MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA ORDENANZA Nº 242-MDJM - Modifican el Reglamento de OrganizaciOn y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 242-MDJM

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 25 de setiembre de 2007
354022
instancia. El Superintendente Nacional resolverá en
segunda instancia.
Cuando la sanción a imponer a los jefes zonales sea
despido, se requerirá acuerdo previo del Directorio”.
Artículo Segundo.- Los Procedimientos administrativo
Disciplinario que a la fecha se hayan iniciado y se
encuentren en actual trámite, se adecuarán a lo dispuesto
en la presente Resolución.
Artículo Tercero.- La Gerencia General de la SUNARP
y los jefes Zonales deberán informar, dentro del plazo de
quince (15) días hábiles, contados a partir de la vigencia
de la presente Resolución, respecto a los Procedimientos
administrativo Disciplinario pendientes de resolver, iniciados o
no iniciados, emergentes de las recomendaciones contenidas
en los Informes de Control, bajo responsabilidad.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su comunicación y
publicación a través de la página Web institucional.
Artículo Quinto.- Encárguese su difusión a través
de la página Web institucional, a la Ocina de Imagen
Institucional y Relaciones Públicas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA D. CAMBURSANO GARAGORRI
Superintendente Nacional
de los Registros Públicos
112087-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
JESUS MARIA
Modifican horario de carga y descarga
de mercaderías en los mercados de
abasto de Jesús María
ORDENANZA Nº 240-MDJM
Jesús María, 20 de setiembre del 2007
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESUS MARIA;
Visto, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto
mayoritario de los señores regidores y con dispensa del
Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley
Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en concordancia
con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución
Política del Perú, establece que los gobiernos locales,
gozan de autonomía económica, política y administrativa
en los asuntos de su competencia;
Que, corresponde a los gobiernos locales distritales controlar
el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del
acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de
alimentos y bebidas, conforme lo dispone el numeral 3.1. del
inciso 3 del artículo 83º de la precitada Ley.
Teniendo en consideración lo expuesto y en uso de las
facultades conferidas por el numeral 8 del artículo de
la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal
aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL HORARIO
DE CARGA Y DESCARGA DE MERCADERIAS EN LOS
MERCADOS DE ABASTO DE JESÚS MARÍA
Artículo Primero.- MODIFÍCASE el Artículo 26º de la
Ordenanza Nº 235-MDJM el mismo que tendrá el siguiente
texto:
“Artículo 26º.- El horario para el abastecimiento (carga
y descarga) de mercaderías mediante el uso de todo tipo
de vehículo de transporte se realizará de la siguiente
forma, dependiendo del tipo de Establecimiento:
a. Hipermercados y Supermercados: De 05:00 hasta
las 07:00 y de 21:00 hasta las 23:00 horas.
b. Mercados de Abasto: De 05:00 hasta las 09:30 y de
15:00 a 17:00 horas.
c. Minimarket, Bodegas y otros: De 07:00 hasta 09:00
horas.”
Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia
Municipal y a la Gerencia de Policía Local el cumplimiento
de la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ENRIQUE OCROSPOMA PELLA
Alcalde
112027-1
Modifican el Reglamento de Organización
y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 242-MDJM
Jesús María, 20 de setiembre del 2007
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA;
Visto, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto
mayoritario de los señores regidores y con dispensa del
Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3 del artículo 9 de la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades dispone que corresponde
al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización
interior y funcionamiento del gobierno local;
Que, mediante Ordenanza 220 se aprobó el
Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la
Municipalidad Distrital de Jesús María;
Que, resulta necesario formular y actualizar los
instrumentos normativos de gestión en el marco de las
normas de austeridad y racionalización;
Que, mediante Dictamen Nº 020-2007-CEP/MJM de
la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto
se recomendó aprobar la modicación del Reglamento de
Organización y Funciones.
En uso de las facultades conferidas por el numeral 3 del
artículo 9º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades,
el Concejo Municipal, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA
Artículo Primero .- MODIFICASE los artículos 8º,
21º, 28º, 29º, 30º y 44º del Reglamento de Organización
y Funciones de la Municipalidad Distrital de Jesús María
aprobado mediante Ordenanza Nº 220-MDJM, los mismos
que tendrán el siguiente texto:
Artículo 8º.- Son funciones generales de la Gerencia
Municipal:
a. Proponer al Alcalde las políticas de gestión municipal
y las acciones técnico- administrativas, para alcanzar los
objetivos propuestos y ejecutarlas una vez aprobadas.
b. Aprueba las políticas especícas destinadas a
orientar, supervisar y dirigir los procesos, proyectos y
acciones de la gestión municipal, a partir de lo dispuesto
por el Concejo Municipal y la Alcaldía, de acuerdo con las
funciones y atribuciones encargadas y/o delegadas;
c. Celebrar y ejecutar los actos y contratos ordinarios
correspondientes al objeto social de la Municipalidad.

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