4 de setiembre del 2007.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VENTANILLA
VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 101-2007-MDV-
CDV de fecha 28 de agosto del 2007;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27470 – Ley que establece normas
complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso
de Leche, señala en su artículo 2, que en cada Municipalidad
Distrital, se debe conformar un Comité de Administración del
Programa del Vaso de Leche, el mismo que es aprobado
mediante Resolución de Alcaldía con Acuerdo del Concejo
Municipal. El referido Comité está integrado por el Alcalde,
un funcionario municipal, un representante del Ministerio
de Salud y tres representantes de la Organización del
Programa de Vaso de Leche, elegidas democráticamente
por sus bases, de acuerdo a los estatutos de su organización
y adicionalmente deberá estar conformado por un
representante de Productores Agropecuarios de la región
o zona, cuya representatividad será debidamente acredita,
ahora por el Gobierno Regional del Callao, en virtud de las
normas de descentralización actualmente vigentes.
Que, el período de vigencia del Comité, es de dos años
consecutivos, no pudiendo sus miembros ser reelectos en
forma inmediata conforme lo establece el último párrafo del
numeral 2.2) del artículo 2 de la Ley Nº 27470 modicado
por la Ley Nº 27712.
Que, mediante Acuerdo de Concejo del visto, se
aprobó conformar el Comité de Administración del
Programa del Vaso de Leche del distrito de Ventanilla,
autorizándose su reconocimiento mediante la Resolución
correspondiente.
Que, mediante Memorando Nº 122-2007/GAA-MDV
de fecha 26 de junio del 2007, la Gerencia de Asistencia
Alimentaria, comunica la elección de las representantes
ante el Comité de Administración del Programa de Vaso
de Leche.
Que, mediante Memorando 167-2007/GAA-
MDV de fecha 27 de agosto del 2007, la Gerencia de
Asistencia Alimentaria, comunica la nueva conformación
de representantes de la organización del Vaso de Leche,
a n que sean incluidas en el Comité de Administración
Distrital, siendo las coordinadoras elegidas: Yris Alvarez
Mantilla, Maria Orellana Vargas y Maria Amelia Blanco
Ramos, puesto ello en conocimiento, mediante expediente
administrativo Nº 023109, al cual se adjunta el Acta
correspondiente a la elección.
Que, mediante Ocio 3947-2007-ESANS-
DAIS-DESP-DG-DISAICALLAO, se comunica que la
representante de la Dirección de Salud I Callao, ante
el Comité de Administración del Programa del Vaso de
Leche de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, es la
Dra. Silvia Merino Silva.
Que, mediante Ocio Nº 1153-2007-GRC/GGR el
Gobierno Regional del Callao, acredita a la Señora Rocío
Fuentes Rivera Montesinos, Presidenta de la Asociación
de Productores de Leche de la Provincia Constitucional
del Callao, como representante de los Productores ante
el Comité de Administración del Programa del Vaso de
Leche de la Municipalidad Distrital de Ventanilla.
Que, las Municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, de conformidad con lo dispuesto en
concordante con el artículo II del Título Preliminar de la
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la
Gerencia Municipal, y Gerencia de Asesoría Jurídica, en
uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972- Ley
Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Conformar el Comité de
Administración del Programa Municipal del Vaso de Leche
del distrito de Ventanilla, el mismo que estará integrada de
la siguiente manera:
- Sr. Omar Alfredo Marcos Arteaga - Presidente
- Sr. Luis Ventura Lopez - Gerente de Asistencia
Alimentaria
- Dra. Silvia Merino Silva - Representante de
Dirección de Salud I
Callao,
- Sra. Rocío Fuentes Rivera - Representante de los
Montesinos Productores de Leche.
- Sra. Yris Alvarez Mantilla - Representante de la
Organización
- Sra. Maria Orellana Vargas - Representante de la
Organización
- Sra. Maria Amelia Blanco Ramos - Representante de la
Organización
Artículo Segundo.- PRECISAR que el período de
vigencia del presente Comité, es de dos años consecutivos
a partir de su constitución.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria
General, hacer de conocimiento el contenido de la
presente Resolución a los integrantes del Comité.
Regístrese y comuníquese.
OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde
108779-3

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