MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES ACUERDO Nº 024-2011-MDSJM - Declaran a la I.E. Nº 7069 CEsar Vallejo de Ciudad de Dios como Colegio EmblemAtico ACUERDO Nº 024-2011-MDSJM

Fecha de disposición15 Abril 2011
Fecha de publicación15 Abril 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 15 de abril de 2011
441134
CONSIDERANDO:
Que, el artículo segundo de la Resolución de Alcaldía
Nº 0210-2011-MDR de fecha 18 de febrero de 2011,
designa al señor Lionel Castillo Chávez, Jefe de la Unidad
de Sistema Informática de esta Corporación, como
responsable de la elaboración y actualización del portal
de internet de la Municipalidad Distrital del Rímac;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0394-2011-
MDR de fecha 08 de abril de 2011 se da por concluido la
designación del señor Lionel Castillo Chávez en el cargo
de Subgerente de Informática de esta Comuna;
Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 0395-2011-MDR
de fecha 11 de abril de 2011, se designa al señor Mauricio
Angulo Martínez, en el cargo de conanza de Subgerente
de Informática de esta Comuna;
Que, en ese sentido corresponde designar al nuevo
funcionario responsable de elaborar y actualizar en el
Portal de Transparencia de la institución;
Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley
Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha al señor
Mauricio Angulo Martínez, Subgerente de Informática, como
responsable de la elaboración y actualización del Portal de
Transparencia de la Municipalidad Distrital del Rímac.
Artículo Segundo.- Déjese sin efecto cualquier
dispositivo legal que se oponga a la presente Resolución.
Artículo Tercero.- La presente Resolución deberá ser
publicada en el Diario Ocial El Peruano, en el Portal de
Transparencia de la Municipalidad del Rímac, y una copia
debe ser colocada en un lugar visible de la Comuna.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
628451-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Modifican la Ordenanza 326-MSI, que
aprobó el Programa de Regularización
Predial
ORDENANZA N° 327-MSI
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO,
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen
N° 17-2011-CAJ-LS/MSI de la Comisión de Asuntos
Jurídicos, Laborales y Sociales; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 74º de la Constitución Política
del Perú, así como al Numeral 9) del Artículo 9º de la Ley
Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos
Locales se encuentran facultados a crear, modicar y
suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas dentro
de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;
Que, mediante Ordenanza Nº 326-MSI publicada el 26
de marzo de 2011, se aprobó el Programa de Regularización
Predial que tiene por objeto incentivar en los contribuyentes la
regularización de sus obligaciones formales de presentar las
declaraciones juradas de cargo, descargo o recticaciones
de sus predios, así como la regularización de las obligaciones
sustanciales de naturaleza tributaria generadas por la
omisión o recticación de la inscripción de predios de los
plazos establecidos o por las acciones de la Administración
inherentes a la facultad de scalización, cualquiera fuera el
estado en la que se encuentre;
Que, es conveniente modicar el Artículo Octavo de
la referida Ordenanza a n de incluir en su ámbito de
aplicación, a los contribuyentes que hubieren regularizado
las declaraciones de inscripción, descargo o recticación
del registro de sus predios, en forma voluntaria o como
consecuencia de un procedimiento de scalización con
posterioridad a la vigencia de la Ordenanza 293-MSI y
con anterioridad a la vigencia de la Ordenanza 326-MSI;
Que, asimismo resulta conveniente incluir un Artículo
Décimo por medio del cual se precise los efectos de la
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el Numeral 8) del Artículo 9º y del Artículo
y con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de
aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA E INCLUYE ARTÍCULO
QUE PRECISA LA ORDENANZA QUE APRUEBA EL
PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN PREDIAL
Artículo 1º.- Modicar el Artículo Octavo e incluir el
Artículo Décimo en la Ordenanza 326-MSI, de acuerdo a
los términos siguientes:
Artículo Octavo.- Los contribuyentes que hubieren
regularizado las declaraciones de inscripción, descargo o
recticación del registro de sus predios, en forma voluntaria
o como consecuencia de un procedimiento de scalización
con posterioridad a la vigencia de la Ordenanza 293-MSI y
con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza,
podrán acogerse a los benecios dados en la misma y
solicitar la compensación de los pagos realizados por
intereses y multas tributarias.
Artículo Décimo.- Los pagos de importes insolutos,
intereses, reajustes, costas y gastos que se hubieran
realizado antes de la aprobación de la presente Ordenanza,
con excepción de lo establecido en el Artículo Octavo, no
son considerados pagos indebidos o en exceso por lo que
no son objeto de devolución o compensación.”
Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente
Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y a la
Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación.
POR TANTO:
Mando, se registre, comunique, publique y cumpla.
Dado en San Isidro a los treinta días del mes de marzo
del año dos mil once.
RAUL CANTELLA SALAVERRY
Alcalde
628169-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
Declaran a la I.E. 7069 César
Vallejo de Ciudad de Dios como Colegio
Emblemático
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 024-2011-MDSJM
San Juan de Miraores, 8 de abril de 2011
VISTO:
En la Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 08 de abril
de 2011 la Moción de Orden del día, presentada por el
Dr. Adolfo Ocampo Vargas, Alcalde de la Municipalidad de
San Juan de Miraores, mediante la cual propone declarar
la Institución Educativa Nº 7069, César Vallejo de Ciudad
de Dios como Colegio Emblemático; y,
CONSIDERANDO:
Que, la I.E. Nº 7069, César Vallejo de Ciudad de Dios,
fue el primer Colegio de nivel Primario que se creó en
nuestro Distrito en el año 1957;
Que, inicialmente fue un Colegio primario
exclusivamente para varones, ubicándose en un terreno
en la Ciudad de Dios de este distrito con una construcción
rústica que fue mejorando con los años gracias al trabajo

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