ORDENANZA Nº 031-2009/MDV - Aprueban nuevo Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas - RAMSA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla

Fecha de disposición21 Enero 2010
Fecha de publicación21 Enero 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 21 de enero de 2010 411601
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE VENTANILLA:
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de
fecha 29 de diciembre del 2009, el Dictamen N° 023-2009/
MDV-CA de la Comisión de Administración; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza N° 032-2007/MDV, se
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
(ROF), publicado en el Diario El Peruano, con fecha 05 de
enero de 2008. Posteriormente, mediante la Ordenanza
N° 025-2008/MDV, se modif‌i ca el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF).
Que, mediante el documento del visto, la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto precisa que resulta viable la
modif‌i cación de mencionado instrumento de gestión en
los siguientes aspectos: Creación de la Unidad Orgánica
de Gerencia de Fiscalización y Control, y las unidades
orgánicas a su cargo: Sub Gerencia de Operaciones
y Fiscalización, y la Sub Gerencia de Investigación y
Control de Sanciones. Modif‌i cación del ROF, respecto
a las siguientes unidades orgánicas: Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, que tendrá a su cargo a la
Sub Gerencia de Estadística e Informática, y la Secretaría
General, que tendrá a su cargo la Sub Gerencia de Trámite
Documentario y Archivo, así como a la Sub Gerencia de
Registro Civil.
Que, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, aprueba
los lineamientos para la Elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones – ROF. De
acuerdo a la norma mencionada, el objeto del Reglamento
de Organización y Funciones (ROF), es establecer los
lineamientos generales para que todas las entidades
del Sector Público deban seguir para la respectiva
elaboración y aprobación del Reglamento de Organización
y Funciones.
Que, el marco normativo para la aprobación y
modif‌i cación del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, se
encuentra conforme a lo previsto en el Artículo 194°
de la Constitución Política del Perú, establece que las
Municipalidades Provinciales y Distritales y las delegadas
conforme a Ley, son Órganos de Gobierno Local que
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia.
Que, las Municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, de conformidad con lo dispuesto en
concordante con el artículo II del Título Preliminar de
siendo que la autonomía administrativa es “la facultad de
organizarse internamente, determinar y reglamentar los
servicios públicos de su responsabilidad”.
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades y
atribuciones conferidas en los Artículos 9° y 40° de la Ley
N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo
Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD; y con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
Aprobó la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Artículo Primero.- APROBAR la Creación de la
Unidad Orgánica de Gerencia de Fiscalización y Control,
y las unidades orgánicas a su cargo: Sub Gerencia de
Operaciones y Fiscalización, y la Sub Gerencia de
Investigación y Control de Sanciones.
Articulo Segundo.- APROBAR la modif‌i cación del
Reglamento de Organización y Funciones, respecto a las
siguientes unidades orgánicas: Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto, que tendrá a su cargo a la Sub Gerencia
de Estadística e Informática, y la Secretaría General,
que tendrá a su cargo la Sub Gerencia de Trámite
Documentario y Archivo, así como a la Sub Gerencia de
Registro Civil.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria
General, disponga la publicación de la presente
Ordenanza, en la página web de la Corporación Edil, cuya
dirección electrónica es: www.muniventanilla.gob.pe y en
el Portal de Servicios al ciudadano y empresas-PSCE.
Regístrese y comuníquese.
OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde
447668-1
Aprueban nuevo Reglamento de
Aplicación de Multas y Sanciones
Administrativas - RAMSA de la
Municipalidad Distrital de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 031-2009/MDV
Ventanilla, 29 de diciembre de 2009
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de
fecha 29 de diciembre de 2009; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el Reglamento de Aplicación de Multas y
Sanciones Administrativas- RAMSA vigente, se diversif‌i ca
el procedimiento administrativo sancionador en varias
unidades orgánicas de la Municipalidad; el procedimiento
empieza en la Subgerencia de Fiscalización y Control y
se deriva dependiendo la naturaleza de la infracción a las
unidades orgánicas competentes, perdiéndose el control
en cuanto al tiempo y ef‌i cacia de la sanción impuesta al
infractor.
Que, el nuevo proyecto de Reglamento de Aplicación
de Multas y Sanciones Administrativas (RAMSA), unif‌i ca el
procedimiento administrativo sancionador en la Gerencia
de Fiscalización y Control, que actúa en segunda instancia
resolviendo las apelaciones, entre otras; y la Subgerencia
de Operación y Fiscalización que depende de la anterior,
que actúa en primera instancia imponiendo la resolución
de sanción, ejecutando las medidas complementarias y
los apercibimientos.
Que, el Reglamento de Aplicación de Multas y
Sanciones Administrativas vigente no es muy ef‌i caz, porque
en caso en caso de actuaciones inmediatas y urgentes
aplica medidas provisionales (medidas cautelares);
mientras que el nuevo proyecto será más ef‌i ciente porque
ya no existen las medidas provisionales, porque en caso
de urgencia o de necesidad, inmediatamente se aplica la
Resolución de Sanción.
Que, los casos de urgencia son situaciones de
emergencia cuando la infracción detectada afecte: i) la
seguridad pública o de las personas, la salud, la salubridad,
la higiene, la seguridad vial, tranquilidad pública, el medio
ambiente, la moral, el orden público; ii) las normas sobre
urbanismo y zonif‌i cación, o sobre seguridad del sistema
de defensa civil; iii) en el supuesto caso, que en edif‌i cios,
locales, establecimientos servicios se produzcan olores,
humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud
o tranquilidad del vecindario; iv) en el supuesto caso de
continuidad de infracciones; y v) en el supuesto caso, que
así lo determine las normas legales correspondientes.
Que, las medidas complementarias en el nuevo proyecto
RAMSA son las siguientes: Decomiso e inmovilización de
bienes, Retención, Retiro, Clausura temporal, Clausura
def‌i nitiva, Paralización de obra, Demolición de obra,
Ejecución de obra, Tapiado, Desmontaje, Suspensión.
Que, las Municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, de conformidad con lo dispuesto en

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