MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES ACUERDO Nº 056-2007/MDSMP - Exoneran de proceso de selecciOn la adquisiciOn de insumos para el Programa de Vaso de Leche ACUERDO Nº 056-2007/MDSMP

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 13 de octubre de 2007
355360
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Exoneran de proceso de selección
la adquisición de insumos para el
Programa de Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 056-2007/MDSMP
San Martín de Porres, 9 de octubre del 2007
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTIN
DE PORRES,
VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la
fecha, los Informes Nros. 431-2007-GAF/MDSMP de
la Gerencia de Administración y Finanzas y 997-2007-
GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el
Memorándum Nº 357-2007-GPVL/MDSMP de la Gerencia
del Programa del Vaso de Leche, y el Informe Técnico
Nº 002-2007-UL-GAF/MDSMP de la Unidad de Logística, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso
c) del Artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley
N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-
2004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos
de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación
Directa las Adquisiciones que se realicen en Situación
de Desabastecimiento Inminente producidas conforme a
la normatividad vigente en materia de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado;
Que, el Artículo 21° del mismo cuerpo legal, establece
que se considera situación de desabastecimiento
inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible
en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra
compromete en forma directa e inminente la continuidad
de las funciones, servicios, actividades u operaciones
productivas que la entidad tiene a su cargo de manera
esencial. Dicha situación faculta a la entidad a la
adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras
solo por tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario
para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de
selección que corresponda;
Que, de conformidad con el artículo 146° del
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 084-2004-PCM, la Resolución o Acuerdo que Apruebe
la Exoneración del Proceso de selección, requiere
obligatoriamente de uno o más informes previos, que
contengan la justicación técnica y legal de la procedencia
y necesidad de la exoneración;
Que, mediante Informe Técnico Nº 02-2007-UL-
GAF/MDSMP la Unidad de Logística informa sobre el
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos
y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus
dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente,
deberán tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ocial, de lunes
a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos
refrendados por la persona acreditada en el Diario Ocial.
2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder
de diez (10) páginas.
3.- Todas las normas  y sentencias que se remitan al Diario Ocial para la publicación
correspondientedeberánestarcontenidasenundisqueteyredactadasenWORD.
4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o
correo electrónico será considerado copiaeldeloriginal para su publicación.
5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al
correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe
6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una
línea por celda sin justicar y, si se agregasen grácos, su presentación será en formato EPS o
TIF a 300 DPI y en escala de grises.
7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se
trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima
a utilizar deberá ser de 7 puntos.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL

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