ORDENANZA Nº 412-MSS - Amplían alcances de la Ordenanza N° 406-MSS a conjuntos urbanos ubicados en el Sector 2

Fecha de disposición23 Diciembre 2011
Fecha de publicación23 Diciembre 2011
MateriaDerecho del Medio Ambiente
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 23 de diciembre de 2011
455394
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
Establecen disposiciones para la
presentación de la Solicitud de
Autorización de Espectáculos públicos
no deportivos
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 0015-2011-MDSJM
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
San Juan de Miraf‌l ores, 8 de noviembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 187-
MDSJM de fecha 16 de febrero de 2011, modif‌i cada a
través de la Ordenanza Municipal Nº 192-2011-MDSJM
de fecha 08 de abril de 2011, se estableció Suspender
temporalmente el otorgamiento de autorizaciones para
la celebración de espectáculos públicos no deportivos,
cualquiera sea su denominación en la vía pública, hasta
que las personas naturales o jurídicas organizadoras
de estas celebraciones que adecuen sus locales, los
cuales deberán ser lugares cerrados que garanticen
la seguridad de los asistentes y que no perturben la
tranquilidad pública.
Que, en este sentido es necesario que las personas
naturales o personas jurídicas que deseen realizar
Espectáculos públicos no deportivos dentro de nuestra
jurisdicción soliciten la autorización a la Municipalidad a
efectos de la verif‌i cación y constatación por parte de las
instancias correspondientes, en un plazo no menor a 8
días hábiles, caso contrario; deberá denegarse de pleno
la autorización correspondiente.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 42º
SE DECRETA:
Artículo Primero.- ESTABLECER que la presentación
de la Solicitud de Autorización de Espectáculos públicos
no deportivos dentro del distrito de San Juan de
Miraf‌l ores, deberá realizarse con una anticipación mínima
de ocho (08) días hábiles, a efectos de la verif‌i cación y
constatación por parte de las instancias correspondientes,
caso contrario se denegará de pleno la autorización
correspondiente.
Artículo Segundo.- Encargar el cumplimento del
presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo Económico
Local, Gerencia Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de
Comercialización, Sub Gerencia de Control y Fiscalización
y Sub Gerencia de Obras Privadas, Defensa Civil y
Catastro.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ADOLFO OCAMPO VARGAS
Alcalde
731827-1
Conforman la Mesa de Trabajo y
Concertación del AA.HH. La Nueva
Rinconada
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 0016-2011-MDSJM
San Juan de Miraf‌l ores, 5 de diciembre de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad distrital de San Juan de
Miraf‌l ores, viene desarrollando una permanente labor
por dotar de una mejor calidad de vida a los vecinos de
cada uno de los sectores de nuestro distrito y estando
a las conclusiones de la Asamblea Vecinal llevada a
cabo el día 18 de noviembre del 2011, en el auditorio
del Mercado José María Arguedas de Pamplona Alta,
con la asistencia de la señora Directora del Programa
de Educación Básica Laboral (PEBAL), Institución
convocante, los Representantes de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, del Jefe de la Of‌i cina Zonal de
Lima y Callao de COFOPRI, del Administrador Judicial
de la Nueva Rinconada y de más de 900 posesionarios,
quienes considerando que la situación actual de vida
infrahumana, afecta a más de 30, 000 familias, entre las
cuales se encuentran niños y ancianos, por lo que resulta
de impostergable necesidad, conformar una mesa de
trabajo y concertación que permita encontrar una solución,
seria y sostenible respecto al saneamiento físico legal de
este importante sector de alta vulnerabilidad de nuestra
localidad.
Perú establece que “La defensa de la persona humana
y el respeto de su dignidad son el f‌i n supremo de la
sociedad y del Estado”, concordante con el Artículo 88º
que imperativamente señala que: “Corresponde a las
Municipalidades Provinciales y Distritales dentro del
territorio de su jurisdicción, velar por el uso de la propiedad
inmueble en armonía con el bien común”; por lo que, de
conformidad con lo establecido en el Artículo 42º del
mismo cuerpo legal;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- CONFORMAR la Mesa de Trabajo
y Concertación del AA.HH. La Nueva Rinconada la misma
que estará presidida por el Dr. Adolfo Ocampo Vargas,
Alcalde del Distrito de San Juan de Miraf‌l ores, la misma
que estará conformada de la siguiente manera:
1. Un representante de la Municipalidad de San Juan
de Miraf‌l ores.
2. Un representante de la Municipalidad Metropolitana
de Lima.
3. Un representante del Ministerio de Justicia
4. Un representante del Organismo de Formalización
de la Propiedad Informal COFOPRI.
5. Un representante de la Superintendencia Nacional
de Registros Públicos SUNARP.
6. Un representante del Programa de Educación
Básica Laboral (PEBAL)
Artículo Segundo.- El Alcalde Distrital de San Juan
de Miraf‌l ores tendrá la facultad de designar a través
de Resolución de Alcaldía a quien lo represente y al
representante de la Municipalidad Distrital de San Juan
de Miraf‌l ores.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ADOLFO OCAMPO VARGAS
Alcalde
731827-2
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Amplían alcances de la Ordenanza
Nº 406-MSS a conjuntos urbanos
ubicados en el Sector 2
ORDENANZA Nº 412-MSS
Santiago de Surco, 22 de diciembre de 2011

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