ORDENANZA Nº 157-2011-MSMM - Regulan actividades económicas y expendio de productos en las zonas de playa del balneario durante la temporada de verano

EmisorMunicipalidad de Santa María del Mar
Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 7 de setiembre de 2011
449578
Artículo 21°.- USOS ESPECIALES (OU)
Los aportes establecidos por la Ordenanza N° 836-
MML para Usos Especiales (OU), deben ser otorgados en
terrenos adecuados tanto en sus dimensiones como en
su relieve.
En los proyectos de habilitación urbana, no se
permitirá el aporte en terrenos que no tengan el frente
normativo mínimo establecido para los predios con
zonif‌i cación Residencial de Densidad Media (RDM) de
uso multifamiliar, así como en terrenos con pendiente
uniforme superior al 24%.
La altura de edif‌i cación será evaluada en el proceso
de licencia de edif‌i cación con base en el uso propuesto,
el planteamiento general y el estudio volumétrico
presentado por el administrado, en relación al contexto
urbano colindante.
El requerimiento de plazas de estacionamiento, será
determinado por el Área de Desarrollo Urbano de la
Municipalidad, en función a los Índices de Estacionamiento
del uso propuesto o similar.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS
Alcaldesa
685884-1
Norman el Régimen de tenencia y
registro de canes en el distrito
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SANTA MARIA DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Santa Maria del Mar, en Sesión
Ordinaria de Concejo del día 25 de agosto del 2011; ha
dado la siguiente; y,
VISTO: En sesión de concejo la propuesta
presentada por la Comisión de Infraestructura y Medio
Ambiente; y,
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cado por el artículo Único de la Ley 28607
– Ley de reforma Constitucional, artículo 40º de la Ley
27783 –Ley de bases de la Descentralización y el artículo
establecen que las Municipalidades son órganos de
Gobierno Local que tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración con sujeción
al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 4.2 del artículo 80 de la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades, prescribe que es
competencia municipal controlar la sanidad animal, en
sus respectivas jurisdicciones;
Que, el artículo 10 de la Ley Nº 27596 que regula el
Régimen Jurídico de Canes y su Reglamento aprobado
mediante Decreto Supremo N° 006-2002-SA, modif‌i cado
con Resolución Ministerial N° 841-2003-SA/DM establece
la competencia de las Municipalidades en lo que respecta
al régimen administrativo de la tenencia de canes;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Tercera
Disposición Transitoria y Final de la acotada Ley, las
Municipalidades Distritales y Provinciales, respecto del
Cercado, dictarán las normas reglamentarias necesarias
para su aplicación;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 124
de la Ley General de Salud, Nº 26842 los órganos
desconcentrados o descentralizados quedan facultados
para disponer, dentro de su ámbito, medidas de prevención
y control de carácter general o particular en las materias
de su competencia;
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo del día 25
de agosto del 2011 del año en curso, la señora María
del Carmen Alva Prieto, Teniente Alcaldesa de esta
Municipalidad expuso la importancia de esta nueva
propuesta trabajada conjuntamente con los miembros
integrantes de la Comisión de Infraestructura y Medio
Ambiente;
Que, estando a las facultades conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que
norma el Régimen de tenencia y Registro de Canes en el
Distrito de Santa María del Mar, que consta de ocho títulos,
veinticinco artículos, dos Disposiciones Transitorias y seis
Disposiciones Complementarias.
Artículo Segundo.- DERÓGUESE todas las
Ordenanzas y normas que se opongan a la presente
Ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente Municipal
el seguimiento y cumplimiento de la presente Ordenanza
y a través de la Unidad de Informatica la publicación del
íntegro de la presente Ordenanza en el portal Institucional:
www.stamariadelmar.gob.pe
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS
Alcaldesa
685884-2
Regulan actividades económicas y
expendio de productos en las zonas
de playa del balneario durante la
temporada de verano
ORDENANZA Nº 157-2011-MSMM
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SANTA MARIA DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Santa Maria del Mar, en Sesión
Ordinaria de Concejo del día 25 de agosto del 2011; ha
dado la siguiente; y,
VISTO: En sesión de concejo la propuesta presentada
por la Comisión de Desarrollo Social y Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cado por el artículo Único de la Ley 28607
– Ley de reforma Constitucional, artículo 40º de la Ley
27783 –Ley de bases de la Descentralización y el artículo
establecen que las Municipalidades son órganos de
Gobierno Local que tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración con sujeción
al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con los artículos VI y X del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los
Gobiernos Locales promueven el desarrollo económico
local con incidencia en la micro y pequeña empresa;
asimismo, el desarrollo integral para viabilizar el
crecimiento económico , la justicia social y la sostenibilidad
ambiental;
Que, de el artículo 79º numeral 03, apartado 3.6
una de las funciones específ‌i cas exclusivas de las
Municipalidades Distritales es normar, regular y otorgar
licencias de funcionamiento; asimismo el artículo 83º de
la acotada ley prescribe como una función específ‌i ca
de la Municipalidad Distrital, el regular las normas sobre
distribución y comercialización de bebidas, alimentos, así
como del comercio ambulatorio;
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo del día 25
de agosto del 2011 del año en curso, la Comisión de
Desarrollo Social y Servicios expuso la importancia de
esta nueva propuesta trabajada conjuntamente con los
miembros que integran dicha Comisión;

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