MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO ACUERDO Nº 000244 - Exoneran de proceso de selecciOn la adquisiciOn de aceite vegetal para atenciOn de beneficiarios de los Programas de ComplementaciOn Alimentaria ACUERDO Nº 000244

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición25 de Diciembre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 25 de diciembre de 2007 361045
Aprueban Convenio Marco de
Cooperación entre la Municipalidad
y empresa para la instalación de
elementos publicitarios dentro de la
jurisdicción municipal
acuerdo N° 000239
Callao, 18 de diciembre de 2007
El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en
Sesión Ordinaria celebrada el 18 de diciembre de 2007,
con el voto en UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en
uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley
Orgánica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento
de Organización Interior del Concejo, aprobado por
Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y,
CONSIDERANDO:
Que, Constitución Política del Perú en el artículo 194,
establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica en los asuntos de su competencia;
en el artículo 9 inciso 8, establece que es atribución
del Concejo Municipal, aprobar, modicar o derogar las
ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 000177 del
29 setiembre del 2007 se aprueba el Convenio Marco de
Cooperación entre la Municipalidad Provincial del Callao y
Renviol Publicidad Siglo XXII SAC para la Instalación de
elementos dentro de la jurisdicción municipal y autoriza
al señor Alcalde la suscripción del mismo, considerando
en el numeral 2 del acuerdo aceptar la donación de
S/. 200,000.00 de acuerdo a lo establecido en la cláusula
cuarta del convenio en cuatro cuotas de S/. 50,000.00;
Que, la Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto N° 28411 en el artículo 69 señala que las
donaciones dinerarias provenientes de instituciones
nacionales o internacionales, públicas o privadas, serán
aprobadas por Acuerdo de Concejo, debiendo consignarse
la fuente donante y el destino de estos fondos públicos,
debiendo ser publicado dicho Acuerdo en el Diario Ocial
El Peruano, cuando el monto materia de donación supere
las cinco Unidades Impositivas Tributarias;
Que, mediante Informe 058-2007-MPC, la
Secretaría General informa al señor Alcalde, haber
advertido que el Acuerdo de Concejo N° 000177 del
29 de setiembre de 2007 no ha señalado el destino ni
orientación, conforme lo establece la Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto N° 28411 en el artículo
69, habiendo remitido los Memorandos N° 1018-2007-
MPC/SG GACMA y N° 1026-2007-MPC/SG GACMA a
la Gerencia General de Administración para que precise
el destino de la donación y la orientación nanciera del
mismo a n de dar cumplimiento a la Ley N° 28411;
Que, mediante Memorando 1685-2007-MPC/
GGA, de la Gerencia General de Administración, hace de
conocimiento que la Municipalidad ha recibido la donación
y que el monto recibido por la empresa Renviol Publicidad
Siglo XXII SAC, se utilizará para gastos corrientes;
Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en
la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo
Provincial del Callao;
ACUERDA:
1. Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo N° 000177
del 29 de setiembre de 2007.
2. Aprobar el Convenio Marco de Cooperación entre
la Municipalidad Provincial del Callao y Renviol Publicidad
Siglo XXII SAC para la instalación de elementos
publicitarios dentro de la jurisdicción municipal y autorizar
al señor Alcalde su suscripción.
3. Aprobar aceptar la donación que hace la empresa
Renviol Publicidad Siglo XXI SAC. de S/. 200,000.00
nuevos soles de acuerdo a lo establecido en la cuarta
cláusula del Convenio Marco de Cooperación entre la
Municipalidad Provincial del Callao y Renviol Publicidad
Siglo XXII SAC para la instalación de elementos
publicitarios dentro de la jurisdicción municipal, a favor de
la Municipalidad Provincial del Callao, destinándola a ser
utilizada para gastos corrientes, la cual será entregada de
la siguiente manera:
• S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles)
se abonará el 10 de setiembre, correspondiente al año
2007;
• S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles)
el 20 de diciembre de 2007; correspondiente al año
2008;
• S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles)
el 20 de julio de 2008, correspondiente al 2009; y,
• S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles)
el 20 de diciembre de 2008 correspondiente al año 2010;
4.- Aprobar la autorización para la colocación de los
elementos publicitarios siguientes: 59 paletas, 47 paletas
paraderos, 8 minipolares y 4 postes banderas y un unipolar
de acuerdo al Anexo 01 que es parte integrante del
presente Acuerdo, a la empresa Renviol Publicidad Siglo
XXII SAC de acuerdo a lo establecido en el Convenio,
autorizando a la Administración Municipal a efectuar los
trámites correspondientes.
5.- Incorporar en el Presupuesto Institucional
de 2007 vía Crédito Suplementario en la Fuente de
Financiamiento 4 Donaciones y Transferencias Rubro 13
Donaciones y Transferencias, de acuerdo a lo establecido
en el Artículo 2 numeral 2.2 del Anexo 3, Ejecución del
Presupuesto de Gobiernos Locales - Directiva N° 003-
2007-EF/76.01, modicación presupuestaria que deberá
ser aprobada mediante resolución de Alcaldía de acuerdo
a lo establecido en el artículo 10 numeral 10.3 Anexo 3
Ejecución del Presupuesto de los Gobiernos Locales -
Directiva N° 003-2007-EF/76.01.
6.- Encargar a las Gerencias Generales de
Desarrollo Urbano, de Asesoría Jurídica y Conciliación
y de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el
cumplimiento del presente Acuerdo.
7.- Disponer la publicación del presente Acuerdo.
8.- Dispensar el presente Acuerdo del Trámite de
lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique y cumpla.
FÉLIX MORENO CABALLERO
Alcalde del Callao
146169-1
Exoneran de proceso de selección
la adquisición de aceite vegetal
para atención de beneficiarios de
los Programas de Complementación
Alimentaria
acuerdo N° 000244
Callao, 18 de diciembre de 2007
El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en
la Sesión Ordinaria celebrada el 18 de diciembre del
2007, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y
en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley
Orgánica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento
de Organización Interior del Concejo, aprobado por
Ordenanza Municipal Nº 034-2004; y,
CONSIDERANDO:
Estado, modicado por la Ley de Reforma Constitucional,
Ley Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, establecen que las Municipalidades

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