ORDENANZA Nº 352-MSS - Prorrogan fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales de 2010

Fecha de disposición26 Febrero 2010
Fecha de publicación26 Febrero 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 26 de febrero de 2010
414670
Vencimiento: ..............................................
De nuestra consideración:
Por la presente y a la solicitud de nuestros clientes,
señores ................... constituimos esta f‌i anza solidaria,
irrevocable, incondicional y de realización automática,
sin benef‌i cio de excusión, hasta por la suma de …......
................... Dólares de los Estados Unidos de América
(US$ ......) en favor de la Municipalidad de San Isidro,
para garantizar la seriedadde la Carta de Presentación de
Proyecto Alternativo de nuestros clientes y la suscripción
del contrato correspondiente por parte de éstos, en
caso que su iniciativa privada sea declarada preferente,
declarada de interés y no se presenten interesados para la
ejecución de la misma y ésta sea adjudicada directamente
a nuestro cliente.
Asimismo, dejamos constancia que la presente
garantía se hará efectiva en el caso que nuestro cliente no
cumpla con los requisitos establecidos por la Municipalidad
de San Isidro para la fecha de suscripción del contrato, así
como no suscribiese el respectivo contrato de promoción
de la inversión privada derivado del proceso de selección
correspondiente o no cumpla con presentar una oferta
económica válida en el referido proceso de selección
convocado, según sea el caso.
El pago se hará efectivo al solo requerimiento escrito
del Gerente Municipal de la Municipalidad de San Isidro,
o de quien haga sus veces, en nuestras of‌i cinas ubicadas
en ....…
Para honrar la presente Fianza a favor de ustedes
bastará requerimiento por conducto notarial del Gerente
Municipal de la Municipalidad de San Isidro, y toda
demora de nuestra parte para honrarla devengará un
interés equivalente a la tasa máxima LIBOR más un
margen (spread) de 3%.
La tasa LIBOR será la establecida por el Cable Reuter
diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m., debiendo
devengarse los intereses a partir de la fecha en que se
ha exigido su cumplimiento y hasta la fecha efectiva de
pago.
Nuestras obligaciones bajo la presente Fianza no se
verán afectadas por cualquier disputa entre ustedes y
nuestro cliente.
El plazo de vigencia de esta Fianza será de ........., y
se iniciará en la fecha …....... hasta el día ..... de ….... del
año ...…
Atentamente,
Firma ...................................
Nombre ................................
Entidad Bancaria ...................
Nota: La garantía podrá ser emitida en el modelo
del banco, siempre y cuando incluyan todas las
condiciones antes señaladas. La Municipalidad de San
Isidro proporcionará la lista de bancos autorizados a
emitir la garantía.
460804-3
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
Prorrogan fecha de vencimiento para el
pago de la primera cuota del Impuesto
Predial del Ejercicio 2010
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 000002 -2010/MDSJM
San Juan de Miraf‌l ores, 25 de febrero del 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES:
VISTO: El informe No. 301–2010-MDSJM-GR-SGAT
de fecha 24 de Febrero de 2010, de la Sub Gerencia de
Administración Tributaria perteneciente a la Gerencia de
Rentas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal No. 000139-
2010-MDSJM de fecha 9 de Febrero de 2010, se
aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial,
correspondiente al ejercicio 2010;
Que, de conformidad a lo dispuesto por la Unica Disposición
Final de la Ordenanza Municipal No. 000139-2010-MDSJM,
se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de
Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias
para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza
Municipal;
Que, con el objeto de lograr la reducción de la
morosidad, y a efectos de brindar mayor facilidades de
pago a la gran mayoría de los contribuyentes del Distrito,
para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias,
se ve por conveniente ampliar la fecha de vencimiento
de la primera cuota correspondiente al Impuesto Predial
del ejercicio 2010, cuya fecha fue f‌i jada para el día 26 de
Febrero de 2010, debiéndose ampliar ésta hasta el 31 de
Marzo de 2010;
Que, en uso de las facultades conferidas por la Unica
Disposición Final de la Ordenanza Municipal No. 000139-
2010-MDSJM de fecha 09 de Febrero de 2010, Artículo
20º, numeral 6 y el Artículo 39º de la Ley No. 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1º.- Prorrogar la fecha de vencimiento para
el pago de la primera cuota, correspondiente al Impuesto
Predial del Ejercicio 2010 hasta el 31 de Marzo de 2010.
Artículo 2º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando regístrese, comuníquese, publíquese y
cúmplase.
EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ
Alcalde
462079-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Prorrogan fecha de vencimiento para
el pago del Impuesto Predial y los
Arbitrios Municipales de 2010
ORDENANZA Nº 352-MSS
Santiago de Surco, 17 de febrero de 2010
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Ordinaria de la fecha;
VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 006-2010-CGM-CAJ-
MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos
Jurídicos, la Carta Nº 401-2010-SG-MSS de la Secretaría
General, el Memorándum Nº 166-2010-GM-MSS de
la Gerencia Municipal, el Memorándum Nº 192-2010-
GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria,
el Informe Nº 129-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de
Asesoría Jurídica, sobre proyecto de Ordenanza que
amplía el plazo para el pago del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2010;
y,

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