26 186-MSS - Prorrogan plazos a que se refieren las Ordenanzas N°s 177 y 146-MSS por las que se suspendió el otorgamiento de autorizaciones de elementos de impacto visual negativo o contaminación luminosa

Fecha de disposición22 Abril 2004
Fecha de publicación22 Abril 2004
Pág. 267075
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 22 de abril de 2004
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 016-2004-
MDSM, de fecha 29 de enero de 2004 se aprobó las Bases
del Concurso Público de Méritos para la selección del Eje-
cutor Coactivo de la Municipalidad;
Que, por Resolución de Alcaldía Nº 071-2004-
MDSM, de fecha 18 de febrero de 2004, se convocó a
Concurso Público de Méritos Nº 001-2004-MDSM para
la selección del Ejecutor Coactivo; y así mismo, se apro-
bó el cronograma del concurso público para la selec-
ción del ejecutor coactivo de la Municipalidad Distrital
de San Miguel;
Que, concluido el proceso de selección, conforme la
publicación de los resultados finales del Concurso Público
Nº 001-2004-MDSM, de fecha 16 de marzo de 2004, ha
resultado ganadora para el cargo de Ejecutor Coactivo la
abogada Flor Angela Barreda Chusing, siendo necesaria
la designación de la ganadora para el ejercicio de sus fun-
ciones de conformidad con el artículo 7º de la Ley de Pro-
cedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979 y su Mo-
dificatoria Ley Nº 28165;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley
de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones
del Sector Público, artículo 77º del Decreto Supremo Nº
Ley Nº 26979 y su Modificatoria Ley Nº 28165, Ley Nº 27204
y las facultades conferidas en el artículo 20º de la Ley Or-
gánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del día 1 de abril
del 2004 a la abogada FLOR ANGELA BARREDA CHU-
SING, identificada con DNI Nº 08709430, con Registro CAL
Nº 11523, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipa-
lidad Distrital de San Miguel, con los alcances precitados.
Artículo Segundo.- DISPONER el cumplimiento de la
presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de
Rentas y Administración Tributaria, Gerencia de Adminis-
tración y Finanzas, Subgerencia de Recursos Humanos y
órganos competentes de la municipalidad.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría Gene-
ral la publicación de la presente Resolución en el Diario
Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Alcalde
07784
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Prorrogan plazos a que se refieren las
Ordenanzas Nºs. 177 y 146-MSS por las
que se suspendió el otorgamiento de
autorizaciones de elementos de impac-
to visual negativo o contaminación
luminosa
ORDENANZA Nº 186-MSS
Santiago de Surco, 20 de abril de 2004
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco en Sesión
Extraordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución
Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Cons-
titucional del Capítulo IV sobre Descentralización Nº 27680,
publicada el 7.MAR.2002, las municipalidades distritales
son órganos de Gobierno Local, con autonomía, política,
económica y administrativa en los asuntos de su compe-
tencia, concordante con el artículo II de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
Que, conforme a la autonomía política de la que gozan
las Municipalidades, el mismo precepto constitucional ha
otorgado expresamente al Concejo Municipal la función
normativa en los asuntos de su competencia;
Que, de acuerdo al artículo 79º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, son funciones municipales en
materia de organización del espacio físico y uso del suelo,
las de ubicación de avisos publicitarios y propaganda polí-
tica, así como también la construcción de estaciones ra-
dioeléctricas y tendido de cables de cualquier naturaleza;
Que, con fecha 14.AGO.2003 se publicó en el Diario
Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 146-MSS que dispuso
suspender el otorgamiento de autorizaciones municipales
de elementos generadores de impacto visual negativo y/o
contaminación luminosa por un período máximo de seis
meses o hasta la entrada en vigencia de las normas espe-
cíficas que regulen la materia, disponiendo además la con-
formación de una Comisión Técnica para proponer la nor-
matividad que regule los anuncios publicitarios tipo panel
monumental, estaciones de bases radioeléctricas o infra-
estructuras radioeléctricas visibles y, cableado aéreo del
servicio de electricidad, telecomunicaciones y transmisión
de datos, dentro del plazo de 120 días calendario, conta-
dos a partir del día siguiente de publicada la citada Orde-
nanza;
Que, por Resolución Nº 1097-2003-RASS de fecha
28.NOV.2003 se conformó la Comisión Técnica encargada
de proponer la normatividad antes citada;
Que, el Artículo Único de la Ordenanza Nº 177-MSS de
fecha 16.FEB.2004, dispuso prorrogar el plazo de vigencia
establecido en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 146-MSS
hasta el 31.MAR.2004;
Que, por Resolución Nº 265-2004-RASS de fecha
22.MAR.2004 se dispuso recomponer la conformación de
la Comisión Técnica en mérito a la nueva Estructura Orgá-
nica de la Municipalidad y a las renuncias presentadas por
diversos funcionarios; asimismo, que la Comisión cumpla
con presentar dentro del plazo establecido en la Ordenan-
za Nº 177-MSS la propuesta de ordenanzas sobre normas
técnicas de la materia;
Que, el Gerente Central de Desarrollo Local mediante
Informe Nº 42-2004-GCDL-MSS de fecha 5.ABR.2004,
señala que los nuevos integrantes de la Comisión Técnica
asumieron funciones el día 22.MAR.2004, es decir siete
días útiles previos al vencimiento del plazo, el cual resulta
insuficiente para poder cumplir con entregar el trabajo en-
comendado; en tal sentido, solicita un plazo adicional a fin
de presentar la normatividad definitiva;
Que, en atención a lo expuesto, deviene en necesario
establecer una prórroga al plazo adicional establecido en
el Artículo Único de la Ordenanza Nº 177-MSS, al haberse
determinado que el mismo es insuficiente, teniendo en cuen-
ta que se debe reglamentar individualmente cada elemen-
to generador de impacto visual negativo y/o contaminación
luminosa, a fin de contar con las normas técnicas que re-
gulen y controlen dichos elementos, evitando así efectos
perjudiciales para la salud o tranquilidad del vecindario;
Estando al Informe Nº 42-2004-GCDL-MSS de la Geren-
cia de Desarrollo Local, Informes Nºs. 577 y 613-2004-OAJ-
MSS de la Oficina de Asesoría Jurídica, Informes Nºs. 111
y 116-2004-GM-MSS y Memorándums Nºs. 347 y 381-
2004-GM-MSS de la Gerencia Municipal; contando con la
opinión favorable según Dictamen Conjunto Nº 003-2004-
CDL-CSCYMA/MSS de las Comisiones de Desarrollo Lo-
cal y de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente;
De conformidad con lo establecido en los artículos 9º
numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipali-
dades Nº 27972, con dispensa de trámite de lectura y apro-
bación del Acta, por Unanimidad, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE PRORROGA LOS PLAZOS
DE VIGENCIA DISPUESTOS EN LA ORDENANZA
Nº 177-MSS Y EN LA ORDENANZA Nº 146-MSS,
POR LAS QUE SE SUSPENDE EL
OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES
MUNICIPALES DE ELEMENTOS DE
IMPACTO VISUAL NEGATIVO
Y/O CONTAMINACIÓN LUMINOSA
Artículo 1º.- Prorrogar, hasta el 30.MAY.2004, el plazo
establecido en el Artículo Único de la Ordenanza Nº 177-

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