MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO ACUERDO Nº 000239 - Aprueban Convenio Marco de CooperaciOn entre la Municipalidad y empresa para la instalaciOn de elementos publicitarios dentro de la jurisdicciOn municipal ACUERDO Nº 000239

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición25 de Diciembre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 25 de diciembre de 2007 361043
construcción de establecimientos comerciales de gran
envergadura que constituirían un polo de desarrollo
comercial que necesita el sector, ya que por su ubicación
en la intersección de dos importantes Avenidas, la Av.
Canta Callao Vía Sub Regional y la Av. Alejandro Bertello
(Av. Perú) Vía Colectora, muy cerca de la Avenida Faucett,
es estratégica para establecer una zona de comercio
provincial, a su vez cuentan con una rápida interconexión
vial a nivel de los distritos de la Provincia del Callao y
distritos aledaños como San Martín de Porres, Lima
Cercado, Los Olivos e Independencia;
Que, mediante el Memorándum 01471-2007-
GGAJC-MPC la Gerencia General de Asesoría Jurídica y
Conciliación remite el Informe 1375-2007-MPC-GGAJC-
SGAA, la Sub-Gerencia de Asuntos Administrativos, el cual
constituye su pronunciamiento y opinión legal declarando
que es procedente lo solicitado;
Que, en la sesión de la fecha, el Concejo Provincial
del Callao, aprobó por unanimidad el Acuerdo de Concejo
N° 000242, en virtud del cual se aprueba el Dictamen
N° 016-2007-MPC-CP, de la Comisión de Población que
recomienda al Concejo que, por las consideraciones
de orden técnico y legal y habiendo cumplido los
administrados con los requisitos establecidos en el
Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA
de la Gerencia de Planeamiento y Catastro, aprobar el
cambio de zonicación de Zona Mixta de Densidad Media
- RDM (I1R4) a Comercio Provincial - CP (C7, C9) del
inmueble ubicado en la esquina de las avenidas Canta
Callao y Alejandro Bertello, Provincia Constitucional del
Callao, de acuerdo al Plano que se anexa como parte
del dictamen.
Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo
Provincial del Callao, ha dado la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL
PLAN URBANO DIRECTOR DE LA PROVINCIA
CONSTITUCIONAL DEL CALLAO 1995-2010
Artículo 1.- Apruébase el cambio de zonicación
de Zona Mixta de Densidad Media - RDM (I1 R4), a
Comercio Provincial - CP (C7 - C9), del inmueble ubicado
en la esquina de las avenidas Canta Callao y Alejandro
Bertello, en la Provincia Constitucional del Callao, de
acuerdo al Plano que como anexo forma parte de la
presente Ordenanza.
Artículo 2.- Modifícase en lo pertinente el Plan Urbano
Director 1995-2010 de la Provincia Constitucional del Callao,
aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 000018 de
fecha 09 de octubre de 1995, en lo relacionado al cambio
de zonicación aprobada en la presente Ordenanza.
Artículo 3.- Encárgase a la Gerencia General de
Desarrollo Urbano, la implementación de lo dispuesto en
la presente Ordenanza.
Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
FÉLIX MORENO CABALLERO
Alcalde del Callao
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos
y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus
dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente,
deberán tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ocial, de lunes
a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos
refrendados por la persona acreditada en el Diario Ocial.
2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder
de diez (10) páginas.
3.- Todas las normas  y sentencias que se remitan al Diario Ocial para la publicación
correspondientedeberánestarcontenidasenundisqueteyredactadasenWORD.
4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o
correo electrónico será considerado copiaeldeloriginal para su publicación.
5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al
correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe
6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una
línea por celda sin justicar y, si se agregasen grácos, su presentación será en formato EPS o
TIF a 300 DPI y en escala de grises.
7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se
trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima
a utilizar deberá ser de 7 puntos.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL

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