91 108-MSI - Modifican la Ordenanza N° 077-MSI en el sentido que aprueban los procedimientos y derechos contenidos en el nuevo TUPA de la Municipalidad
Emisor | MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO |
Fecha de la disposición | 9 de Mayo de 2005 |
Pág. 292290
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 9 de mayo de 2005
Artículo 24º.- En las áreas verdes de uso público,
no se permitirán actividades, obras o instalaciones que
emanen o generen productos tóxicos o nocivos para el
medio ambiente la vegetación, o que impliquen riesgos
para su conservación o que puedan inutilizar partes de
un árbol o afectar su desarrollo natural.
Artículo 25º.- Queda prohibida en los parques, par-
ques temáticos y bermas del distrito:
a) La tala de árboles y poda severa, sin la autoriza-
ción expresa de la autoridad municipal. La solicitud de
autorización de tala y/o poda de árboles, deberá estar
acompañada del informe técnico de la autoridad compe-
tente, que acredite la necesidad de realizarlo.
b) El desarrollo de eventos, salvo actividades organi-
zadas por las organizaciones de vecinos o la Municipa-
lidad.
c) Adherir elementos extraños a los árboles o plan-
tas ubicados en las áreas verdes de uso público, como
carteles o avisos publicitarios comerciales.
d) Arrojar en las áreas verdes de uso público,
desechos orgánicos, desmonte, escombros y en ge-
neral cualquier clase de residuos, salvo el acopio de
maleza en zonas preestablecidas por la autoridad
municipal.
e) Dejar desechos orgánicos de canes, en adecua-
ción a la Ordenanza 272 -MSB.
f) La competencia deportiva - salvo los autorizados
ocasionalmente- sobre áreas de césped y macizos de
flores.
Artículo 26º.- El carácter de intangible determina la
imposibilidad de celebrar cualquier acto de disposición
(venta y/o alquiler) de terrenos destinados a áreas ver-
des de uso público y de reserva ambiental y ecológica
en el distrito.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- La Municipalidad de San Borja prepa-
rará y remitirá a la Municipalidad Metropolitana de
Lima anualmente el inventario de áreas verdes de la
Jurisdicción.
Segunda.- A partir de la publicación de la presente
ordenanza, quedan suspendidos todos los proyectos u
obras que se pretendan desarrollar en el suelo y el sub-
suelo de un área verde de uso público que implique
modificar su naturaleza recreacional o ambiental en tan-
to no cuente con opinión favorable de la Municipalidad de
San Borja.
Tercera.- Las construcciones que se encuentren ubi-
cadas dentro de un área verde definida como de Reser-
va Ambiental y Ecológica que no sean compatibles con
ella, deberán ser adecuadas al fin establecido, el mismo
que será aprobado mediante Decreto de Alcaldía y en
concordancia con lo establecido en el artículo 20º de la
presente Ordenanza.
Cuarta.- Autorícese a la Administración a reglamen-
tar el proceso de autorización de obras públicas o priva-
das de acuerdo a lo indicado en el artículo 19º.
Quinta.- Incorporar en el Cuadro de Infracciones y
Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenan-
za 317-MSB, que aprueba el Reglamento de Aplicación
de Sanciones Administrativas, las infracciones y san-
ciones establecidas en Anexo I de la presente Ordenan-
za.Sexta.- La presente ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
POR TANTO
Mando se Registre, Comunique, Publique y cumpla
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA
Alcalde
ANEXO I
ORDENANZA MARCO QUE REGULA EL RÉGIMEN DE
PROTECCCIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE
LAS ÁREAS VERDES DE USO PÚBLICO EN EL DISTRITO
DE SAN BORJA
SANCION
CÓDIGO INFRACCIÓN % UIT u OTRO
PARÁMETRO
F.042 Por daños en el mobiliario interno: 20% UIT M
piletas, cascadas, grutas, bancas
F.043 Por daños en grifos de riego 20% UIT M
08638
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Modifican la Ordenanza Nº 077-MSI en
el sentido que aprueban los procedi-
mientos y derechos contenidos en el
nuevo TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 108-MSI
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO
VISTOS, en Sesión Ordinaria de fecha 3 de mayo de
2005, el Oficio Nº 004-090-00000773 de la Gerencia de
Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributa-
ria - SAT y el Informe Nº 370-2005-15-OAJ/MSI de la
Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza Nº 077-MSI se actualizó el
Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA
de la Municipalidad de San Isidro, derogando la Orde-
nanza Nº 042-MSI;
Que, la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de
Administración Tributaria - SAT, solicita se modifique la
Ordenanza Nº 077-MSI en el extremo de señalar que
ésta no sólo aprueba los procedimientos contenidos en
el TUPA, sino también los derechos contenidos en éste;
En uso de las facultades conferidas por los artículo
9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
Nº 27972, por Unanimidad y con dispensa del trámite de
aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL ARTÍCULO PRIMERO
DE LA ORDENANZA Nº 077-MSI
Artículo Único.- Modificar la redacción del artículo
primero de la Ordenanza Nº 077-MSI, quedando redacta-
do de la siguiente manera:
“ Artículo Primero.- Aprobar los procedimientos y dere-
chos contenidos en el nuevo Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San
Isidro, que consta de ciento sesenta (160) procedimientos
administrativos y ochenta y tres (83) servicios, el que for-
ma parte integrante de la presente Ordenanza.”
POR TANTO:
Mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dado en San Isidro a los cinco días del mes de mayo
de 2005.
JORGE SALMON JORDAN
Alcalde
08712
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba