ORDENANZA Nº 330-MSI - Aprueban Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local del Distrito de San Isidro
Fecha de disposición | 28 Mayo 2011 |
Fecha de publicación | 28 Mayo 2011 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 28 de mayo de 2011 443441
veces mencionada Real Cédula Española; sin embargo
las autoridades del Distrito de Lurín, han optado por la vía
de los hechos, de ocupar físicamente zonas del Distrito de
Pachacamac, creando agencias municipales, sorprendiendo
al vecino con promesas de obras y exoneraciones del pago
de los tributos municipales.
Que, conforme lo sostiene de manera uniforme el
Tribunal Constitucional, “la demarcación territorial es la
división política del territorio en regiones, departamentos,
provincias y distritos, y tiene consecuencias en la vida
social y política del país; por ello, tanto la Constitución
Política de 1979 como la de 1993 han establecido que
sean normas con rango de ley aprobadas por el Congreso
las que establezcan tal confi guración del territorio
nacional”. Por tanto, es éste el órgano que conforme a sus
respectivas competencias debe establecer la respectiva
demarcación territorial, conforme lo señala el artículo 102º
numeral 7) de la Constitución Política del Estado.
Que, es necesario que los dos actuales candidatos que
asumirán necesariamente uno de ellos la Presidencia de la
República, se pronuncien respecto a esta problemática que
afecta al 90% de los Distritos, Provincias y Departamentos
del Perú.
En uso de las facultades conferidas en el Artículo 41°
de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”,
con el voto UNÁNIME de los Señores Regidores y con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta se
adoptó el siguiente,
ACUERDO:
Artículo Primero.- Poner en CONOCIMIENTO de los
candidatos a la Presidencia de la República, Sr. Ollanta
Humala Tasso y Sra. Keiko Fujimori Higuchi el presente
Acuerdo de Concejo con la fi nalidad que dentro de los seis
(06) primeros meses de su Gestión que se sirvan tomar acción
frente al estado situacional de los límites distritales que existe
a nivel nacional y de manera especial al problema limítrofe del
Distrito de Pachacámac en relación con el Distrito de Lurín.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Sr. Alcalde a
realizar todas las acciones necesarias ante la Dirección
Nacional de la Presidencia del Consejo de Ministros y ante
el Congreso de la República, en procura de solucionar el
problema limítrofe mencionado en el Artículo Primero del
presente Acuerdo.
Artículo Tercero.- DISPONER a la Ofi cina de
Relaciones Públicas la difusión del Acuerdo de Concejo
en los diversos medios de comunicación.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de
un extracto del presente Acuerdo de Concejo en el
Diario de mayor circulación y en el Portal Institucional
respectivamente.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del
presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y el
Portal Institucional respectivamente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
HUGO L. RAMOS LESCANO
Alcalde
645386-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Aprueban Reglamento de Conformación
del Consejo de Coordinación Local del
distrito de San Isidro
ORDENANZA Nº 330-MSI
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO
Vistos, en Sesión Ordinaria de la fecha, los Dictámenes
Nº 027-2011-CAJ-LS/MSI de la Comisión de Asuntos
Jurídicos, Laborales y Sociales, Nº 024-2011-ADM-FIN-
SIS-FIS/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas,
Sistemas y Fiscalización y Nº 004-2011-CIPVCD/MSI de
la Comisión de Comunicaciones, Imagen, Participación
Vecinal, Cultura y Deporte; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el Artículo 197º de la
Constitución Política, modifi cada por Ley de Reforma
Constitucional, Ley Nº 27680, las municipalidades
promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal
en el desarrollo local;
Que, el Consejo de Coordinación Local Distrital es un
órgano de coordinación de los Gobiernos Locales, según
el Artículo 7º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
Nº 27972;
Que, los Artículos 102º al 104º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, establecen la defi nición, composición,
instalación y funciones del Consejo de Coordinación Local
Distrital;
Que, con la Ordenanza Nº 160-MSI y modifi catorias se
Reglamentó la Conformación del Consejo de Coordinación
Local del distrito de San Isidro, evidenciándose que
existían algunos aspectos formales que requerían ser
implementados a cuyo efecto, resulta necesario expedir
una nueva Ordenanza que refl eje la adecuación normativa
del caso;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades
el Concejo por unanimidad y con dispensa de trámite de
aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE
CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DE
COORDINACIÓN LOCAL DEL DISTRITO
DE SAN ISIDRO
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de
Conformación del Consejo de Coordinación Local del
Distrito de San Isidro, el mismo que consta de Cinco
(5) Títulos, Cuarenta y Seis (46) Artículos y Cuatro (4)
Disposiciones Transitorias y Finales y que adjunto forma
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor Alcalde
para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas
complementarias y de aplicación del Reglamento aprobado.
POR TANTO:
Mando, se registre, comunique, publique y cumpla.
Dado en San Isidro a los veinticinco días del mes de
mayo del año dos mil once.
RAÚL CANTELLA SALAVERRY
Alcalde
REGLAMENTO DE CONFORMACIÓN DEL
CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DEL
DISTRITO DE SAN ISIDRO
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º: Defi nición.-
El Consejo de Coordinación Local del distrito de San
Isidro es un órgano de coordinación y concertación de la
Municipalidad Distrital de San Isidro.
Artículo 2º: Funciones.-
Son competencias y funciones del Consejo de
Coordinación Local del distrito de San Isidro:
1. Coordinar, concertar y adecuar el Plan de
Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto
Participativo Distrital.
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