MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO ACUERDO Nº 81-2007-ACSS - Exoneran de proceso de selecciOn la contrataciOn del servicio de telefonIa mOvil ACUERDO Nº 81-2007-ACSS

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 7 de octubre de 2007
355084
aéreo y el impuesto respectivo, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento el
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
Que, mediante Memorandum 211-07-OPP-
MDR de fecha 18.09.07, la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto señala que atenderá dicha actividad
procediendo a efectuar la modificación presupuestal
en el nivel funcional programático por la modalidad
de Crédito y Anulaciones Presupuestarias, el cual
se considerará por la actividad 110 Conducción
y Orientación Superior, en el rubro 09 Recursos
Directamente Recaudados, en la Partida Específica
5.3.11.32 Pasajes y Gastos de Transportes y es de
opinión de este despacho su viabilidad presupuestal,
por el monto de S/. 5,440.00 (Cinco Mil Cuatrocientos
Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles);
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
Nº 27972, mediante su Artículo 9º, Atribuciones del
Concejo Municipal, Inciso 11) corresponde al Concejo
Municipal Autorizar los viajes al exterior del país
que en comisión de servicio o representación de la
Municipalidad realicen el Alcalde, los regidores, el
Gerente Municipal o cualquier otro funcionario;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por
el Artículo 9º, inciso 11) de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley Nº 27972, Ley Nº 27619, D.S.
Nº 047-2002-PCM; el Reglamento Interno de Concejo
Vigente (RIC), con el voto UNANIME del Pleno del
Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y
aprobación de actas;
ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, del 13 al 22
de Octubre, el viaje del Alcalde de la Municipalidad
Distrital del Rímac ING. VICTOR ADOLFO LEYTON
DIAZ, a la Ciudad de Roma – Italia, para participar, en
representación de la Municipalidad Distrital del Rímac;
en el Viaje de Trabajo a la Comuna de Roma – Italia,
para los fines expuestos en la parte considerativa del
presente Acuerdo; el mismo que se llevará a cabo del
13 al 22 de octubre de 2007.
Artículo Segundo.- Los gastos de hospedaje,
alimentación y transporte interno local durante los
días que dure el evento, serán cubiertos por los
organizadores.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a partir del 13 al
22 de Octubre de 2007, el despacho de Alcaldía a la
Teniente Alcalde, Srta. Fátima Aurora Bisso Alfaro,
mientras dure la ausencia del señor Alcalde, con las
facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de
Administración y Finanzas, a través de la Unidad de
Tesorería, cubrir los gastos de pasaje aéreo (ida y
vuelta) y el impuesto respectivo, el mismo que asciende
a la suma de S/. 5,440.00 (Cinco Mil Cuatrocientos
Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles).
Artículo Quinto.- Dentro de los quince días
calendario siguientes, de efectuado el viaje, el
Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac, Ing.
Víctor Adolfo Leyton Díaz presentará ante el Concejo
Municipal un informe de las acciones realizadas
durante el viaje autorizado.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, a la Oficina de Administración y Finanzas y
a la Oficina de Secretaría General el fiel cumplimiento
del presente Acuerdo de Concejo.
Dado en el Palacio Municipal a los dieciocho días del
mes de setiembre del dos mil siete.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VICTOR LEYTON DIAZ
Alcalde
117232-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Exoneran de proceso de selección la
contratación del servicio de telefonía
móvil
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 81-2007-ACSS
Santiago de Surco, 5 de octubre de 2007
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Extraordinaria de la fecha,
VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 028-2007-CGM-
CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal y
Asuntos Jurídicos, la Carta 1350-2007-SG-MSS,
de la Secretaría General, el Informe Nº 338-2007-GM-
MSS, de la Gerencia Municipal, los Memorándums
Nros. 1155 y Nº 1156-2007-GAF-MSS, de la Gerencia
de Administración y Finanzas, el Memorándum Nº
961-2007-OPP-MSS, de la Ocina de Planeamiento y
Presupuesto, el Informe Nº 1707-2007-SGL-GAF-MSS,
de la Subgerencia de Logística, el Memorándum Nº 579-
2007-SGSGM-GAF-MSS, de la Subgerencia de Servicios
Generales y Maestranza, el Informe Nº 816-2007-OAJ-
MSS, de la Ocina de Asesoría Jurídica, entre otros
documentos, sobre Desabastecimiento Inminente del
Servicio de Telefonía Móvil; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las municipalidades, radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, con Memorándum Nº 851-2007-GSC-MSS, de
fecha 01.10.2007, la Gerencia de Seguridad Ciudadana
señala que, la operatividad del servicio de seguridad
ciudadana que brinda esta Gerencia a los vecinos,
requiere necesariamente contar con los elementos
de comunicaciones que permitan mantener en enlace
permanente entre el personal operativo de serenazgo,
así como también permitan tener comunicación externa
con otros elementos que participan en la seguridad
como la Policía Nacional, Bomberos, Defensa Civil y los
vecinos, por lo que resulta para dicha Gerencia de vital
importancia el disponer de un medio complementario de
comunicaciones que en este momento lo proporciona el
sistema de telefonía celular RPM, siendo que el no contar
con dicho servicio acarrearía problemas que afectarían
la operatividad y efectividad del servicio de seguridad
ciudadana, pudiendo dar lugar a graves consecuencias
por la falta de comunicación, por lo cual solicita se tomen
las medidas necesarias a n de no interrumpir este
servicio;
Que, mediante Memorándum Nº 483-2007-GFIS-
MSS de fecha 01.10.2007, la Gerencia de Fiscalización
considera imprescindible contar con un buen servicio
de comunicación RPM, dado que realizan permanentes
operativos a través de sus órganos de línea en especial
de la Policía Municipal, para atender las diferentes
emergencias y las necesidades que requiera el
vecindario, asimismo señalan que es de suma necesidad
monitorear mediante comunicaciones permanentes a los
diferentes puntos del territorio distrital con su personal,
precisando que de no contar con dicho valioso medio

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