MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS ORDENANZA Nº 11-2008-MPY - Aprueban adecuaciOn de la Municipalidad de Centro Poblado San Juan de Malleuran a la Ley OrgAnica de Municipalidades ORDENANZA Nº 11-2008-MPY

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 19 de octubre de 2008
381808
porque incide fundamentalmente por razones del tiempo
para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de
selección que corresponda. Es más, la Contraloría General
de la República, interviene de ocio en las contrataciones y
adquisiciones de los bienes, servicios u obras, en situación
de desabastecimiento inminente.
Estando en uso de la facultad que me conere la Ley
Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR en Desabastecimiento
Inminente el servicio de Consultoría para la Elaboración del
Estudio Denitivo del Proyecto Ampliación Electricación
Rural de las localidades del distrito de Chuschi, Los
Morochucos y Comunidades de Cangallo, según al listado
de proyectos, con un valor referencial de S/. 118,500.00
nuevos soles (ciento dieciocho mil quinientos y 00/100
nuevo soles).
Artículo Segundo.- APROBAR LA EXONERACIÓN
DEL PROCESO DE SELECCIÓN A LA ELABORACIÓN
DEL ESTUDIO DEFINITIVO DEL PROYECTO AMPLIACIÓN
ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LAS LOCALIDADES DE
LOS DISTRITOS DE CHUSCHI, LOS MOROCHUCOS Y
COMUNIDADES DE CANGALLO; hasta por el valor referencial
de S/. 118,500.00 Nuevos Soles, DE LOS SIGUIENTES:
- CÓDIGO SNIP 55798 INSTALACIÓN E
INTERCONEXIÓN AL SISTEMA ELÉCTRICO DEL CENTRO
POBLADO DE CONDORCCOCHA PARIAHUANCA,
PROVINCIA DE CANGALLO - AYACUCHO.
- CÓDIGO SNIP 82413 AMPLIACIÓN DEL SSDP Y
SSDS EN 13.2/ 0.44/ 0.22 KV DE LAS LOCALIDADES
MANZANAYOCC, SAYWAPATA, UCHUYCCOCHA,
CHAMPACANCHA, ORCCHHUALCHANCCA,
ALLPAORCCUNA Y CHUCLLAPAMPA, PROVINCIA DE
CANGALLO - AYACUCHO.
- CÓDIGO SNIP 82400 AMPLIACIÓN DE SSDP
Y SSDS 22.9, 0.38, 0.22KV DE LAS LOCALIDADES
DE CORASPAMPA Y ROSASPAMPA, PROVINCIA DE
CANGALLO - AYACUCHO.
- CÓDIGO SNIP 48764 AMPLIACIÓN DE REDES
ELÉCTRICAS PRIMARIAS Y SUBSISTEMA DE
DISTRIBUCIÓN SECUNDARIA MONOFÁSICA PARA LAS
COMUNIDADES DE PUNCUPATA U UNIÓN POTRERO,
PROVINCIA DE CANGALLO - AYACUCHO.
- CÓDIGO SNIP 51679 AMPLIACIÓN DEL SISTEMA
DE ELECTRIFICACIÓN RED PRIMARIA Y SECUNDARIA
DE LA COMUNIDAD DE PUMAHUASI-C, PROVINCIA DE
CANGALLO - AYACUCHO.
- CÓDIGO SNIP 38221 MEJORAMIENTO DE ENERGÍA
ELÉCTRICA DEL CENTRO POBLADO DE CHACOLLA,
PROVINCIA DE CANGALLO - AYACUCHO.
- CÓDIGO SNIP 78901 INSTALACIÓN DE ENERGÍA
ELÉCTRICA DEL CENTRO POBLADO CCARHUACC
LICAPA, DISTRITO DE PARAS, PROVINCIA DE CANGALLO
- AYACUCHO.
- CÓDIGO SNIP 53274 INSTALACIÓN DE
ELECTRIFICACIÓN RURAL DEL CENTRO POBLADO DE
CHALCO, PROVINCIA DE CANGALLO - AYACUCHO.
