MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 512-2007-MDS - Declaran de oficio la nulidad dela AdjudicaciOn Directa Selectiva Nº ADS-3-2007-MDS

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 6 de enero de 2008
363308
presupuestal para la contratación de persona natural
o jurídica que desarrolle la supervisión de los estudios
denitivos del proyecto en mención.
Que, teniendo en cuenta los documentos señalados en los
considerandos precedentes la Gerencia Municipal mediante
Informe Nº 037-2007-MDPN-F, expresa que se congura
una situación extraordinaria y que la necesidad del servicio es
actual y urgente, indicándose también que el incumplimiento
de lo previsto en el contrato con EL CONSULTOR devendría
en una causal de resolución de contrato por causa atribuible
a LA MUNICIPALIDAD, sugiriendo al Concejo Municipal la
procedencia de la Exoneración del Proceso de Selección por
la causal de desabastecimiento inminente de conformidad
con lo establecido en el inciso c) del artículo 19º del Texto
Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobada por el Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM.
Que, Mediante Informe de Asesoría Legal Externa se
hace conocer que la normatividad legal existente en la
legislación peruana faculta al Concejo Municipal exonerar
de procesos de selección cuando se presenten situaciones
de desabastecimiento inminente que pongan en riesgo las
actividades de la entidad, máxime si se trata de obras de
vital importancia para la población distrital.
Que, el Artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley
26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado mediante Decreto Supremo N°083-2004-PCM,
establece que se considera situación de desabastecimiento
inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en
la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra
compromete en forma directa e inminente la continuidad
de las funciones, servicios, actividades u operaciones
productivas que la entidad tiene a su cargo de manera
esencial. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición
o contratación de los bienes, servicios u obras solo por
el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para
resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección
que corresponda;
Que, de conformidad con el artículo 146° del
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-
2004-PCM, establece que “ La Resolución o Acuerdo
que Apruebe la exoneración del proceso de selección,
requiere obligatoriamente de uno o más informes previos,
que contengan la justicación técnica y legal de la
Procedencia y necesidad de la exoneración;
Que, por tanto habiéndose congurado el supuesto
establecido en el art. 21° del TUO de la Ley N° 26850 - Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, corresponde
declarar la Situación de Desabastecimiento Inminente
del Servicio de Supervisión de Estudios Denitivos del
Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Sistema
de Alcantarillado del Cercado y Pueblos Jóvenes del
Distrito de Pueblo Nuevo – Ferreñafe – Lambayeque”
por el plazo que corresponda y consecuentemente la
aprobación de la Exoneración de Proceso de Selección
aplicable, debiéndose proceder conforme a lo establecido
en los artículos 147º y 148° del Reglamento del TUO de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
Estando a lo expuesto, de conformidad con el inciso c)
del Artículo 19° y los Artículos 20° y 21° del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
N° 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo N° 084-2004-PCM, y demás normas pertinentes,
y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9°
luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo
aprobó por UNANIMIDAD, el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- DECLARAR en situación de
desabastecimiento inminente el servicio de supervisión
del estudio denitivo del proyecto de inversión pública
“Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado del Cercado y
Pueblos Jóvenes del distrito de Pueblo Nuevo – Ferreñafe
– Lambayeque”.
Artículo Segundo.- APROBAR la exoneración del proceso
de selección para la contratación del servicio de supervisión del
estudio denitivo del proyecto de inversión pública “Mejoramiento
del Sistema de Alcantarillado del Cercado y Pueblos Jóvenes
del distrito de Pueblo Nuevo – Ferreñafe – Lambayeque”, hasta
por el valor referencial de S/.100,000.00 (CIEN MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuentes de Financiamiento
13 Donaciones y Transferencias.
Artículo Tercero.- DESIGNAR a la Unidad de
Abastecimientos, como dependencia encargada de las
adquisiciones y contrataciones de la Municipalidad Distrital
de Pueblo Nuevo, llevar a cabo la contratación materia
de la presente exoneración, conforme al procedimiento
establecido en el art. 146° del Reglamento del TUO de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, poner el presente Acuerdo en conocimiento
de la Contraloría General de la República y del Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
de conformidad con el Artículo 20° del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del estado dentro de los diez (10) días
calendarios siguientes a la fecha de su aprobación, así
como su publicación en el Diario Ocial El Peruano.
Artículo Quinto.- Los Regidores de acuerdo a las
Atribuciones que le corresponden de Acuerdo a la Ley
función scalizadora de encontrar indicios de negligencia
funcional, solicitarán al Titular de la Entidad se apliquen
las medidas disciplinarias que correspondan.
Artículo Sexto.- DISPENSAR, de la lectura y
aprobación del Acta, para que el presente Acuerdo entre
en vigencia de inmediato.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
DIEGO SERNAQUÉ PAIVA
Alcalde
148196-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SOCABAYA
Declaran de ocio la nulidad de la
Adjudicación Directa Selectiva ADS-
3-2007-MDS, “Servicio de Sembrado
de Grass y Equipo de riego para la Obra
Culminación del Complejo Deportivo
Valeriano López 4 de Octubre I Etapa”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 512 - 2007-MDS
Socabaya, 14 de diciembre de 2007
VISTOS:
El dictamen Legal Nº 615-2007-AL-MDS de la Ocina
de Asesoría Jurídica recaído en el Informe “Comité
Especial de Contrataciones Nº 002-07/MDS” sobre la
solicitud para retrotraer el Proceso de Adjudicaciones
Directa Selectiva Nº ADS-3-2007-MDS, e Informe Nº 167-
07-MDS/GA-ABAST.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 194 de la Constitución
Política del Estado concordante con el artículo II del
Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades,
establece que las Municipalidades tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia.
Que, mediante Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR