MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO DECRETO DE ALCALDIA Nº 000035 - Autorizan realizaciOn de matrimonios civiles comunitarios DECRETO DE ALCALDIA Nº 000035
Fecha de disposición | 27 Octubre 2007 |
Fecha de publicación | 27 Octubre 2007 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 27 de octubre de 2007 356157
ORDENANZA QUE INCORPORA NORMAS
COMPLEMENTARIAS A LA ORDENANZA Nº 125-MSI
y MODIFICATORIAS
Artículo Primero.- Establecer que, por excepción,
los vecinos del distrito de San Isidro que no estuvieren
registrados en el Padrón Electoral Denitivo, podrán ser
candidatos a delegados vecinales o sufragar presentando,
al momento de la inscripción de la lista de candidatos o
en el acto de sufragio, su documento de identidad en el
que conste que su domicilio se encuentra dentro del Sub-
Sector del distrito en el que postulan y/o sufragan.
Artículo Segundo.- Disponer que los vecinos del
distrito de San Isidro no inscritos en el Padrón Electoral
Denitivo y que cuenten con carné de extranjería o
con documento de identidad en el que no se precise o
no conste su domicilio actual, para inscribirse como
candidatos a delegados vecinales o sufragar, deberán
presentar adicionalmente copia de otro documento
que acredite plenamente su domicilio en el Sub-Sector
respectivo del distrito.
Para acreditar el domicilio se aceptarán copias
de alguno de los siguientes documentos: título de
propiedad, cha registral o certicado de jurisdicción del
predio; licencia de conducir; contrato de arrendamiento
vigente; último recibo de servicios públicos a su nombre;
y, cualquier otro documento público que sirva para tal
propósito.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposición
que se oponga a lo establecido en la presente Ordenanza,
la que entrará en vigencia a partir del día siguiente a su
publicación en el Diario Ocial El Peruano.
Artículo Cuarto.- Encargar la difusión de la presente
Ordenanza a la Subgerencia de Participación Vecinal.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en Lima a los veinticuatro días del mes de
octubre de 2007.
E. ANTONIO MEIER CRESCI
Alcalde
124314-2
Derogan el D.A. N° 005-2006-ALC/MSI
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 020-ALC/MSI
San Isidro, 4 de octubre de 2007
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
VISTO: El Decreto de Alcaldía Nº 005-2006-ALC/
MSI que reglamentó la participación de los Delegados
Vecinales en las sesiones del Concejo Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 197º de la Constitución Política del
Estado, modicado por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 27680, establece que los gobiernos locales promueven,
apoyan y reglamentan la participación vecinal en el
desarrollo local;
Que, el artículo 13º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972 establece que las Sesiones
del Concejo Municipal son públicas, en concordancia
con el artículo 113º de la misma Ley que señala que los
Delegados de las Juntas Vecinales podrán participar en
las Sesiones de Concejo con derecho a voz;
Que, estando al marco normativo establecido por
la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, es necesario derogar el
Decreto de Alcaldía Nº 005-2006-ALC/MSI, por cuanto
redunda en inecaz que este regule situaciones ya
desarrolladas en la Ley Nº 27972; y,
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6
del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Único.- Derogar el Decreto de Alcaldía
Nº 005-2006-ALC/MSI, de conformidad con los
considerandos expuestos.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
E. ANTONIO MEIER CRESCI
Alcalde
124844-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Autorizan realización de matrimonios
civiles comunitarios
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 000035
Callao, 24 de octubre de 2007
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO.
CONSIDERANDO:
Que, es política de la Municipalidad Provincial del
Callao, promover la regularización de la situación de
aquellas parejas que encontrándose en condiciones de
contraer Matrimonio Civil, no cuentan con los recursos
económicos para formalizarlo;
Que, mediante Carta de fecha 19 de septiembre
del 2007, el Párroco de la Parroquia Jesús de
Nazareth solicita la realización de una Matrimonio
Civil Comunitario para el día 27 de octubre del 2007,
para personas de escasos recursos económicos,
asimismo, mediante Carta N° 111-07 IYS/ADM la
Misión Carismática Internacional “Yo Soy”, solicita la
realización de un Matrimonio Civil Comunitario para 80
parejas que desean regularizar su situación, el que se
realizaría el 10 de noviembre del 2007;
Que, a través del Informe N° 248-2007-MPC/GGSSC-
GRC la Gerencia de Registros Civiles, opina que es
conveniente se otorgue la Dispensa de Publicación de
Edictos a las parejas que se acojan al Matrimonio Civil
Comunitario;
Que, teniendo en cuenta que el artículo N° 252 del
Código Civil establece que el Alcalde puede dispensar
la publicación de los avisos si median causas
razonables, por lo que al tratarse de un Matrimonio Civil
Comunitario, es procedente Dispensar la Publicación
de Edictos;
Estando a las consideraciones expuestas, con la
visación de la Gerencia General de Servicios Sociales
y Culturales, y en ejercicio de las facultades conferidas
al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 27972;
DECRETA:
Articulo Primero.- AUTORIZAR, a la Gerencia
General de Servicios Sociales y Culturales de la
Municipalidad Provincial del Callao, llevar a cabo los
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