DECRETO SUPREMO N° 012-2013-SA - Decreto Supremo que aprueba el Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes y constituye la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Nacional
Fecha de publicación | 07 Noviembre 2013 |
Fecha de disposición | 07 Noviembre 2013 |
El Peruano
Jueves 7 de noviembre de 2013
506616
Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales
peruanas aplicables al caso.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos
y por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
1010725-1
SALUD
Decreto Supremo que aprueba el Plan
Multisectorial para la Prevención del
Embarazo en Adolescentes y constituye
la Comisión Multisectorial Permanente
encargada del seguimiento, monitoreo
y evaluación del Plan Nacional
DECRETO SUPREMO
Nº 012-2013-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 9º de la Constitución Política del Perú
señala que, el Estado determina la Política Nacional de
Salud y que corresponde al Poder Ejecutivo normar y
supervisar su aplicación, así como diseñarla y conducirla
en forma plural y descentralizadora;
Que, los artículos II y IV del Título Preliminar de la
Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la
protección de la salud es de interés público, siendo la salud
pública responsabilidad primaria del Estado y la salud
individual responsabilidad compartida por el individuo, la
sociedad y el Estado;
Que, el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la
Adolescencia 2012-2021 (PNAIA 2021), aprobado por
Decreto Supremo Nº 001-2012-MIMP, establece como
una de las Metas Emblemáticas para el desarrollo de la
infancia y la adolescencia en el Perú, reducir la tasa de
maternidad adolescente en 20%, estableciendo como
Objetivo Estratégico Nº 3: Consolidar el crecimiento y
desarrollo integral de las y los adolescentes de 12 a 17
años de edad, señalando como Resultado Esperado Nº
9: “Las y los adolescentes postergan su maternidad y
paternidad hasta alcanzar la edad adulta”;
Que, el embarazo en adolescentes es un problema de
salud pública en la Subregión Andina, y que además de
poner en riesgo la salud, signifi ca un gran obstáculo en la
posibilidad de construir un proyecto de vida por parte de
los y las adolescentes;
Que, las y los adolescentes que enfrentan un
embarazo no planifi cado afrontan un número importante
de difi cultades en la dimensión individual, familiar y social
como son: el abandono de sus parejas, la imposibilidad
de concluir sus estudios escolares (que limita sus planes
de vida y el acceso a oportunidades de desarrollo), el
incremento de los riesgos de morbilidad de la adolescente
embarazada y del recién nacido, la limitada capacidad
de la adolescente madre para cuidar y criar a su niño/a.
Asimismo, el inicio temprano de las relaciones sexuales
sin protección a su vez coloca a los y las adolescentes
en riesgo de adquirir infecciones de transmisión sexual
incluyendo el VIH/SIDA;
Que, en este contexto, el Gobierno Peruano asumió
el compromiso de abordar el problema en la Reunión
Ordinaria de Ministras y Ministros de Salud del Área
Andina en el mes de marzo de 2007, quienes emitieron
la Resolución REMSAA XXVII/437, en la que se resolvió
“reconocer las consecuencias del embarazo no planifi cado
en adolescentes como un problema de salud pública
dentro de la Subregión y declarar prioritarios los planes
para su prevención y atención integral”;
Que, los diferentes sectores del Estado bajo la conducción
del Ministerio de Salud, en un trabajo concertado y articulado,
en concordancia con el marco de las competencias y
responsabilidades que les corresponden, y con el propósito
de crear las condiciones necesarias que contribuyan a
cumplir con los objetivos y metas comprometidas en la
Cumbre del Milenio con énfasis en el Objetivo 5 - Mejorar
la salud materna - y de esta forma, permitir que los y las
adolescentes mejoren sus condiciones de vida y alcancen
una mayor equidad en el acceso a la salud y al desarrollo,
han elaborado el Plan Multisectorial para la Prevención del
Embarazo en Adolescentes 2013 - 2021;
Que, el aludido Plan Multisectorial, tiene como
objetivo establecer las acciones que deben desarrollar las
diferentes instancias involucradas del sector público y de
la sociedad civil, para prevenir y disminuir el embarazo
en adolescentes en el país; propiciando las condiciones
necesarias para cumplir con los objetivos y metas
comprometidas en la Cumbre del Milenio con énfasis
en el Objetivo 5, permitiendo que los y las adolescentes
mejoren sus condiciones de vida y alcancen una mayor
equidad en el acceso a la salud y al desarrollo;
Que, en tal virtud, es necesario aprobar el Plan Multisectorial
para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013
- 2021, con la fi nalidad de contar con un instrumento que
establezca el fortalecimiento de las acciones a ser realizadas
por los tres niveles de gobierno para prevenir y disminuir el
embarazo en adolescentes en el país;
Que, asimismo, es necesario constituir una Comisión
Multisectorial de naturaleza permanente que se encargue,
entre otros aspectos, del seguimiento, monitoreo y
evaluación de la implementación del Plan a que se contrae
el considerando precedente;
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como
función del Poder Ejecutivo planifi car, normar, dirigir,
ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en
conformidad con las políticas de Estado;
De conformidad con lo dispuesto en la Constitución
Política del Perú, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud,
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación
Apruébese el Plan Multisectorial para la Prevención
del Embarazo en Adolescentes 2013 - 2021, cuyo Anexo
forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2°.- Del Alcance
El Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo
en Adolescentes 2013 – 2021, es de alcance nacional y
comprende a todas las Entidades de la Administración
Pública de los tres niveles de gobierno (nacional, regional
y local).
Artículo 3º.- Financiamiento
Las acciones que se realicen en el marco del Plan
Multisectorial para la Prevención del Embarazo en
Adolescentes 2013 - 2021, se fi nanciarán con cargo a los
presupuestos institucionales de los pliegos involucrados,
conforme a las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector
Público, sin demandar recursos adicionales al Tesoro
Público y en el marco de las normas legales vigentes.
Artículo 4º.- De la Comisión Multisectorial
Permanente
Constitúyase la Comisión Multisectorial Permanente
encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación
de la implementación del Plan Multisectorial para la
Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013 - 2021,
con la fi nalidad de contribuir al cumplimiento efi caz de sus
objetivos y líneas de acción estratégica, la cual estará
adscrita al Ministerio de Salud y estará integrada de la
siguiente forma:
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