MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1531 - Disponen cumplimiento del Acuerdo de Concejo Nº 434, referido al cumplimiento de requisitos generales establecidos en el Art. 7º de la Ley 28273, Ley del Sistema de AcreditaciOn de los Gobiernos Regionales y Locales RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1531

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 28 de diciembre de 2007
361332
Artículo Segundo.- Vencimiento para el pago de
los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines
Públicos y Serenazgo.
La obligación de pago de las cuotas trimestrales de
los arbitrios correspondientes al ejercicio 2008 vence:
- Pago al contado : 29 de febrero.
- Pago Fraccionado :
Primera cuota : 29 de febrero.
Segunda cuota : 30 de mayo.
Tercera cuota : 29 de agosto.
Cuarta cuota : 28 de noviembre.
Artículo Tercero.- Vencimiento para el pago del
Impuesto al Patrimonio Vehícular
De conformidad con el artículo 35º del Texto Único de
la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del
Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2008
vence:
- Pago al contado : 29 de febrero.
- Pago Fraccionado :
Primera cuota : 29 de febrero.
Segunda cuota : 30 de mayo.
Tercera cuota : 29 de agosto.
Cuarta cuota : 28 de noviembre.
DISPOSICION FINAL ÚNICA
Facultar al Servicio de Administración Tributaria- SAT,
de la Municipalidad Metropolitana de Lima a establecer
fechas distintas a las señaladas en los artículos
precedentes a través de Acuerdo de Concejo, el mismo
que deberá ser publicado en el Diario Ocial El Peruano.
Las nuevas fechas así establecidas, deberán garantizar
el cumplimiento de las obligaciones correspondientes.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima a los 20 DIC. 2007
MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ
Teniente Alcalde de la Municipalidad
Metropolitana de Lima
Encargado de la Alcaldía
146532-2
Ratifican la Ordenanza Nº 339-MDMM,
que regula el régimen tributario de los
arbitrios de recolección de residuos
sólidos, barrido de calles y parques y
jardines para el ejercicio 2008 en el
distrito de Magdalena del Mar
ACUERDO DE CONCEJO Nº 485
Lima, 20 de diciembre de 2007
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de
diciembre de 2007 el Ocio Nº 001-090-004515 de la
Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT ( en
adelante el SAT), adjuntando el expediente de raticación
de la Ordenanza Nº 339-MDMM que establece los
montos de los arbitrios de barrido de calles, recolección
de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo del
ejercicio 2008 en el distrito de Magdalena del Mar; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
Municipalidades Distritales deben ser raticadas por las
Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para
su vigencia y exigibilidad.
Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas
Nºs.1070 y 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
publicadas el 23 de setiembre de 2007 y el 24 de marzo
de 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital
de Magdalena del Mar, aprobó la Ordenanza materia
de la raticación, remitiéndola al SAT con carácter de
declaración jurada incluyendo sus respectivos informes
y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus
competencias y atribuciones, previa revisión y estudio,
emitió el informe técnico legal Nº 004-082-00000713 de
fecha 7 de diciembre de 2007, opinando que procede
la raticación solicitada, por cumplir con los requisitos
exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas,
las Directivas Nºs. 001-006-0000001 y 001-006-0000006
del SAT y además con las sentencias emitidas por el
Tribunal Constitucional recaídas en los Expedientes Nºs.
0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 4
de marzo y el 17 de agosto de 2005, respectivamente.
Que, los arbitrios que nanciarán la prestación de los
servicios de barrido de calles, recolección de residuos
sólidos y serenazgo tiene un incremento de 2.39%, con
relación al año 2007, determinándose un nuevo régimen
tributario para el arbitrio de parques y jardines con una
variación de 42.46%.
De acuerdo con lo opinado por el Servicio de
Administración Tributaria-SAT y por la Comisión de
Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen
Nº 215-2007-MML/CMAEO, por sus fundamentos:
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Raticar la Ordenanza Nº 339-
MDMM que establece los montos de los arbitrios de
barrido de calles, recolección de residuos sólidos,
parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2008 en el
distrito de Magdalena del Mar, dejándose expresamente
establecido que para su vigencia y exigibilidad la
mencionada Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad
de sus funcionarios, deberá publicar hasta el 31 de
diciembre de 2007, tanto el Acuerdo raticatorio como el
texto íntegro de la Ordenanza que se ratica, los Anexos
de la misma que contienen el informe técnico, los
cuadros de estructura de costos y tasas; y, asimismo, se
contemple la exhortación contenida en el mencionado
Dictamen, para su aplicación, de ser el caso, en el
ejercicio 2009.
Artículo Segundo.- Cumplido el citado requisito de
publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a
través de su página web www munlima.gob.pe hará de
conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen
de la Comisión de Asuntos Económicos y Organización
y el Informe del SAT.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ
Teniente Alcalde de la
Municipalidad Metropolitana de Lima
Encargado de la Alcaldía
146878-1
Disponen cumplimiento del Acuerdo
de Concejo 434, referido al
cumplimiento de requisitos generales
establecidos en el Art. 7º de la Ley
28273, Ley del Sistema de Acreditación
de los Gobiernos Regionales y Locales
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 1531
Lima, 12 de diciembre de 2007

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