MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ORDENANZA Nº 1068 - Crean el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa - COREMYPE Lima Metropolitana ORDENANZA Nº 1068

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 23 de setiembre de 2007
353944
Que, en el año 2004 debido a las constantes denuncias
de irregularidades y deciencias signicativas de carácter
institucional, pedagógico y administrativo existentes en la
Dirección Regional de Educación Puno-DREP; mediante
Acuerdo Regional Nº 27-2004, el Consejo Regional de
Puno designó una Comisión encargada de investigar
las acciones desarrolladas por la Dirección Regional de
Educación de Puno, en los procesos de nombramiento,
reasignación, contratación de personal, Sub CAFAE
administrativo, en la implementación de las Unidades de
Gestión Educativa Local y otros;
Que, la Comisión Investigadora en fecha 19 de julio
de 2004 con Ocio Nº 025-2004-GR PUNO/CIDREP
remitió su Informe Final al Consejo Regional de Puno,
documento en el que expresamente concluyó haber
encontrado indicios razonables de responsabilidad
administrativa, civil y penal respecto de los hechos
investigados, en los que se hallan implicados
funcionarios y servidores de la DREP; asimismo
recomendó el inicio de las acciones correspondientes.
Aprobando el Consejo Regional con Acuerdo Nº 067-
2004 el Informe Final de la Comisión Investigadora de la
DREP, y dispuso se remita copia del mismo a la Ocina
de Control Interno del Sector Educación, Ministerio
Público, Procurador Público Regional y al Procurador
Público Anticorrupción;
Que, a n de determinar si las presuntas
irregularidades de la gestión del Director de la DREP
eran consistentes y sucientes por el período 2004-
2005; el órgano de Control Institucional ha efectuado
Informe Especial 009-2005-2-5350, en la que
recomendó se autorice al Procurador Público del
Gobierno Regional de Puno el inicio de las acciones
legales correspondientes por los hechos contenidos en
el Informe indicado;
Que, asimismo la Secretaria General del Sindicato
Único de Trabajadores de Educación SUTEP Regional
de Puno; la Secretaría General de la Federación
Regional de Trabajadores Administrativos del Sector
Educación-FENTASE; y la Secretaría General del
Sindicato de Docentes en Educación Superior del Perú-
DIDESP, con Ocio Nº 042-SUTEP-PUNO-05, Ocio
129-05-ENTASE-P y Carta respectivamente,
denuncian que en la DREP se ha institucionalizado
la inmoralidad, corrupción y caos; en consecuencia,
solicitan la reorganización de la DREP por las graves
deciencias e irregularidades;
Que, el artículo 2º de la R.M. Nº 00073-2005-ED,
publicada en el Diario Ocial El Peruano el 4 de marzo
del 2005, establece textualmente lo siguiente: “En caso
de encontrar graves deciencias e irregularidades en la
Dirección Regional de Educación, el Gobierno Regional
podrá declarar en reorganización la Dirección Regional
de Educación correspondiente, previa coordinación con
el titular del Sector y sustentación de las causas que la
justican, solicitando al Ministerio de Educación que
designe a un representante, quién a petición del Gobierno
Regional presidirá la Comisión Reorganizadora. Dicho
proceso se realizará respetando los lineamientos generales
y las políticas nacionales sobre educación emitidas por el
Gobierno Nacional. El Ministerio de Educación garantiza
la participación de los equipos técnicos que se requieran
para dicho n”;
Que, las constantes denuncias formuladas en contra de
la DREP por los sindicatos y organizaciones relacionados
al Sector Educación en Puno, así como las investigaciones
realizadas por el Consejo Regional a través de Comisiones
Investigadoras y Ordinarias, las propuestas realizadas por
Consejeros Regionales, el Informe Especial del Órgano
de Control Interno, han evidenciado graves deciencias e
irregularidades en la Dirección Regional de Educación de
Puno, por lo que es necesario declarar la reorganización
de dicho sector;
Que, de conformidad al Dictamen de la Comisión
Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional del
Gobierno Regional Puno, referente al Informe Final de
la Comisión Reorganizadora de la Dirección Regional de
Educación Puno y Unidades de Gestión Educativa Local,
a nivel regional, el Consejo en uso de las facultades
conferidas por Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales y su modicatoria Ley 27902, por
unanimidad:
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR, el Informe Final de
la Comisión Reorganizadora de la Dirección Regional
de Educación de Puno, aprobada por Ordenanzas
Regionales Nºs. 025-2005 y 038-2006-GR PUNO/CR de
fecha 23 de setiembre de 2005 y 26 de agosto de 2006,
respectivamente.
Artículo Segundo.- DISPONER la implementación de
las recomendaciones generales y especícas, contenidas
en el Informe Final, citado en el Artículo Primero de la
presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR al Presidente
Regional, Gerente General Regional, Gerente Regional
de Desarrollo Social, Director Regional de Educación y
Directores de Unidades de Gestión Educativa Local a
nivel regional, la implementación de las recomendaciones
inmediatas, generales y especícas, contenidas en
el citado Informe Final, de acuerdo a sus facultades,
atribuciones y funciones, correspondientes.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Ocina Regional
de Administración del Gobierno Regional de Puno,
publique la presente Ordenanza Regional, en el Diario
Ocial El Peruano, con el Componente que corresponde
a la Gerencia Regional de Desarrollo Social.
Artículo Quinto.- Dispensar la presente Ordenanza
Regional, del trámite de la lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO:
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Puno, para su promulgación.
En Puno a los veinte días del mes de julio de dos mil
siete.
CARLOS BALDÁRRAGO ABARCA.
Consejero Delegado del Consejo Regional Puno.
POR TANTO:
Mando se Publique y Cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional Puno, a los
veinte días del mes de julio de dos mil siete.
PABLO HERNAN FUENTES GUZMAN.
Presidente del Gobierno Regional de Puno
111556-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Crean el Consejo Regional de la Micro
y Pequeña Empresa - COREMYPE Lima
Metropolitana
ORDENANZA Nº 1068
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA
Visto en Sesión de Concejo de fecha 13 de setiembre
de 2007 los Dictámenes Nºs. 88-2007-MML-CMAL y
001-MML-CMTPYME de las Comisiones Metropolitanas
de Asuntos Legales y de Turismo y Pequeña y Mediana
Empresa;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 197 y
198 de la Constitución Política del Perú de 1993, modicado
por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del

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