ORDENANZA N° 422-MSS - Aprueban Reglamento para la preparación, convocatoria y ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados del distrito de Santiago de Surco, para el año fiscal 2013

Fecha de disposición22 Abril 2012
Fecha de publicación22 Abril 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 22 de abril de 2012
464776
Transparencia de la Municipalidad del Rímac, y una copia
debe ser colocada en un lugar visible de la Comuna.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
779251-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban Reglamento para la
preparación, convocatoria y ejecución
del Proceso de Presupuesto Participativo
basado en Resultados del distrito de
Santiago de Surco, para el año fiscal
2013
ORDENANZA Nº 422-MSS
Santiago de Surco, 20 de abril de 2012
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO
DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Santiago de Surco,
en Sesión Extraordinaria de la fecha; y
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco,
es un órgano de Gobierno Local, tiene autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos que le conf‌i ere
en su Artículo 53º establece que las Municipalidades se
rigen por sus Presupuestos Participativos anuales, los
cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia
con los planes de desarrollo concertados de su
jurisdicción;
Que, la Décimo Sexta disposición complementaria
dispone que las Municipalidades regularán mediante
Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus
presupuestos participativos;
Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto
Participativo, su modif‌i catoria Ley Nº 29298, el Decreto
Supremo Nº 097-2009-EF que precisa los criterios
para delimitar proyectos de impacto regional, provincial
y distrital, establecen disposiciones que aseguran la
efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso
de Programación Participativa del Presupuesto de los
Gobiernos Locales; constituyendo como un aspecto
fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo
Concertado;
aprobado el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco
del Presupuesto Participativo, en cuyo literal a) del Artículo
2° señala que el Presupuesto Participativo es un proceso
que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante
el cual se def‌i nen las prioridades sobre las acciones
o proyectos de inversión a implementar en el Nivel de
Gobierno Local;
Que, por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01,
se aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo
para el proceso de Presupuesto Basado por Resultados;
Que, siendo el Presupuesto Participativo un proceso
regulado por una norma general emitida por el Ministerio
de Economía y Finanzas, con la f‌i nalidad de permitir
la participación de la Sociedad Civil organizada en la
determinación de proyectos que permitan el desarrollo del
distrito, y que el presente documento es un complemento
cuyo objetivo es facilitar que el proceso se ejecute
ordenadamente; consecuentemente, la presente norma
recoge, en su mayoría aspectos regulados en los procesos
de Presupuesto Participativo desarrollados anteriormente
por lo que, al no haber cambios sustanciales, se encuentra
exceptuada su pre publicación;
Que, es necesario establecer las normas que
reglamentan el proceso dentro del cual los representantes
de la Sociedad Civil del distrito de Santiago de Surco, van a
participar en la elaboración y formulación del presupuesto
participativo de esta comuna de los diferentes años
f‌i scales;
Que, con Informe Nº 013-2012-GPP-MSS del
21.03.2012, de la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto, adjuntando el Informe N° 024-2012-OPI-
GPP-MSS del 16.03.2012, del responsable de la Of‌i cina
de Programación e Inversiones y el Informe N° 022-2012-
SGPRE-GPP-MSS del 08.03.2012 de la Subgerencia de
Presupuesto, solicitan se inicie el Proceso del Presupuesto
Participativo para el Año Fiscal 2013 de la Municipalidad
de Santiago de Surco;
Que, mediante Memorándum N° 144-2012-GAJ-MSS
del 27.03.2012 la Gerencia Municipal remitió el proyecto
de ordenanza a la Secretaria del Consejo de Coordinación
Local Distrital de la Municipalidad de Santiago de Surco,
para su aprobación por el citado Consejo;
Que, mediante Acuerdo N° 01-2012-CCLD-MSS del
13.12.2012, el Consejo de Coordinación Local Distrital
Acordó Proponer elevar al Concejo Municipal el Proyecto
de Ordenanza que aprueba el Reglamento para la
preparación, convocatoria y ejecución del Proceso de
Presupuesto Participativo basado por resultados del
distrito de Santiago de Surco – Año Fiscal 2013, para su
debida aprobación;
Estando al Informe Nº 221-2012-GAJ-MSS de la
Gerencia de Asesoría Jurídica y al Acuerdo Nº 13-2012-
CCLD-MSS del Consejo de Coordinación Local Distrital de
la Municipalidad de Santiago de Surco y de conformidad
a lo establecido en los Artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa
del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo
Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
PARA LA PREPARACIÓN, CONVOCATORIA Y
EJECUCIÓN DEL PROCESO DE PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO BASADO POR RESULTADOS DEL
DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO –
AÑO FISCAL 2013
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para
la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso de
Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el
Año Fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de Santiago
de Surco, que consta de once Títulos, cuarenta y tres
Artículos, dos Disposiciones Finales, Anexos 1 y 2.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Reglamento, así como velar por el cumplimiento
de los f‌i nes del mismo, a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de
Participación Vecinal.
Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde
para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las
medidas complementarias necesarias para el estricto
cumplimiento del Reglamento, que se efectuará previo
Informe del Equipo Técnico del proceso de formulación
del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.
Artículo Cuarto.- DEROGAR todas las normas que
se opongan a la presente Ordenanza, la misma que rige
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Tecnologías de la Información la publicación de la
presente Ordenanza y el Reglamento sus anexos, en el
Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de
Surco, el día de su publicación.
POR TANTO:
Mando que se registre, comunique, publique y
cumpla.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde

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