ORDENANZA N° 404-MPL - Aprueban la realización de Matrimonio Civil Comunitario 2013 en el Distrito de Pueblo Libre y exoneran de derechos administrativos

EmisorMUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Fecha de la disposición 5 de Julio de 2013
El Peruano
Viernes 5 de julio de 2013
498724
cargos clasi cados de la entidad y se formula en base a la
estructura orgánica vigente prevista, en el presente caso,
en el Reglamento de Organización y Funciones, y tiene
como objetivos asegurar la adecuada asignación de cargos
y su ordenamiento racional, a n establecer un equilibrio
organizacional, así como contribuir a la optimización de
la gestión educativa mediante la previsión racional de
cargos e impulsar el proceso de modernización de la
gestión, orientado al mejoramiento del servicio educativo
y el uso adecuado de los recursos públicos.
Que, la Dirección Regional de Educación Cusco, ha
elaborado el Cuadro para la Asignación de Personal - CAP,
en observancia a lo establecido por el Decreto Supremo
Nº 043-2004-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la
Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de
Personal de las Entidades de la Administración Pública”,
y en base a la estructura orgánica contenido en el
Reglamento de Organización y Funciones aprobado por
Ordenanza Regional Nº 023-2007-CR/GRC-CUSCO.
Que, de conformidad a lo establecido por el Artículo
15º del decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba
los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del
Cuadro para Asignación de Personal de las Entidades de
la Administración Pública” su aprobación en los Gobiernos
Regionales se realiza mediante Ordenanza Regional;
Por lo que; el Consejo Regional de Cusco, en uso de
las atribuciones conferidas por la Constitución Política del
Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobierno Regionales
y Leyes Modi catorias; y el Reglamento Interno de
Organización y Funciones del Consejo Regional Cusco.
Ha dado la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro para
Asignación de Personal - CAP de la UNIDAD DE GESTIÓN
EDUCATIVA LOCAL DE PICHARI – QUIMBIRI – VILLA
VIRGEN LA CONVENCIÓN, que en Anexo forma parte de
la presente Ordenanza Regional.
Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional
entra en Vigencia a partir del día siguiente de su publicación
conforme a Ley.
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno
Regional de Cusco para su promulgación.
Dado a los 19 días del mes de febrero del año dos
mil trece.
VALERIO PACUALA HUILLCA
Consejero Delegado del Consejo Regional de Cusco
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la sede central del Gobierno Regional de
Cusco, a los 25 días del mes de febrero del año dos mil
trece.
JORGE ISAACS ACURIO TITO
Presidente Regional del Gobierno Regional de Cusco
957853-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen el embanderamiento General
de todos los inmuebles del Distrito de
Barranco
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003-2013-MDB
Barranco, 1 de julio del 2013
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BARRANCO
CONSIDERANDO:
Que, el 28 de julio del presente año, se celebra
el centésimo nonagésimo segundo aniversario de la
Proclamación de la Independencia Nacional del Perú;
Que, siendo esta fecha de trascendencia nacional,
constituye una oportunidad para fomentar entre los
vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional
y revaloración de principios como el civismo y amor a
los emblemas patrios expresados en nuestra Bandera
Nacional;
Que, es política de la actual gestión municipal
promover el respeto hacia nuestros símbolos patrios, y
para ello se han programado actividades o ciales cuyo
objetivo principal es destacar tan importante hecho de la
historia nacional e incentivar el espíritu patriótico en la
población;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, y con la visación de la
o cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el
EMBANDERAMIENTO GENERAL de todos los inmuebles
del distrito de Barranco, desde el 08 al 31 de julio del 2013,
con ocasión de conmemorarse el centésimo nonagésimo
segundo aniversario de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- Disponer la obligatoriedad
del pintado y/o limpieza de fachadas de los inmuebles
públicos y privados.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de
Comunicaciones e Imagen Institucional, Sub Gerencia
de Participación Vecinal y Social, y Sub Gerencia de
Fiscalización, el cumplimiento de lo dispuesto en el
presente Decreto
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JESSICA A. VARGAS GÓMEZ
Alcaldesa
957453-1
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Aprueban la realización de Matrimonio
Civil Comunitario 2013 en el Distrito
de Pueblo Libre y exoneran de derechos
administrativos
ORDENANZA Nº 404-MPL
Pueblo Libre, 25 de junio de 2013
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión
Ordinaria Nº 13 de la fecha, de conformidad con el
Dictamen Nº 030-2013-MPL/CPL-CPAFP;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme lo establece el artículo 194º de
la Constitución Política del Estado, modi cado por la Ley
de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia
con el artículo II del Título Prelimar de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;

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