RESOLUCION MINISTERIAL N° 0282-2014-IN - Disponen la publicación del Anteproyecto de Ley de Armas, Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de uso civil en las páginas web del Ministerio del Interior y de la SUCAMEC

Fecha de disposición02 Marzo 2014
Fecha de publicación02 Marzo 2014
El Peruano
Domingo 2 de marzo de 2014
517960
una Comisión Sectorial encargada de formular una
propuesta de Plan de Lucha Contra la Corrupción en el
Sector Interior;
Que, la referida Comisión Sectorial ha cumplido con
la elaboración del proyecto de Plan de Lucha contra la
Corrupción en el Sector Interior 2014-2016;
Que, resulta necesario recibir y consolidar los
aportes de las entidades públicas, instituciones
privadas y organizaciones de la sociedad civil
interesadas en la materia, así como de la ciudadanía
en general, que contribuyan al perfeccionamiento del
Plan propuesto;
Que, por lo expuesto, resulta conveniente disponer las
acciones necesarias para la publicación del proyecto del
Plan de Lucha contra la Corrupción en el Sector Interior
2014-2016; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo
Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que la Secretaría General del
Ministerio del Interior efectúe las acciones necesarias
para la publicación del proyecto del Plan de Lucha contra
la Corrupción en el Sector Interior 2014-2016, en la página
web www.mininter.gob.pe
Las sugerencias y comentarios sobre el referido
proyecto deberán ser remitidos al correo electrónico
plcsi@mininter.gob.pe, en un plazo no mayor a quince
(15) días hábiles contados a partir de la publicación de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar al Gabinete de Asesores del
Ministerio del Interior la evaluación y sistematización de
las sugerencias y aportes recibidos, en el término de diez
(10) días hábiles luego de concluido el plazo señalado en
el artículo 1.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBAN PERALTA
Ministro del Interior
1056131-1
Disponen la publicación del
Anteproyecto de Ley de Armas,
Municiones, Explosivos, Productos
Pirotécnicos y Materiales Relacionados
de uso civil en las páginas web
del Ministerio del Interior y de la
SUCAMEC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0282-2014-IN
Lima, 28 de febrero de 2014
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 29915 que delegó
en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia
de fortalecimiento institucional del Sector Interior,
se dictaron diversos Decretos Legislativos, entre
otros, el Decreto Legislativo N° 1127, que crea la
Superintendencia Nacional de Control de Servicios de
Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso
Civil – SUCAMEC;
Que, conforme al artículo 2 del Decreto Legislativo Nº
1127, la SUCAMEC tiene competencia de alcance nacional
en el ámbito de los servicios de seguridad privada, armas,
municiones, explosivos y productos pirotécnicos de uso
civil;
Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1127,
establece que es función de SUCAMEC controlar,
administrar, supervisar, f‌i scalizar, normar y sancionar las
actividades en el ámbito de los servicios de seguridad
privada, fabricación y comercio de armas, municiones y
conexos, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil;
Que, a f‌i n de fortalecer la implementación de la Política
Nacional del Estado Peruano en Seguridad Ciudadana,
aprobada por Decreto Supremo N° 012-2013-IN, resulta
necesario establecer el marco normativo que asegure
el uso racional y controlado de las armas, municiones
y conexos, explosivos y productos pirotécnicos de uso
civil;
Que, en este sentido, resulta conveniente reformular y
actualizar los alcances de la Ley Nº 25054, Ley sobre la
Fabricación, Comercio, Posesión y Uso por los particulares
de armas y municiones que no son de guerra, el Decreto
Ley N° 25707, que declara en emergencia la utilización
de explosivos de uso civil y conexos, así como la Ley
N° 27718, Ley que regula la fabricación, importación,
depósito, transporte, comercialización y uso de productos
pirotécnicos;
Que, asimismo, la Novena Disposición Complementaria
Transitoria del Decreto Legislativo N° 1127, establece
que el Poder Ejecutivo presentará al Congreso de la
República las propuestas de reforma y actualización
de la normatividad vigente en materia de fabricación,
comercialización, transporte, almacenamiento, posesión,
uso y destino f‌i nal de armas, municiones y conexos,
explosivos y pirotécnicos de uso civil;
Que, en tal virtud, la SUCAMEC elaboró un
Anteproyecto de Ley de Armas, Municiones, Explosivos,
Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de uso
civil, el cual fue puesto a consideración del Ministerio del
Interior para su revisión y trámite correspondiente;
Que, en atención a la relevancia de la referida
propuesta legislativa, resulta necesario recibir y consolidar
los aportes de las entidades públicas involucradas, los
proveedores y usuarios de armas, municiones, explosivos,
productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso
civil, así como de la ciudadanía en general; para contribuir
con el proceso de revisión del Anteproyecto mencionado
en el párrafo precedente;
Que, atendiendo a lo expuesto, es pertinente
disponer las acciones necesarias para la publicación del
Anteproyecto de Ley de Armas, Municiones, Explosivos,
Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de uso
civil; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo
Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
del Interior; y el Decreto Legislativo N° 1127, que crea la
Superintendencia Nacional de Control de Servicios de
Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil
– SUCAMEC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que la Secretaría General del
Ministerio del Interior efectúe las acciones necesarias
para la publicación del Anteproyecto de Ley de Armas,
Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos y
Materiales Relacionados de uso civil, en las páginas web
www.mininter.gob.pe y www.sucamec.gob.pe
Las sugerencias y comentarios sobre el referido
proyecto deberán ser remitidos al correo electrónico
armasyexplosivos@mininter.gob.pe, en un plazo no
mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la
publicación de la presente Resolución.
Artículo 2.- La Superintendencia Nacional de
Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones
y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC dispondrá las
medidas correspondientes para difundir el referido
Anteproyecto entre los proveedores y usuarios de
armas, municiones, explosivos, productos pirotécnicos
y materiales relacionados de uso civil en el ámbito
nacional.
Artículo 3.- Encargar al Gabinete de Asesores del
Ministerio del Interior la evaluación y sistematización de
las sugerencias y aportes recibidos, en el término de diez
(10) días hábiles luego de concluido el plazo señalado en
el artículo 1.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBAN PERALTA
Ministro del Interior
1056131-2

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