ORDENANZA N° 010-2012-MPH - Derogan Ordenanza que aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio de la Provincia de Huaral

Fecha de disposición10 Noviembre 2012
Fecha de publicación10 Noviembre 2012
MateriaDerecho Público y Administrativo
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 10 de noviembre de 2012
478408
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Rectifican la R.A. Nº 000040 mediante
la cual se declaró habilitado de oficio
terreno a nivel de recepción de obras
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 1020-2012-MPC-AL
Callao, 29 de octubre de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
Visto, el Expediente Nº 2012-11-A-59070, de fecha 15
de agosto del 2012, mediante el cual MULTIMERCADOS
ZONALES S.A., representada por Manuel Esteban Maeda
Takeuchi, solicita la Rectif‌i cación de la Resolución de
Alcaldía Nº 000040 de fecha 21 de enero del 2010, del Plano
Nº 002-2010 MPC-GGDU-GPUC y la Memoria Descriptiva,
por haber sido observados para su inscripción registral por
la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, por
contener errores materiales en la def‌i nición de linderos y
medidas perimétricas correspondientes al área total y área
afectada por vías; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el expediente de visto, la empresa
MULTIMERCADOS ZONALES S.A., representada por
Manuel Esteban Maeda Takeuchi, solicita la Rectif‌i cación
de: 1) Resolución de Alcaldía Nº 000040 de fecha 21 de
enero del 2010, 2) Plano Nº 002-2010 MPC-GGDU-GPUC
y 3) Memoria Descriptiva que aprobó la citada Resolución
de Alcaldía, por contener errores numéricos , variación en
el cuadro de datos técnicos tanto en el plano que aprueba la
lotización así como también en la memoria descriptiva, los
que fueron advertidos por la Superintendencia Nacional de
Registros Públicos, en el proceso de inscripción registral,
habiendo sido materia de observación;
Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 000040 de
fecha 21 de enero del 2010, se declaró Habilitado de Of‌i cio
a Nivel de Recepción de Obras, el terreno de 103,103.63
m2 denominado Sub Parcela 1 – Fundo La Chalaca,
ubicado en Av. Argentina, Calle El Sol, Av. Meiggs (línea
del ferrocarril) – Callao, inscrito en la Partida Electrónica Nº
70201140 de la Of‌i cina Nacional de Registros Públicos de
Lima y Callao, con zonif‌i cación Zona de Reglamentación
Especial (ZRE) – Uso Comercial; habiéndose además
en el artículo segundo aprobado un cuadro de áreas con
las siguientes especif‌i caciones: Area Bruta 103,103.63
m2; Area Util 95,559.16 m2 (área discrepante con lo
aprobado en el Plano Nº 002-2010 MPC-GGDU-GPUC
que determina un área de 97,559.16 m2 y que hoy es
materia de solicitud de rectif‌i cación) y Area Afectada por
vías 5,544.47 m2 y en el artículo tercero, debe precisarse
como solicitante a Multimercados Zonales S.A., y no a la
Empresa Multimercado Minka S.A., como se señala en la
citada resolución;
Que, mediante Informe Técnico Nº 074-2012-MPC-
GGDU-GPUC-MYV del 5 de septiembre del 2012, la
Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, precisa
que la recurrente ha presentado nuevos planos y memoria
descriptiva que rectif‌i can los errores materiales en que se
ha incurrido tanto en la Resolución de Alcaldía Nº 000040
de fecha 21 de enero del 2010, el Plano Nº 002-2010
MPC-GGDU-GPUC y Memoria Descriptiva en los linderos
y medidas perimétricas del área total y área afectada por
vías, en consecuencia opina por la factibilidad de efectuar
las rectif‌i caciones encontradas en los actos administrativos
antes descritos;
Que, con Memorando Nº 2762-2012-MPC/GGDU, de
fecha 25 de septiembre del 2012, la Gerencia General de
Desarrollo Urbano, señala que estando a lo informado por el
área técnica y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº
27444, procede la rectif‌i cación por el error material incurrido
en la emisión de la Resolución de Alcaldía Nº 000040 de
fecha 21 de enero del 2010, por lo que corresponde emitir
la Resolución de Alcaldía que la rectif‌i que;
Que, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y
Conciliación mediante Memorando Nº 645-2012-MPC-
GGAJC, de fecha 9 de octubre del 2012, concluye por la
procedencia de lo solicitado al estar amparado en el artículo
27444, que prescribe la rectif‌i cación con efecto retroactivo,
de los errores materiales o aritméticos en que se incurra en
los actos administrativos, sea a of‌i cio o a instancia de parte
y siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni
el sentido de la decisión;
Estando a lo expuesto, con la visación de las Gerencias
Generales de Desarrollo Urbano y Asesoría Jurídica y
Conciliación, en ejercicio de las atribuciones conferidas por
RESUELVE:
Artículo Primero.- Rectif‌i car de of‌i cio el Artículo
Segundo y Tercero de la Resolución de Alcaldía Nº 000040
de fecha 21 de enero del 2010, los que quedan redactados
de la siguiente manera:
Artículo Segundo.- El Área de terreno denominado
Sub Parcela 1 de 103,103.63 m2 materia ha habilitar se ha
distribuido con el Cuadro General de Areas, según Plano
de Lotización signado con el Nº 023-2012-MPC-GGDU-
GPUC, de la siguiente manera:
Denominación Área (m2)
- Área Total Bruta 103,103.63
- Área Útil 97,559.16
- Área afectada por vías 5,544.47
Artículo Tercero.- Diferir la ejecución de la vía que
corresponde a la Av. Enrique Meiggs y parte de la Av.
Argentina, señalados en el Plano de Lotización Nº 023-
2012-MPC-GGDU-GPUC y su correspondiente Memoria
Descriptiva, hasta que la Municipalidad Provincial del Callao
o el ente ejecutor comunique a Multimercados Zonales S.A.
para que inicie la ejecución de las obras faltantes.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Plano Nº 002-
2010-MPC-GGDU-GPUC y su correspondiente Memoria
Descriptiva, los que han sido reemplazados por el Plano de
Lotización signado con el Nº 023-2012-MPC-GGDU-GPUC
y su correspondiente Memoria Descriptiva actualizada, que
forman parte de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la
presente Resolución de Alcaldía en el Diario Of‌i cial El
Peruano, en el plazo de 30 días contados a partir de su
notif‌i cación, la cual estará a cargo de los administrados.
Artículo Cuarto.- Cúmplase con notif‌i car a la
administrada conforme lo dispuesto en el artículo 20º de
27444, para los f‌i nes de ley.
Regístrese, comuníquese, y cúmplase.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
863826-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Derogan Ordenanza que aprueba el
Reglamento del Comercio Ambulatorio
de la Provincia de Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 010-2012-MPH
Huaral, 19 de octubre del 2012.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL

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