ORDENANZA Nº 348-MPL - Ordenanza que establece Régimen de Descuentos Especiales por Obligaciones Tributarias

Fecha de publicación14 Octubre 2010
Fecha de disposición14 Octubre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 14 de octubre de 2010 427527
el Consejo Regional del Gobierno Regional del
departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR la Estrategia
Regional denominada “CONSOLIDACION DEL CLIMA
INSTITUCIONAL EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
PÚBLICAS DE LA JURISDICCION DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LAMBAYEQUE”, como política de Estado
a nivel regional, concordada con el Proyecto Educativo
Regional de Lambayeque, con la f‌i nalidad de brindar
un servicio educativo de calidad en las instituciones
educativas públicas de la Región Lambayeque.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional
de Lambayeque que, en coordinación con la Dirección
Regional de Educación, tome las previsiones
organizacionales necesarias que demande la
implementación de la estrategia regional, aprobada por el
Artículo Primero de la presente norma.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
NERY SALDARRIAGA DE KROLL
Presidenta Regional
554293-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
JESUS MARIA
Prorrogan plazo de beneficios
tributarios otorgados mediante la
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 015-2010-MDJM
Jesús María, 7 de octubre del 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE JESÚS MARÍA
CONSIDERANDO:
reconoce a los gobiernos locales la potestad de crear,
modif‌i car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar
de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que
señala la ley;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades, dispone que los gobiernos locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 345-MDJM, se aprobó
el otorgamiento de benef‌i cios que incentiven el pago del
Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y
Multas Administrativas, habiéndose prorrogado su vigencia
mediante los Decretos de Alcaldía Nº 009-2010, hasta el
17 de julio del año 2010, Nº 10-2010-MDJM, hasta el 30 de
julio del 2010, Nº 011-2010-MDJM, hasta el 31 de agosto de
2010, Nº 12-2010-MDJM, hasta el 30 de setiembre de 2010
y Nº 014-2010-MDJM hasta el 15 de octubre de 2010;
Que, el Artículo Noveno de la citada Ordenanza faculta
al Alcalde para dictar las medidas complementarias para
la aplicación adecuada de la norma, así como para la
prórroga del vencimiento de los benef‌i cios que la misma
prevé;
Que, habiéndose observado un considerable número
de contribuyentes que han cumplido con regularizar sus
obligaciones, resulta necesario prorrogar el plazo del
vencimiento de la Ordenanza Nº 345-MDJM; a f‌i n de
que los benef‌i cios tributarios puedan ser extensivos a la
totalidad de contribuyentes;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo
42º y el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORRÓGASE hasta el 30 de
octubre del 2010, la vigencia de la Ordenanza Nº 345-
MDJM.
Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Gerencia de
Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento
del presente Decreto en lo que fuere de su competencia y
a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional,
la difusión y publicación en el portal institucional, de la
misma.
Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en
vigencia a partir del 16 de octubre del 2010.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ENRIQUE OCROSPOMA PELLA
Alcalde
554513-1
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Ordenanza que establece Régimen de
Descuentos Especiales por Obligaciones
Tributarias
ORDENANZA Nº 348-MPL
Pueblo Libre, 12 de octubre de 2010
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión
Ordinaria Nº 23 de la fecha, de conformidad con el
Dictamen Nº 046-2010-MPL/CPL-CPAFP;
En uso de las facultades conferidas por los artículos
9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa
del trámite de lectura y aprobación de Acta, adoptó la
siguiente:
ORDENANZA
QUE ESTABLECE RÉGIMEN DE DESCUENTOS
ESPECIALES POR OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
TÍTULO I
DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Artículo 1º.- OBJETO.- ESTABLECER un régimen
de descuentos especiales por obligaciones tributarias
que se encuentren vencidas a la fecha de expedición
de la presente norma, de acuerdo a las condiciones que
establece la presente Ordenanza.
Para efectos de la presente Ordenanza se entenderá
por tributos municipales al Impuesto Predial, los Arbitrios
de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo y
las Multas Tributarias; así como las cuotas pendientes
de cancelación por concepto de Fraccionamientos de
Pago.
Artículo 2º.- BENEFICIOS Y ACOGIMIENTO.-
DISPONER que los contribuyentes que se acojan
a la presente Ordenanza tendrán derecho a los
benef‌i cios que se señalan más adelante, siempre que
se encuentren al día en el pago de sus obligaciones
tributarias del presente ejercicio, entendiéndose que se
cumple con este requisito con la cancelación de hasta
la Tercera Cuota del Impuesto Predial y la Novena
Cuota de los Arbitrios Municipales. Los benef‌i cios que
se otorgan son los siguientes:
a. Condonación del 100% de intereses moratorios y
reajustes correspondientes a la obligación respecto de la
cual se efectúe el pago.

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