- CIRA MÁS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL
CORRESPONDIENTE A UNA TERCERA PARTE DEL
COSTO A CADA MUNICIPIO.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Unidad de
Abastecimiento encargada de las adquisiciones y contrataciones
de la Municipalidad Provincial de Cangallo, llevar a cabo la
contratación materia de la presente exoneración, conforme al
procedimiento establecido en el Art. 146º del Reglamento TUO
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloría
General de la República y del Consejo Superior de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad
con el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº
26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha
de su aprobación.
Artículo Quinto.- Disponer que el presente acto
resolutivo se publique el presente Acuerdo en el Diario
Ocial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y archívese.
PERCY COLOS AYALA
Alcalde
264753-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE YAUYOS
Aprueban adecuación de la Municipalidad
de Centro Poblado San Juan de Malleuran
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 11-2008-MPY.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE YAUYOS.
POR CUANTO:
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 08 de
octubre del 2008, el Informe Nº 12-2008/MDQ/A remitido por
el Alcalde de la Municipalidad de QUINCHES. El Concejo
Provincial de YAUYOS con Acuerdo de Concejo; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su Art.
194º establece que las Municipalidades Provinciales y
Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar
de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 279772.
prescribe que las Municipalidades de Centros Poblados son
creadas de acuerdo a Ley.
señala, que los gobiernos locales promueven el desarrollo y
la economía local, la prestación de los servicios públicos en
armonía con las políticas y planes Nacionales y Regionales
de Desarrollo; son competentes para aprobar su organización
interna y su presupuesto, planicar el desarrollo urbano y
rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonicación,
urbanismo y el acondicionamiento territorial.
Que, el Art. 3 del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las
Municipalidades del Centro Poblado son creadas por
Ordenanzas Municipales Provinciales.
Que, mediante Resolución Municipal Nº 095-01-A/MPY de
fecha 16 de setiembre del 2001 se creó la Municipalidad del
Centro Poblado SAN JUAN DE MALLEURAN, jurisdicción del
distrito de QUINCHES durante la vigencia de la Ley Nº 23853.
Que, la Ley 28458 establece plazos para la adecuación
de las Municipalidades de Centros Poblados a la Ley Nº
27972- Ley Orgánica de Municipalidades, norma legal que
establece el objeto de la Ley, el proceso de adecuación y las
transferencias a las Municipalidades de Centro Poblado.
Que, de la revisión de los antecedentes que obran en
el expediente respectivo, se puede observar que existe
comprobada necesidad de servicios locales en el Centro
Poblado y su eventual sostenimiento, contando además,
con la opinión favorable del Concejo Distrital de QUINCHES
sustentando en los informes de Asesoría Jurídica y en el
Informe del Director de Planicación y Presupuesto.
Que, en el numeral 48.2 del Art. 48 de la Ley Nº 27783,
Ley de Bases de la Descentralización y Art. 133 de la Ley Nº
27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la
Municipalidad Provincial y Distrital están obligados a entregar
a la Municipalidad de Centro Poblado de su jurisdicción un
porcentaje de sus recursos propios y/o transferido por el Estado,
para cumplir con las funciones delegadas y las prestaciones de
servicios municipales, la que se efectuará en forma mensual.
Que, estando a las visaciones de la Secretaría General,
Gerencia Municipal y de la Ocina de Asesoría Jurídica de
conformidad con el Art. 3 del Título Preliminar, Art. 9 inciso 8,
Art. 40, 133 y Décima Segunda Disposición Complementaría
de la Ley Nº 27972 y Ley Nº 28458; el Concejo Municipal
con el voto unánime de sus miembros acordó con dispensa
del trámite, lectura y aprobación del Acta.
ORDENANZA MUNICIPAL QUE ADECUA
A LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO
SAN JUAN DE MALLEURAN A LOS ALCANCES
DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES.
Artículo 1º.- APROBACIÓN
Aprobar la adecuación de Municipalidad de Centro
Poblado San Juan de Malleuran de la jurisdicción del distrito de
QUINCHES a la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades,
creada durante la vigencia de la Ley Nº 23853.
Artículo 2º.- DEL TERRITORIO Y EL AMBITO DE
APLICACIÓN

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