MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ACUERDO Nº 51-2007-CD-SAT - Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias ACUERDO Nº 51-2007-CD-SAT

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 18 de setiembre de 2007 353607
2002-PCM y por Resolución de Superintendencia Nº 122-
2003/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Fíjese los factores de conversión
monetaria a utilizarse en la declaración de la base
imponible a que se reere el tercer párrafo del artículo
12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas,
aprobado por Decreto Nº 011-2005-EF, de acuerdo al
detalle siguiente:
TIPO DE
PAÍS MONEDA CAMBIO
(US$)
Unión Europea Euro 1.362300
Angola Kwanza 0.013371
Argelia Dínar Argelino 0.014888
Argentina Peso Argentino 0.316957
Aruba Florín Arubeño 0.558659
Australia Dólar Australiano 0.814067
Bolivia Boliviano 0.129870
Brasil Real 0.508647
Bulgaria Lev 0.696670
Canadá Dólar Canadiense 0.947239
Chile Peso Chileno 0.001911
China República Popular de Yuan 0.132564
Colombia Peso Colombiano 0.000461
Corea República de Won 0.001066
Dinamarca Corona Danesa 0.182976
Ecuador Sucre 0.000040
Filipinas Peso de Filipinas 0.021552
Guatemala Quetzal 0.130463
Hong Kong Dólar de Hong Kong 0.128263
India Rupia de la India 0.024612
Indonesia Rupia de Indonesia 0.000107
Japón Yen Japonés 0.008639
Malasia, Federación de Dólar Malasio o Ringgit 0.285714
México Nuevo Peso Mexicano 0.090673
Nigeria Naira 0.007927
Noruega Corona Noruega 0.171662
Panamá Balboa 1.000000
Paraguay Guaraní 0.000196
Reino Unido (Inglaterra) Libra Esterlina 2.017100
Rusia Federación de Rublo 0.038980
Suecia Corona Sueca 0.145115
Suiza Franco Suizo 0.827404
Tailandia Baht 0.031104
Taiwan (China Nacionalista) Nuevo Dólar de Taiwan 0.030309
Trinidad y Tobago Dólar de Trinidad Y Tobago 0.158753
Turquía Lira 0.769764
Ucrania Hryvnia 0.198847
Venezuela Bolívar Venezolano 0.000466
Viet Nam Dong 0.000062
Artículo 2º.- Los factores a que se reere el artículo
anterior deberán ser utilizados a partir del día siguiente de
la publicación de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE ARMANDO ARTEAGA QUIÑE
Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas
Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria
109143-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Aprueban Reglamento de
Fraccionamiento de Deudas Tributarias
y No Tributarias
ACUERDO DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 51-2007-CD-SAT
(206-163-00000051)
Lima, 17 de julio de 2007
Vista, la propuesta del Reglamento de Fraccionamiento
de Deudas Tributarias y No Tributarias, expuesta ante el
Consejo Directivo del SAT en la sesión ordinaria Nº 31-
2007-CD-SAT.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Edicto Nº 225 se creó el Servicio de
Administración Tributaria, SAT, como Organismo Público
Descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
encargado de las labores de administración, scalización y
recaudación de ingresos tributarios y multas administrativas;
contando, entre otras, con la facultad de conceder el
fraccionamiento de la deuda correspondiente a los ingresos
que administra o cuya recaudación estuviera a su cargo;
Que, mediante Ordenanza Nº 936 se modicó la
Estructura Orgánica del Servicio de Administración
Tributaria - SAT, incorporando dentro de su estructura
al Consejo Directivo como el órgano de más alto nivel
encargado de la denición de los planes y políticas
vinculadas al ámbito del SAT;
Que, mediante Resolución Jefatural 001-004-
00000749 y modicatorias, se aprobó el Reglamento de
Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias;
Que, a n de actualizar las condiciones establecidas en
el referido Reglamento conforme a la normatividad vigente,
así como, otorgar mayores facilidades que incentiven el
cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y no
tributarias, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento
de Fraccionamiento;
Estando a las facultades conferidas al Consejo Directivo
del SAT, en el literal b) del artículo 13 de la Ordenanza
Nº 936; por unanimidad:
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de
Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, el
cual consta de seis (06) Títulos, cuarenta y dos (42) Artículos
y Cuatro (04) Disposiciones Finales y Complementarias.
Artículo Segundo.- Derogar la Resolución Jefatural
Nº 001-004-00000749 y modicatorias.
Artículo Tercero.- El Reglamento entrará en vigencia
a partir del 19 setiembre de 2007.
OSCAR LOZÁN LUYO
Presidente del Consejo Directivo
Jefe del Servicio de Administración Tributaria
REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO
DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS
TÍTULO I
FINALIDAD Y DEFINICIONES
Artículo 1.- FINALIDAD
El presente Reglamento tiene por nalidad establecer
el régimen de fraccionamiento de deudas administradas
por el SAT, especicando los procedimientos, requisitos y
condiciones para acogerse al mismo.
Artículo 2.- DEFINICIONES
Para efectos de la aplicación del presente Reglamento
se entenderá por:

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