RESOLUCION JEFATURAL N° 366-2013/JNAC/RENIEC - Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Gramalote, departamento de Cajamarca

Fecha de publicación05 Diciembre 2013
Fecha de disposición05 Diciembre 2013
El Peruano
Jueves 5 de diciembre de 2013
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votaron”. Esto por cuanto la suma de votos emitidos es la
cifra 160, la misma que es superior al “total de ciudadanos
que votaron”, que es la cifra de 159.
5. Para dar respuesta a dicha observación, del cotejo
realizado entre las actas electorales de la ODPE, del
SJEELS y del Jurado Nacional de Elecciones, se verif‌i ca
la igualdad en las cifras consignadas como: a) el “total de
ciudadanos que votaron”; b) la suma de votos emitidos;
c) las cifras correspondientes a las votaciones obtenidas
por cada organización política participante en el proceso
electoral; d) votos nulos, y e) votos en blanco, en los tres
ejemplares del acta electoral bajo análisis.
6. De ello, toda vez que se advierte que los votos
emitidos con relación al proceso de Nuevas Elecciones
Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima
suman 160, y al ser dicha cifra superior al consignado
como el “total de ciudadanos que votaron” (159),
corresponde declarar la nulidad de dicha votación y
considerar como votos nulos la cifra 159, en aplicación
del artículo 4, numeral 4.2, inciso 4, del Reglamento.
En ese sentido, el SJEELS anuló, en forma correcta
la votación contenida en el acta electoral, tal como es
de comprobarse en la Resolución Nº 001-2013-2JEE-
LIMASUR/JNE.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de
apelación interpuesto por Yolanda Estacio Cangahuala,
personera legal de la organización política Tierra y
Dignidad y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución
Nº 001-2013-2JEE-LIMASUR/JNE, emitida por el Segundo
Jurado Electoral Especial de Lima Sur.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1023902-6
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina de Registros
del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de Gramalote,
departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 366-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 4 de diciembre de 2013
VISTOS:
El Informe N° 000593-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC
(04OCT2013) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando N° 000989-2013/GRC/RENIEC
(24OCT2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe N° 000142-2013/GPRC/RENIEC (27NOV2013)
de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil mantiene estrecha
y permanente coordinación con diversas entidades, como
las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios
de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de
Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas
reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o
entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario,
conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497-
Ley Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil;
Que, la Of‌i cina de Registros del Estado Civil que
funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de
Gramalote, Distrito de San Andrés de Cutervo, Provincia
de Cutervo, Departamento de Cajamarca, a la cual hacen
referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente
para la regularización de delegación de funciones
registrales, habiendo sido calif‌i cado positivamente por
la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles,
por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico de
Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y
controlar el proceso de autorización de delegación de
funciones de las Of‌i cinas de Registros del Estado Civil en
Centros Poblados y Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a f‌i n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro; y,
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones
de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural
Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto
por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la
delegación de las funciones registrales establecidas en
los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la
Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la
Of‌i cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de Gramalote, Distrito de San Andrés
de Cutervo, Provincia de Cutervo, Departamento de
Cajamarca.
Artículo 2°.- El Jefe de la Of‌i cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad señalada en el artículo
1°, queda encargado de las funciones registrales
cuya delegación se autoriza; así como de las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante la
delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad
sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control
del RENIEC.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento,
Matrimonio y Defunción, a la Of‌i cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado
Gramalote, Distrito de San Andrés de Cutervo, Provincia de
Cutervo, Departamento de Cajamarca; correspondiendo
a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece,
orientar e impartir instrucciones a ésta, a f‌i n de que el
procedimiento registral se realice conforme a las normas

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