MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ORDENANZA Nº 1082 - Aprueban reajuste integral de la zonificaciOn de los usos del suelo de los distritos de La Victoria y San Luis, que son parte del Area de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana ORDENANZA Nº 1082

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición18 de Octubre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 18 de octubre de 2007 355615
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 091-2007-GOB.REG.-HVCA/CR
Huancavelica, 4 de setiembre de 2007
VISTO:
El acta del Consejo Regional de Huancavelica de
Sesión Extra Ordinaria celebrada el 4 de setiembre del
año 2007, con el voto unánime de sus integrantes; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia conforme al Artículo 191° de la Constitución
Política del Estado, modicado por Ley N° 27680 – Ley
de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV, del Título IV,
sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31°
de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización
y Artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de los
Gobiernos Regionales;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 320-2007-
VIVIENDA, se aprueba una Transferencia Financiera
a favor del Gobierno Regional del departamento de
Huancavelica, por parte del Gobierno Central, para la
ejecución del Proyecto Mejoramiento del Sistema de
Agua Potable y Ampliación del Sistema de Alcantarillado
en la Localidad de Lircay; por el monto de UN MILLÓN
DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 1 275 000.00), el mismo que
resulta necesario incorporar al marco presupuestal de
la institución a n de realizar la programación y gasto
correspondiente;
Que, la Resolución Directoral N° 003-2007-EF/76.01
aprueba la Directiva N° 003-2007-EF/76.01 – Directiva
para la Ejecución Presupuestaria, prevé en el numeral 6.3,
Artículo 6°, Capítulo I del Anexo N° 02, que la incorporación
de mayores fondos públicos distintas a la fuente de
nanciamiento Recursos Ordinarios se aprueban de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 42° y numeral
39.2, Artículo 39° de la Ley N° 28411 – Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, mediante Acuerdo de
Consejo Regional, el mismo que es promulgado por el
Presidente del Gobierno Regional a través de Resolución
Ejecutiva Regional;
Que, conforme dispone el Artículo 39° de la Ley
Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de
este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional,
de interés público, ciudadano o institucional o declara la
voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a
una conducta o norma institucional;
En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley
Orgánica de los Gobiernos Regionales el Consejo
Regional;
ACUERDA:
Artículo Primero.- APRUÉBESE la Transferencia
Financiera como incorporación de mayores fondos públicos
en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional de
Huancavelica para el presente Año Fiscal, hasta por la
suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO
MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 275 000.00), por la
Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias
para la ejecución del Proyecto Mejoramiento del Sistema
de Agua Potable y Ampliación del Sistema de Alcantarillado
en la Localidad de Lircay .
Artículo Segundo.- Deróguense o déjense sin efecto,
según corresponda las disposiciones que se opongan al
presente Acuerdo Regional.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ALFREDO BONZANO CÁRDENAS
Consejero Delegado
120267-2
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Aprueban reajuste integral de la
zonificación de los usos del suelo de
los distritos de La Victoria y San Luis,
que son parte del Área de Tratamiento
Normativo II de Lima Metropolitana
ORDENANZA Nº 1082
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE
LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11
de octubre de 2007, el Dictamen Nº 182-2007-MML-
CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura en;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE LA
ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO DE LOS
DISTRITOS DE LA VICTORIA Y SAN LUIS, QUE SON
PARTE DEL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO II
DE LIMA METROPOLITANA
Artículo 1°.- Plano de Zonicación de los Usos del
Suelo.
Aprobar el Plano de Zonicación de los Usos del Suelo
(Plano Nº 01 – Anexo Nº 01) de los distritos de La Victoria y
San Luis, que forman parte del Área de Tratamiento Normativo
II de Lima Metropolitana. Este Plano de Zonicación no dene
límites distritales y será publicado en la página web de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, www.munlima.gob.pe.
Artículo 2º.- Normas Generales de Zonicación de
los Usos del Suelo.
Aprobar las Especicaciones Normativas de la
Zonicación, que como Anexo Nº 02, forman parte de
la presente Ordenanza y que serán de aplicación en el
ámbito señalado en el Artículo Primero.
Establecer que en el territorio correspondiente a los distritos
de La Victoria y San Luis serán de aplicación las Normas de
Zonicación aprobadas mediante Ordenanza Nº 1015-MML,
publicada el 14 de mayo de 2007 complementadas mediante
Ordenanza Nº 1076 publicada el 8 de octubre de 2007.
Artículo 3º.- Índice de Usos para la Ubicación de
Actividades Urbanas.
Establecer que en el ámbito de la presente Ordenanza,
es de aplicación el Indice de Usos para la Ubicación
de Actividades Urbanas correspondiente al Área de
Tratamiento Normativo II aprobado por Ordenanza
Nº 1015-MML del 14 de mayo de 2007.
Artículo 4°.- Compatibilidad de Usos de Suelo en
Zonas Residenciales y Comerciales.
Establecer como Norma General para la aplicación de
la Zonicación de los Usos del Suelo en el área materia de
la presente Ordenanza, que la edicación o funcionamiento
de Centros de Educación Inicial, Centros de Educación
Básica, Comercios Locales, Postas Sanitarias, Centros
de Culto Religioso, Áreas Verdes Locales, Equipamiento
Comunal a nivel de Barrio y los Aportes que se transeren
con las Habilitaciones Urbanas, son compatibles con
las Zonas Residenciales y Comerciales y por tanto, no
tienen necesariamente calicación especial en los Planos
aprobados por la presente Ordenanza. La aprobación
de su instalación, construcción u operación, depende
únicamente de las Municipalidades Distritales, quienes
elaborarán los criterios especícos para su localización.

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