MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA ORDENANZA Nº 241-MDJM - Reglamentan los parAmetros urbanIsticos y edificatorios en el distrito ORDENANZA Nº 241-MDJM

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 26 de setiembre de 2007 354095
MUNICIPALIDAD DE
JESUS MARIA
Reglamentan los parámetros urbanísticos
y edificatorios en el distrito
ORDENANZA Nº 241-MDJM
Jesús María, 20 de setiembre del 2007
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
JESÚS MARÍA;
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA;
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo, con el voto
mayoritario de los señores Regidores y con dispensa del
Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Estado reconoce a las Municipalidades autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el artículo 195 del referido texto constitucional,
otorga la atribución de de planicar el desarrollo urbano y
rural de sus circunscripciones;
Que el numeral 3.6 del artículo 79 de la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades, señala expresamente, que
es función exclusiva de las municipalidades distritales
normar las construcción, remodelación o demolición de
inmuebles en concordancia con la normatividad marco
establecida por la propia ley.
Que, de conformidad con lo establecido en la
Ordenanza Nº 620-MML, Reglamento del Proceso de
Aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento
Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de Planes
Urbanos Distritales y Actualización de la Zonicación
de los Usos de Suelo de Lima Metropolitana de fecha
4 de abril del 2004, corresponde a las municipalidades
distritales formular y aprobar su Plan Urbano y
Normativa Especíca.
Que, la Ordenanza Nº 1017-MML de fecha 16 de
mayo del 2007, dene en términos generales el uso del
suelo urbano, así como las alturas máximas a edicarse
considerando el ancho de las vías y la consolidación
urbana en función de las demandas físicas, económicas
y sociales de la población, sin embargo es potestad de
la Municipalidad de Jesús María establecer las normas
arquitectónicas especícas de aplicación en cada zona
del distrito.
Que, de acuerdo al Reglamento Nacional de
Edicaciones, el objeto es normar los criterios mínimos
para el diseño y ejecución de edicaciones, permitiendo
de esta manera una mejor ejecución de los Planes
Urbanos.
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9
y 40 de la Ley Nº 27972 organica de municipalidades, el
Concejo Municipal aprobo la siguiente:
ORDENANZA QUE REGLAMENTA
LOS PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y
EDIFICATORIOS EN EL DISTRITO
DE JESÚS MARÍA
TÍTULO I
CAPÍTULO I
OBJETIVOS Y ALCANCES
Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene por
objeto:
1.1. Normar la adecuación y el reajuste Integral de la
Zonicación de los Usos del Suelo en la circunscripción
del Distrito de Jesús María donde se desarrolla una
edicación y parametrar los proyectos de trámites de
Licencia de Obra en concordancia con el Reglamento
Nacional de Edicaciones;
1.2. Aprobar los Planos de Sectorización de los Usos
del Suelo del Distrito de Jesús María, que conforma el
Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana
(Plano Nº 01), el mismo que es parte de la presente
Ordenanza como Anexo Nº 01. Este plano no dene
límites distritales;
1.3. Normar las alturas máximas de edicación, las
áreas construidas mínimas por unidad de vivienda, el
número de estacionamientos requeridos por unidad
de vivienda y de otros usos en las edicaciones que se
desarrollan en el distrito;
CAPÍTULO II
DELIMITACIÓN DE SECTORES
DE LAS ZONAS PREDOMINANTES
Artículo 2º.- Zonas Predominantes
Como áreas diferenciadas respecto a la dimensión
del lote y a diversos factores socio-económicos,
según los distintos niveles de desarrollo urbano
predominantes se definen en el distrito las Zonas
Predominantes para el tratamiento de las edificaciones
en cuanto a las unidades de vivienda mínima, alturas
de las edificaciones y el número de estacionamientos
que corresponden por unidad de vivienda,
estableciéndose cuatro (04) zonas de acuerdo a la
siguiente ubicación:
Zona A: Caracterizada por su lotización y diversos
factores socio-económicos homogéneos de RDA y
RDM, zona comprendida entre los siguientes límites: El
polígono se inicia en la intersección de la Av. Húsares de
Junín con el Jr. Sánchez Cerro, continúa en línea recta
por el Jr. Sánchez Cerro (tramo comprendido entre las
cuadras 17 a 19), dobla a la derecha por la Av. Cayetano
Heredia (cuadra 18), dobla a la izquierda por el Jr.
Huascar (cuadra 19), dobla a la derecha por la Av. San
Felipe (tramo comprendido entre las cuadras de la 5 a la
8), dobla a la izquierda por el Jr. Estados Unidos (Cuadra
7), dobla a la izquierda por el Jr. Río de Janeiro (Cuadras
5 y 6), dobla a la izquierda por la Av. Gregorio Escobedo
(tramo comprendido entre las Cuadras 4 y 5), dobla a
la derecha por el Jr. Huiracocha (tramo comprendido
entre las Cuadras 22 y 23), dobla a la derecha por la Av.
Salaverry (tramo comprendido entre las cuadras de la
22 a la 25), dobla a la derecha la Av. Faustino Sánchez
Carrión (cuadras. de la 1 a la 10), dobla a la derecha
por la Av. Brasil (tramo comprendido entre las cuadras
de la 27 a la 18), dobla a la derecha por la Av. Cayetano
Heredia (Tramo comprendido entre las cuadras. de la 1 a
la 5), dobla a la izquierda por el Jr. Huiracocha (cuadras
17 y 16), dobla a la derecha por la Av. Húsares de Junín
(cuadra 6 y 7) hasta la intersección con el Jr. Sánchez
Cerro lugar donde se inició la poligonal.
Para este sector regirán los criterios normativos que
se especican en el siguiente cuadro:
ZONA
A
USOS
PERMITIDOS
LOTE
MÍNIMO
(m2)
FRENTE
MÍNIMO
(ml)
ÁREA
LIBRE
MÍNIMA
ALTURA DE
EDIFICACIÓN
DOTACIÓN
ESTACIONA-
MIENTOS
AREA
MÍNIMA
UNIDAD DE
VIVIENDA
Residencial
De Densidad
Media
RDM
Unifamiliar
Multifamiliar
120
120
6
6 35%
3 PISOS
3 PISOS
03 Estac. X
Unidad de
Vivienda
140.00 m2
(3 dormito-
rios)
120.00 m2
(2 dormito-
rios)
100.00 m2
(1
dormitorio)
Multifamiliar 150 8 3 PISOS(1)
4 PISOS (2)
5 PISOS (3)
Multifamiliar 200 10 40%
Multifamiliar 300 10
Conjunto
Residencial
1600 20 50%
Residencial
De Densidad
Alta
RDA
Multifamiliar 300 10 40% 4 PISOS (1)
5 PISOS (2)
1.5(a+r) (3)
Multifamiliar 450 10
Conjunto
Residencial
2500 25 50%

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