ACUERDO Nº 070-2010-MPT-SG - Autorizan viaje de funcionario a México para asistir al Congreso Universal de Poesía Hispano Americana

Fecha de disposición12 Agosto 2010
Fecha de publicación12 Agosto 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 12 de agosto de 2010
423662
- En materia de Benef‌i cencia Pública: promover
la construcción de cementerios municipales y
administrarlos,
Artículo Quinto.- RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN
INTERNA
La organización interior de la Municipalidad del
Centro Poblado de Pampamarca, estará conformada por
un Concejo Municipal, integrado por el Alcalde y cinco
Regidores, como órgano de deliberación y decisión, una
Alcaldía como órgano ejecutivo de administración; y, una
unidad de Registro Civil.
Artículo Sexto.- DE LOS RECURSOS QUE SE
ASIGNA
Mensualmente, el Alcalde deberá rendir cuentas a sus
Regidores y con sus conocimiento y aprobación previa,
elevará una rendición de cuentas de la ejecución del
presupuesto transferido, así como de los recursos captados
directamente, a la Administración de la Municipalidad
Distrital de Cotarusi y la Municipalidad Provincial de
Aymaraes. Si no se cumpliera con esta rendición mensual,
podrán disponerse las acciones legales correspondientes,
siendo responsables solidarios el Alcalde y los Regidores
de la Municipalidad del Centro Poblado de Pampamarca.
Artículo Sétimo.- En concordancia con lo dispuesto
por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el
Concejo Distrital de Cotarusi y la Municipalidad Provincial
de Aymaraes, podrán aprobar una mayor transferencia
de presupuestos, a propuesta de sus Alcaldes, para
la ejecución de obras menores o de acciones que se
considere pertinentes.
Artículo Octavo.- Los recursos que no hayan sido
utilizados durante el año, será devueltos a la Municipalidad
Distrital de Cotarusi y/o a la Municipalidad Provincial de
Aymaraes, en caso de haberse transferido presupuesto,
en un plazo no mayor a los quince días del primer mes
del año siguiente.
Artículo Noveno.- Queda terminantemente prohibido
utilizar los recursos transferidos a la Municipalidad de
Centro Poblado de Pampamarca, para la asignación y
pago de sueldos y dietas del Alcalde y los Regidores.
Artículo Décimo.- DE LAS ATRIBUCIONES
ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICO - TRIBUTARIAS
Las atribuciones administrativas y económicas -
tributarias, son las que se ref‌i eren a la competencia
delegada para cobrar por la prestación de algunos
servicios, las que podrán ser las siguientes, según
corresponda a la delegación de funciones:
- Recaudar pagos por derechos de inscripción y
expedición de partidas de nacimiento y defunciones en
el Regisfro Civil.
- Recaudar pagos por derechos dé matrimonio y
expedición de partidas.
- Recaudar arbitrios municipales por limpieza pública.
- Recaudar pagos por derechos de entierro en
cementerios y servicios funerarios de propiedad de la
municipalidad.
- Recaudar pagos por el servicio de agua potable y
alcantarillado.
- Recaudar pagos por derechos de otorgamiento de
licencias de construcción y af‌i nes.
Artículo Décimo Primero.- El establecimiento de
tasas o arbitrios y contribuciones, deberá regirse a lo
establecido en el D.L 776 - Ley de Tributación Municipal,
cuidando que exista plena equivalencia entre el costo por
los servicios delegados y el monto de las tasas, las que
serán aprobadas por la Municipalidad Distrital de Cotarusi
y ratif‌i cado por la Municipalidad Provincial de Aymaraes,
a propuesta de la Municipalidad del Centro Poblado de
Pamparmarca.
Artículo Décimo Segundo.- DE LAS ELECCIONES
DE AUTORIDADES
El Alcalde y los Regidores representantes de la
Municipalidad de Centro Poblado de Pampamarca
serán elegidos de conformidad a lo dispuesto por la Ley
Nº 28440, para cuyo efecto, el sistema de elección se
regulará por Ordenanza respectiva.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- En relación a la vigencia del mandato de
las autoridades municipales de centros poblados, éstas
se adecuarán a lo establecido por la Ley Nº 27972 y
Ley de la materia, así como demás normas pertinentes
vigentes. En caso de situaciones de conf‌l icto social, el
Concejo Municipal Provincial intervendrá en el marco
de la Constitución, normas pertinentes y conforme a sus
competencias.
Segunda.- Los límites territoriales de la Municipalidad
de Centro Poblado de Pampamarca, comprende los
mismos de la Comunidad Campesina del mismo nombre,
Se hace hincapié que no se precisa delimitación def‌i nitiva
por no ser ésta, competencia de la Municipalidad Provincial
de Aymaraes.
Tercera.- La presente Ordenanza Municipal
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación.
Cuarta.- Derógese y déjese sin efecto las disposiciones
en lo que se oponga a lo establecido en la presente
Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
S. GONZALO CARBAJAL ZEGARRA
Alcalde
528592-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE TUMBES
Autorizan viaje de funcionario a México
para asistir al Congreso Universal de
Poesía Hispano Americana
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 070-2010-MPT-SG
Tumbes, 21 de julio del 2010
VISTOS, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de julio del
año dos mil diez, la Carta de Invitación de la Institución
Manuel Layva A.C. IMAL, que a través de su presidente
del CUPHI Dr. Litt. Manuel S. Leyva Marftinez, invita
al funcionario Dr. Carlos Garrido Chalen para recibir el
justo reconocimiento mundial a su valioso trabajo literario
desarrollado durante más de cuarenta años como Poeta
y escritor en el marco del CONGRESO UNIVERSAL
DE POESÍA HISPANO AMERICANA a desarrollarse del
8 al 14 de agosto del 2010, en Tijuana, Baja California,
México.
Estando lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas en el artículo 9° inciso 35 de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley N° 27972; el concejo municipal por
UNANIMIDAD y con dispensa de trámite de aprobación
de acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del funcionario
Dr. Carlos Garrido Chalen, Sub Gerente de Educación,
Cultura y Deporte, del 8 al 14 de agosto del año 2010,
para que en representación de la Municipalidad Provincial
de Tumbes, asista y reciba el reconocimiento mundial
en el marco del CONGRESO UNIVERSAL DE POESÍA
HISPANO AMERICANA, en virtud a su valioso trabajo
como Poeta y escritor y a sus cuarenta años como Poeta
y escritor, a desarrollarse en Tijuana, Baja California,
México.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PIO CESAR CUENCA SULCA
Alcalde
529184-1

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