ORDENANZA Nº 012-2009-MPH - Regulan el transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados en el distrito

Fecha de publicación13 Septiembre 2009
Fecha de disposición13 Septiembre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 13 de setiembre de 2009
402508
ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO
Artículo Primero.- Modif‌i car el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
de San Isidro aprobado por la Ordenanza Nº 273-MSI
correspondiente al Módulo “Obras Privadas” de la
Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, respecto
a los procedimientos administrativos que se detallan
a continuación y que forman parte del Anexo 01,
estableciendo como límite de derecho de trámite una
UIT:
Denominación del Procedimiento Derecho de
Trámite % UIT
2009
06.05 Licencia de edif‌i cación Modalidad C con
evaluación previa por Comisión Técnica
– desde 2501 – 4500 m2.
S/. 3,550.00 100% UIT
06.05 Licencia de edif‌i cación Modalidad C con
evaluación previa por Comisión Técnica
– desde 4501 – 8500 m2.
S/. 3,550.00 100% UIT
06.05 Licencia de edif‌i cación Modalidad C con
evaluación previa por Comisión Técnica
– más de 8500 m2.
S/. 3,550.00 100% UIT
06.07 Licencia de edif‌i cación - Modalidad D S/. 3,550.00 100% UIT
06.12 Modif‌i cación de licencia edif‌i cación -
Modalidad D S/. 3,550.00 100% UIT
Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo el
inicio de las acciones administrativas para la aprobación
de un Régimen de Excepción que autorice a la Corporación
el cobro por derechos de trámite mayores al valor de
una UIT para los procedimientos administrativos que se
detallan en el Artículo 1º de la presenta ordenanza.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de la publicación
del Acuerdo del Concejo Metropolitano que apruebe
su ratif‌i cación, de conformidad con lo dispuesto por
el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
Dado en San Isidro, a los diecinueve días del mes de
agosto del año dos mil nueve.
E. ANTONIO MEIER CRESCI
Alcalde
395606-2
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Regulan el transporte público especial
de pasajeros y carga en vehículos
menores motorizados y no motorizados
en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 012-2009-MPH
Huaral, 31 de agosto del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL EN SESIÓN
ORDINARIA DE LA FECHA;
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto
de Ordenanza que regula el transporte público especial
de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados
y no motorizados en el distrito de Huaral; y,
CONSIDERANDO;
Que, con la expedición de la presente norma se pretende
dotar a la Municipalidad Provincial de Huaral de un nuevo
marco normativo para regular el transporte público especial
de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados
y no motorizados en el distrito de Huaral que implica la
adopción e implementación de medidas que contribuyan a
la f‌l uidez del tránsito vehicular, el normal desplazamiento
de los peatones, brindar protección y seguridad de las
personas, los usuarios del transporte y del tránsito terrestre,
así como la protección del medio ambiente y el resguardo de
la infraestructura vial, disponiendo infracciones y sanciones
a quienes las infrinjan, de conformidad a lo establecido en
la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito
Terrestre y Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Público
Especial de Pasajeros en Vehículos Menores.
Que, mediante Memorándum Nº 177-2009-MPH/
GTTSV, la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad
Vial eleva el Proyecto de Ordenanza que regula el transporte
público especial de pasajeros y carga en vehículos
menores motorizados y no motorizados en el distrito de
Huaral; asimismo, con Informe Nº 237-2009-MPH-OAJ/
CECCH, la Of‌i cina de Asesoría Jurídica manif‌i esta que
según lo dispuesto por el Artículo 195º, Numeral 4, 5 y
8 de la Constitución Política del Perú, es atribución de
las Municipalidades regular el transporte colectivo, la
circulación y el tránsito dentro del ámbito jurisdiccional,
concordante con el Artículo 81º de la Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades para regular en materia de
tránsito, viabilidad y transporte público; concluyendo que es
procedente la aprobación del Proyecto de Ordenanza.
Que, a través del Informe Nº 152-2009-MPH-GM, la
Gerencia Municipal señala que de acuerdo al Artículo
40º de la Ley Nº 27972, y en estricta aplicación de la
atribución contemplada en el Numeral 8 del Artículo 9º del
mismo cuerpo legal, le corresponde aprobar Ordenanzas
al Concejo Municipal; recomendando elevar los actuados
al Pleno de Sesión de Concejo a f‌i n que se apruebe la
Ordenanza Municipal que regula el Transporte Público
Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores
Motorizados y no Motorizados.
Que, por medio del Dictamen en Mayoría Nº 003-2009-
COM-CDUTSV, presentado por los señores Regidores
Julián Molina Marín y Paulino Cama Ramírez, integrantes
de la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y
Seguridad Vial, sugieren al Pleno aprobar el Proyecto de
Ordenanza; asimismo, con Dictamen en Minoría Nº 003-
2009-MPH-CDUTSV, el señor Regidor Julio Sánchez Mena,
integrante de la Comisión precitada, formula observaciones
al Proyecto de Ordenanza propuesto y recomienda su
aprobación con la inclusión de dichas observaciones.
Que, sometido a debate, luego de las deliberaciones
correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en el Numeral
8) del Artículo 9º, Numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 40º
voto en mayoría del Concejo Municipal y con la dispensa del
trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE REGULA EL TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL
DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS
MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN
EL DISTRITO DE HUARAL
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
OBJETIVO, BASE LEGAL, ALCANCE Y
DEFINICIONES
Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene como
objetivo normar el Servicio de Transporte Público Especial

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