MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA RESOLUCION Nº 290-2007-MML-GDU-SPHU - Establecen conformidad de resoluciOn emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco que aprueba proyectos referentes a habilitaciOn urbana de terreno RESOLUCION Nº 290-2007-MML-GDU-SPHU
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 23 de Septiembre de 2007 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 23 de setiembre de 2007 353947
Comercialización y Defensa al Consumidor y Transporte
Urbano;
Ha dado la siguiente:
ORDENANZA
QUE DEJA SIN EFECTO LOS REQUISITOS
DE CONSTATACIÓN DE CARACTERÍSTICAS,
INSPECCIÓN VEHICULAR Y CERTIFICADO DE
OPERATIVIDAD, REEMPLAZÁNDOLOS POR
EL CERTIFICADO DE REVISIONES TÉCNICAS
VEHICULARES
Artículo 1º.- Dejar sin efecto los requisitos denominados
Constatación de Características, Certicado de Inspección
Vehicular y Certicado de Operatividad, debiendo ser
reemplazados por el Certicado de Revisiones Técnicas
Vehiculares como requisito para la autorización de todo
tipo de vehículo que preste Servicio de Transporte Público
de Pasajeros y de Carga en la provincia de Lima.
Artículo 2º.- Dispóngase que para obtener los títulos
habilitantes que permitan prestar el Servicio de Transporte
Público de Pasajeros y de Carga en la Provincia de Lima,
los administrados deberán presentar obligatoriamente
el Certicado de Revisiones Técnicas Vehiculares, bajo
responsabilidad de cada administrado.
Artículo 3º.- Disponer que los operadores del servicio
de transporte público de pasajeros, que hayan obtenido
un Certicado de Operatividad emitido por entidad
competente, no se encuentran obligados a cumplir con
la Revisión Técnica Vehicular, hasta la nalización de la
vigencia del mencionado Certicado.
Artículo 4º.- Deróguese o déjese sin efecto todas
las normas o disposiciones que se opongan a la presente
Ordenanza.
Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera.- A partir de la entrada en vigencia de
la presente Ordenanza, toda referencia que se haga
o se hubiera hecho con respecto a los Certicados
de Constatación de Características, Certicados de
Inspección Vehicular y Certicados de Operatividad,
se entenderá hecha con respecto a los Certicados de
Revisiones Técnicas Vehiculares.
Segunda.- Modifíquese en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza
Nº 894, en la parte correspondiente a los procedimientos
Nº 2 numeral 2.5.; procedimiento Nº 3 numeral 3.3.,
3.6.2, 3.8., 3.9; procedimiento Nº 6 numeral 6.1., 6.2.,
6.3., y el procedimiento Nº 9; a cargo de la Gerencia de
Transporte Urbano, en el sentido que toda referencia a
los requisitos denominados Certicado de Constatación
de Características, Certicado de Inspección Vehicular y
Certicado de Operatividad, será reemplazado por la del
Certicado de Revisiones Técnicas Vehiculares.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Disponer que no sea exigible la Revisión
Técnica Complementaria para los vehículos que prestan
Servicio de Taxi Metropolitano – SETAME en todas sus
modalidades, durante los próximos 12 meses contados
a partir de la entrada en vigencia de la presente
Ordenanza.
Segunda.- La aplicación de la presente Ordenanza,
podrá dar lugar a que la sociedad concesionaria solicite
la compensación de los ingresos dejados de percibir en
tanto se quiebre el equilibrio nanciero de la concesión.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima a los 21 SEP 2007
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA ORDENANZA
QUE DEJA SIN EFECTO LOS REQUISITOS
DE CONSTATACIÓN DE CARACTERÍSTICAS,
INSPECCIÓN VEHICULAR Y CERTIFICADO DE
OPERATIVIDAD, REEMPLAZÁNDOLOS POR
EL CERTIFICADO DE REVISIONES TÉCNICAS
VEHICULARES
El artículo 195º de la Constitución Política del Perú,
señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo
y la economía local, y la prestación de los servicios
públicos en armonía con las políticas y planes nacionales
y regionales de desarrollo.
El artículo 9º señala entre las atribuciones del Concejo
Metropolitano, aprobar y modicar Ordenanzas sobre
asuntos municipales dentro del ámbito de su territorio,
las cuales tendrán alcance, vigencia y preeminencia
metropolitana.
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
establece en su artículo 161º, numeral 7.6, las
competencias y funciones especiales de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, entre las que se encuentran, la
facultad de vericar y controlar el funcionamiento de
vehículos automotores a través de Revisiones Técnicas
Vehiculares periódicas.
La Ley del Procedimiento Administrativo General
Nº 27444, en su artículo IV numeral 1.13 respecto del
Principio de Simplicidad que “Los trámites establecidos
por la autoridad administrativa deberán ser sencillos,
debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es
decir los requisitos exigidos deberán ser racionales y
proporcionales a los nes que se persigue cumplir”.
La obligatoriedad de contar con los requisitos
denominados Constatación de Características, Certicado
de Operatividad e Inspección Vehicular previo a la
obtención de los distintos títulos habilitantes para prestar
servicio de Transporte Público de Pasajeros o carga en la
Provincia de Lima, constituyen “gastos adicionales” para
los operadores que prestan este servicio.
En ese sentido resulta necesario dejar sin efecto
cualquier otro procedimiento similar pero de menor
consistencia técnica que la obtención del Certicado de
Revisiones Técnicas, teniendo en cuenta que la revisión
técnica no es un trámite sino un servicio orientado a
proteger la vida y seguridad de la ciudadanía.
111807-3
Establecen conformidad de resolución
emitida por la Municipalidad Distrital
de Santiago de Surco que aprueba
proyectos referentes a habilitación
urbana de terreno
RESOLUCIÓN Nº 290-2007-MML-GDU-SPHU
Lima, 24 de agosto de 2007
LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y
HABILITACIONES URBANAS
VISTO, el Codicado Nº 89674-2007, mediante el cual
la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, solicita la
Conformidad de la Resolución Sub-Gerencial Nº 1619-
2007-SGLHU-GDU-MSS de fecha 19 de julio del 2007,
promovida por la CONSTRUCTORA TOSCANA S.A.C.; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Sub-Gerencial Nº 1619-
2007-SGLHU-GDU-MSS (fs. 63 al 67) de fecha 19 de julio
de 2007, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco
resuelve aprobar los Proyectos referentes a Trazado,
Lotización, Pavimentación de Calzadas y Aceras,
correspondiente a la Aprobación de Habilitación Urbana
Nueva de Lote Único con Construcción Simultánea de
Vivienda, para Uso Residencial de Densidad Media “R4”,
del terreno de 3,790.80 m², constituido por la Parcela
Nº 1 del Ex Fundo La Cruceta, ubicado frente al Jirón
Vista Bella esquina con la calle Tacama, de acuerdo con
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