Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 172-MSS referida a la determinación de los arbitrios municipales
Fecha de publicación | 15 Diciembre 2004 |
Fecha de disposición | 15 Diciembre 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004
contenidos en las Ordenanzas Nº 005-2004-MDPN y Nº
006-2004-MDPN antes citadas.
Artículo 3º.- De las Inafectaciones
Manténgase para el ejercicio 2005 las inafectaciones
establecidas en las Ordenanzas antes citadas.
Artículo 4º.- De las Variables de los Arbitrios de
Limpieza Pública y Parques y Jardines
Modifíquese el artículo 10º de la Ordenanza Nº 005-
2004-MDPN, con el siguiente texto:
Artículo 10º.- Variables que intervienen
Para realizar la determinación del monto de los arbi-
trios municipales se tomarán los siguientes criterios:
1. Zona geográfica en el que se encuentra el predio
2. Uso o actividad desarrollada en el predio
3. Cantidad de predios registrados en la Municipali-
dad Distrital de Punta Negra.
Artículo 5º.- De los criterios de determinación del
Arbitrio de Serenazgo
Modifíquese el artículo 11º de la Ordenanza Nº 006-
2004-MDPN, con el siguiente texto:
Artículo 11º.- Determinación del monto de pago
El monto mensual del arbitrio de serenazgo se deter-
minará tomando en cuenta los siguientes criterios:
1. Zona geográfica en el que se encuentra el predio y
2. Cantidad de predios registrados en la Municipali-
dad Distrital de Punta Negra.
Artículo 6º.- Del Cuadro Resumen del Costo del
Arbitrio de Limpieza Pública
Reemplácese el cuadro resumen del costo del Arbi-
trio de Limpieza Pública contenido en la Ordenanza Nº
005-2004-MDPN, con el cuadro resumen que como
anexo 1 se adjunta a la presente Ordenanza
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Mediante Decreto de Alcaldía se dictarán
las disposiciones técnicas, administrativas y reglamen-
tarias para correcta aplicación y cumplimiento de lo dis-
puesto en la presente Ordenanza.
Segunda.- La presente Ordenanza entra en vigencia a
partir del 1 de enero del 2005, y después de la publicación del
Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifica, de confor-
midad con la Ley Orgánica de Municipalidades.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ROSA PATRICIA LI SOTELO
Alcaldesa
22607
Fijan montos que deberán abonar los
contribuyentes por concepto de dere-
cho de emisión mecanizada de actuali-
zación de valores
ORDENANZA Nº 017-2004/MDPN
Punta Negra, 27 de octubre del 2004
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PUNTA NEGRA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Or-
dinaria de Concejo de fecha 27 de octubre del 2004;
CONSIDERANDO:
Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla-
tivo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, faculta a las
municipalidades a cobrar por el servicio de emisión me-
canizada de actualización de valores, determinación de
impuestos y de recibos de pago correspondientes, in-
cluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al
0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de
enero de cada ejercicio, que para el presente año es de
S/. 3,200 (Tres Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles);
Que, es necesario establecer los montos que deben
abonar los contribuyentes por el derecho de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
del Impuesto Predial y de Arbitrios de Limpieza Pública,
Parques y Jardines Públicos y Serenazgo correspon-
dientes al ejercicio 2005;
Estando a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Muni-
cipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal en pleno, por
unanimidad, ha dado la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Fíjese en S/. 12.00 (Doce y 00/100 Nue-
vos Soles) el monto que deberán abonar los contri-
buyentes por concepto de derecho de emisión mecani-
zada de actualización de valores, determinación del
impuesto, incluyendo la distribución de la declaración
jurada y determinación del Impuesto Predial del ejercicio
2005.
Por cada predio adicional se abonará S/. 6.00 (Seis y
00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado.
Dichos montos se cancelarán conjuntamente con la
primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2005;
Artículo 2º.- Fíjese en S/. 6.00 (Seis y 00/100 Nue-
vos Soles) el monto que deberán abonar los contribu-
yentes por concepto de derecho de emisión mecaniza-
da de actualización de valores, determinación del tribu-
to, incluyendo la distribución de la determinación de los
Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públi-
cos y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2005, por
cada predio.
Dicho monto se cancelará conjuntamente con la pri-
mera cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2005.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ROSA PATRICIA LI SOTELO
Alcaldesa
22497
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº
172-MSS referida a la determinación
de los arbitrios municipales
ORDENANZA Nº 210-MSS
Santiago de Surco, 10 de diciembre de 2004
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se-
sión Ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza Nº 171-MSS, ratificada
mediante Acuerdo de Concejo Nº 241 de la Municipali-
dad Metropolitana de Lima, se aprobó la Ordenanza que
establece el Marco Legal del Régimen Tributario de los
Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públi-
cos y Serenazgo para la jurisdicción de Santiago de
Surco, con la finalidad de facilitar su administración y
garantizar su equitativa distribución entre los contribu-
yentes;
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