DECRETO DE ALCALDIA Nº 27-2010-MSS - Regularizan modificación del TUPA aprobado mediante Ordenanza N° 363-MSS que modifica la Ordenanza N° 332-MSS en los procedimientos administrativos vinculados a la Ley N° 29476

Fecha de disposición12 Noviembre 2010
Fecha de publicación12 Noviembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 12 de noviembre de 2010
429056
certif‌i caciones de parte de las Of‌i cinas Consulares en
España o de la Cancillería Peruana;
el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444
que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que
no implique la creación de nuevos procedimientos,
incremento de derechos de tramitación o requisitos,
se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector,
Norma Regional de equivalente o Decreto de Alcaldía,
o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo
conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno
respectivo, por lo que la propuesta modificatoria
materia de opinión se encuentra dentro del citado
presupuesto legal, correspondiendo por tanto su
aprobación vía Decreto de Alcaldía, en concordancia
a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de
Municipalidades;
modif‌i cada por Ley Nº 28607, concordante con el artículo II
del Título Preliminar d e la Ley Orgánica de Municipalidades
Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, entendiéndose que
esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, actos administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, estando a lo expuesto, y conforme a las facultades
conferidas en el Art. 20º numeral 6), y Art. 42º de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único
de Procedimientos Administrativos –TUPA de la
Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante
Ordenanza Nº 332-MSS y ratif‌i cado por Acuerdo Nº 283
de la Municipalidad Metropolitana de Lima, respecto al
Procedimiento Administrativo Nº 02.02 MATRIMONIO
CIVIL (Extranjeros), suprimiéndose los requisitos que
hayan sido suplidos por la Apostilla de la Haya, conforme
se adjunta en el Anexo 1º que forma parte del presente
Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General
de la Municipalidad de Santiago de Surco, la publicación
del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Of‌i cial “El
Peruano” y a la Gerencia de Sistemas y Procesos la
publicación del Decreto y Anexo en el Portal Institucional
y de Servicios al Ciudadano y Empresas.
Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía
entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente
Decreto de Alcaldía, a las Gerencias de Planeamiento y
Presupuesto, Imagen Institucional, Sistemas y Procesos y
a la Of‌i cina de Secretaría General.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO
Alcalde
565830-2
Regularizan modificación del TUPA
aprobado mediante Ordenanza Nº 363-
MSS que modifica la Ordenanza Nº 332-
MSS en los procedimientos administrativos
vinculados a la Ley Nº 29476
DECRETO DE ALCALDIA
N° 27-2010-MSS
Santiago de Surco, 10 de noviembre de 2010
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTOS:
El Memorandum Nº 290-2010-GSP-MSS de fecha
24.08.10, de la Gerencia de Sistemas y Procesos y el
Memorandum Nº 2057-2010-SG-MSS de fecha 14.09.10,
de la Secretaría General sobre modif‌i cación del Texto
Único de Procedimientos Administrativos - TUPA,
publicado en el Portal Institucional;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 003-2010-LMT de fecha
10.09.10, la encargada de coordinar la publicación de
los diferentes dispositivos legales y/o administrativos
en el Portal de la Web, informa a la Secretaría General,
que de la revisión de la publicación de las normas en
el portal institucional, se ha verif‌i cado que en el enlace
correspondiente al TUPA se ha publicado un texto
con la denominación “Texto Único de Procedimientos
Administrativos” aprobado con Ordenanza Nº 363-
MSS que modif‌i ca la Ordenanza Nº 332-MSS en los
procedimientos administrativos vinculados a la Ley
Nº 29476 - Ley que modif‌i ca la Ley Nº 29090 Ley de
Regularización de Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones
ratif‌i cado con Acuerdo de Concejo Nº 296 de la MML, el
mismo que al ser cotejado con la Ordenanza Nº 363-MSS
y su Anexo 1, se ha verif‌i cado algunas diferencias en los
requisitos que se detallan en el cuadro adjunto, pero que
en forma general se pueden resumir en la supresión de
un requisito en 15 procedimientos, de un procedimiento
(09.17.01) y el cambio de la nota al ciudadano en 26
procedimientos; asimismo, menciona que no se ha
encontrado norma alguna que apruebe la modif‌i cación
de la Ordenanza Nº 363-MSS; por lo que en razón a lo
señalado, recomienda entre otros puntos, que la Gerencia
de Sistemas y Procesos retire la publicación del Texto en
el Portal Institucional, debiendo publicarse la Ordenanza
Nº 363-MSS y su Anexo que ha sido objeto de ratif‌i cación
por la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Estando a lo informado, la Secretaría General,
mediante Memorandum Nº 2057-2010-SG-MSS del
14.09.10, solicita a la Gerencia de Asesoria Jurídica,
que emita opinión legal, precisando si es viable retirar la
publicación del Texto de la Ordenanza Nº 363-MSS y su
Anexo que ha sido objeto de ratif‌i cación por parte de la
Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, la Gerencia de Asesoria Jurídica, mediante
Informe Nº 1011-2010-GAJ-MSS, señala que los cambios
a los que hace referencia la Secretaría General, sobre
supresión del requisito “Presupuesto de obra en base al
cuadro de valores unitarios of‌i ciales. En caso de puesta
en valor histórico y obras. En caso de demolición en base
al cuadro de valores of‌i ciales vigente sin incremento de
área techada, presupuesto a nivel de subpartidas con
los costos unitarios del mercado publicados en medios
especializados, indicando la fuente. Aplicando factor de
depreciación” en 15 procedimientos requisito que resulta
innecesario; teniendo en cuenta que conforme a la
normativa vigente Ley Nº 29476, el cobro de los derechos
administrativos no gira en torno al valor de la obra sino en
función de la contraprestación; así como la modif‌i cación
de las “Notas para el Ciudadano” no constituyen a
entender de dicha Gerencia cambio sobre el fondo de la
naturaleza de cada procedimiento administrativo, toda vez
que se entiende que la norma vigente es la Ley Nº 29090
y su reglamento, habiéndose consignado la ubicación
de los CAS como un mecanismo de difusión de la
descentralización de servicios municipales; sin embargo,
resulta necesario que se regularicen dichos cambios a
través del correspondiente Decreto de Alcaldía, conforme
a lo previsto en el artículo 38º de la Ley Nº 27444 – Ley
del Procedimiento Administrativo General, no siendo
aplicable dicha regularización en cuanto a la supresión del
procedimiento Nº 09.17.01 del texto original teniendo en
cuenta que el mismo no alcanzó a ser ratif‌i cado a través
del Acuerdo de Concejo Nº 296 de fecha 27.7.2010;
Que, asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica,
señala que los cambios si bien es cierto no constituyen
parte del texto original, el texto colgado en el Portal
Institucional es el mismo que ha sido objeto de ratif‌i cación,
situación que permite af‌i rmar que los cambios efectuados
se han producido en dicha etapa en atención a la aplicación

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR