MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS ORDENANZA Nº 065-MDSL - Incluyen el examen dental completo como requisito para obtenciOn del carnet de salud ORDENANZA Nº 065-MDSL

Fecha de disposición27 Septiembre 2007
Fecha de publicación27 Septiembre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 27 de setiembre de 2007 354199
atención preferente que se brinda a los beneciarios de la
Ley Nº 27408 modicada por la Ley Nº 28683.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS,
TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Los establecimientos que brindan atención
al público, que se encuentran actualmente funcionando
tendrán un plazo de 180 días hábiles, para adecuarse a
las disposiciones contenidas en la presente normatividad,
luego del cual se procederá a realizar la scalización y
control correspondiente.
Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo
Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia
de Desarrollo Económico y Social; Gerencia de Servicios
a la Ciudad, Subgerencia de Imagen Institucional y
Participación Vecinal el cumplimiento de la presente
ordenanza.
Tercera.- Deróguese todas las disposiciones que se
contrapongan a la presente ordenanza.
Cuarta.- La presente ordenanza entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO DURAND MEJÍA
Alcalde
112536-1
Incluyen el examen dental completo
como requisito para obtención del
carné de salud
ORDENANZA Nº 065-MDSL
San Luis, 19 de julio de 2007
EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN LUIS
VISTOS:
El Dictamen Conjunto 001-2007-MDSL/
COSALUSA/CAS de la Comisión de Salud y
Saneamiento Ambiental y la Comisión de Asuntos
Sociales mediante el cual recomiendan incorporar el
Examen Dental – Odontograma como requisito en la
Ordenanza Nº 0110-2001-MDSL;
CONSIDERANDO :
Que, las Municipalidades Distritales en su condición de
gobiernos locales tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, conforme
a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución
Política del Perú, modicado según Ley Nº 27680, Ley de
Reforma Constitucional;
Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades
establece en su numeral 2.1) del inciso 2, artículo 73
señala que las Municipalidades tienen competencia en
salubridad y salud, en concordancia con el numeral 3.5
del inciso 3, artículo 80 que establece que es función
especíca exclusiva de las Municipalidades Distritales el
expedir carné de sanidad;
Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley de
Procedimiento Administrativo General señala que
toda modificación del Texto Único Ordenado de
Procedimientos Administrativos, con las excepciones
que señala el numeral 38.5 en su primera parte, son
aprobadas mediante Ordenanza Municipal y debe
ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, en su
condición de ser el diario encargado de los avisos
judiciales de la capital;
Que, la Ordenanza Nº 0110-2001-MDSL del 8 de
agosto de 2001, publicada en el Diario Ocial El Peruano
el 12 de noviembre de 2001, aprobó la obligatoriedad de
carné sanitario en al jurisdicción del distrito de San Luis,
el mismo que en el literal b) del artículo 3º, señala que el
examen integral consta del examen clínico y bioquímico,
el examen de baciloscopía y radiología parasintomático
respiratorios y el examen parasitológico sólo para
manipuladores de alimentos, por lo que es necesario en
pos de la mejora de la salud de las personas el incluir
en dichos requisitos el considerar el Examen Dental
– Odontograma dentro de ellos como requisito, conforme
lo recomienda en Dictamen de vistos;
Que, la Comisión de Salud y Saneamiento Ambiental
y la Comisión de Asuntos Sociales emiten el Dictamen
Conjunto 001-2007-MDSL/COSALUSA/CAS
recomendando incluir el examen dental – odontograma
como requisito para obtención del carné de salud a
expedirse, por lo que es necesario modicar el artículo
3 de la Ordenanza Nº 0110-2001-MDSL que aprobó
la obligatoriedad del carné sanitario en jurisdicción del
distrito de San Luis;
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley Nº 27972 , el Concejo Municipal
ha aprobado lo siguiente:
ORDENANZA QUE INCORPORA REQUISITO
DE EXAMEN DENTAL – ODONTOGRAMA A LA
ORDENANZA Nº 0110-2001-MDSL
Artículo Primero.- INCORPORAR el numeral 4 en
el literal b) del Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 0110-
2001- MDSL, en los siguientes términos:
- “4,Examen dental completo – Odontograma.”
Artículo Segundo.- INCLUIR como requisito el
examen dental completo-Odontograma en los ítem 1.3
y 2.3 del procedimiento 2, Carné de Salud Anual, de la
División de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental
de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, del Texto
Único Ordenado de Procedimientos Administrativos
de la Municipalidad Distrital de San Luis, aprobado
mediante Ordenanza Nº 009-2004-MDSL. La presente
inclusión no implica incremento alguno en el costo
del servicio prestado para la obtención del carné de
salud.
Artículo Tercero.- La Gerencia de Servicios a la
Ciudad será la encargada de dar cumplimiento a la
presente Ordenanza por intermedio de la Subgerencia de
Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental.
Artículo Cuarto.- La presente ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO DURAND MEJÍA
Alcalde
112538-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Modifican Cronograma de elecciones de
representantes de las Organizaciones
de la Sociedad Civil ante el Consejo de
Coordinación Local Distrital
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 011-2007/MVMT
Villa María del Triunfo, 25 de setiembre del 2007
VISTO: el Ocio 010-2007-CE-CCLD-MVMT
presentado por la Presidencia del Comité Electoral para el
proceso de elección de los representantes de la Sociedad
Civil, por el cual solicita la modicación del Cronograma
de Elecciones aprobado con Decreto de Alcaldía Nº 007-
2007/MVMT

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR