MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA ORDENANZA Nº 411-MSB - Regulan el procedimiento para el proceso de elecciOn de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de CoordinaciOn Local Distrital ORDENANZA Nº 411-MSB

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición31 de Enero de 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 31 de enero de 2008
365430
Artículo Segundo.- Agréguese al último párrafo
del artículo tercero de la Ordenanza Nº 139-MDMM, el
siguiente texto:
“Complementariamente a los mecanismos de seguridad
a instalarse en las máquinas destinadas a los usuarios
menores de edad, es necesario que los conductores
de los establecimientos instalen en ellas un protector
de pantalla con un texto que indique la prohibición de
acceso a páginas de contenido pornográco o similar y/o
excesivamente violento o peligroso para la vida, la salud y
el desarrollo psicológico del menor.”
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
158102-1
Otorgan benecios tributarios
a contribuyentes que cumplen
puntualmente con el pago del Impuesto
Predial y los Arbitrios de Limpieza
Pública, Parques y Jardines y Serenazgo
para el ejercicio 2008
ORDENANZA N° 344-MDMM
Magdalena del Mar, 27 de diciembre de 2007
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE MAGDALENA DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria Nº 25 de la fecha, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política
del Perú, modicada por Ley de Reforma Constitucional Nº
27680, se establece que las Municipalidades Provinciales
y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo
Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas,
las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del
Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú
en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del
Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a los
gobiernos locales potestad tributaria, para crear, modicar
y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y
derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su
jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, es política de la Administración incentivar el pago
voluntario de los tributos que administra, siendo necesario
adoptar medidas que benecien a los contribuyentes
que cumplen oportunamente con el pago de sus tributos
municipales;
De conformidad a las facultades establecidas en el Artículo
109º de la Constitución Política del Perú y los Artículos 39º
y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; el
Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa
del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente:
ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS
TRIBUTARIOS A CONTRIBUYENTES QUE CUMPLEN
PUNTUALMENTE CON EL PAGO DEL IMPUESTO
PREDIAL Y LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA,
PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL
EJERCICIO 2008
Artículo Primero.- Otórguese a favor de los
contribuyentes de la jurisdicción de Magdalena del Mar,
un régimen de incentivos por puntualidad, de conformidad
a lo siguiente:
1.- Los contribuyentes que se encuentren al día en
sus obligaciones tributarias hasta el 31 de diciembre del
2007 y cancelen al contado el total del Impuesto Predial
y los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines
y Serenazgo del año 2008 hasta el 29 de febrero de
dicho año, tendrán un benecio de deducción del 20%
del monto insoluto de los Arbitrios Municipales por pronto
pago si pertenecen a las Categorías A, B, C, D, E y F
(ver Predio Urbano) y del 15% del monto insoluto de los
Arbitrios Municipales por pronto pago si pertenecen a las
Categorías G, H, I (ver Predio Urbano)
2.- Los contribuyentes que cancelen al contado el total
del Impuesto Predial y las doce (12) cuotas de los Arbitrios
de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo
correspondientes al año 2008 hasta el 29 de febrero de
dicho año, tendrán un benecio de deducción del 15%
del monto insoluto de los Arbitrios Municipales por pronto
pago si pertenecen a las Categorías A, B, C, D, E y F
(ver Predio Urbano) y del 10% del monto insoluto de los
Arbitrios Municipales por pronto pago si pertenecen a las
Categorías G, H, I (ver Predio Urbano)
3.- Los contribuyentes que cancelen mensualmente
en forma puntual sus Arbitrios Municipales del año
2008, tendrán un benecio de reducción del 10% del
monto insoluto de los Arbitrios Municipales por pronto
pago si pertenecen a las Categorías A, B, C, D, E y F
(ver Predio Urbano) y del 5% del monto insoluto de los
Arbitrios Municipales por pronto pago si pertenecen a las
Categorías G, H, I (ver Predio Urbano)
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias
para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la
presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
158096-1
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Regulan el procedimiento para el proceso
de elección de los representantes de
la sociedad civil ante el Consejo de
Coordinación Local Distrital
ORDENANZA Nº 411-MSB.
San Borja, 28 de enero de 2008.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL
DISTRITO DE SAN BORJA
POR CUANTO:
Visto, en la II-2008 Sesión Ordinaria de Concejo de
fecha 28.01.2008, el proyecto de Ordenanza que regula
el Procedimiento para el Proceso de Elección de los
Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de
Coordinación Local Distrital.
CONSIDERANDO:
27972, establece en su artículo II de su Título Preliminar

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