ACUERDO Nº 036-2010-CM-MPE-C - Aprueban donación dineraria a favor de la Municipalidad que será incorporada al presupuesto PIA 2010

Fecha de disposición07 Agosto 2010
Fecha de publicación07 Agosto 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 7 de agosto de 2010 423431
a la absolución de observaciones y replanteamiento del
sustento técnico legal de la indicada Ordenanza Nº 358-
MSS;
Que, asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica
señala que, se debe tener en cuenta que la prepublicación
de la norma regulada por el Decreto Supremo Nº 001-
2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece
disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de
Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de
carácter general, resulta innecesaria conforme lo dispone
el artículo 14º, numeral 3.2. de la citada norma, teniendo en
cuenta que las modif‌i caciones propuestas se sustentan en
el mandato contenido en la Ley Nº 29476, siendo además
necesaria para su entrada en vigencia la ratif‌i cación
que deberá efectuar la Municipalidad Metropolitana de
Lima Metropolitana conforme a lo dispuesto en la Ley Nº
Ordenanza 607-MML. En tal sentido, concluye emitiendo
opinión señalando que el proyecto de Ordenanza que
modif‌i ca la Ordenanza Nº 358-MSS, resulta procedente,
por lo que recomienda que el mismo sea elevado ante el
Concejo Municipal, para que conforme a sus facultades
disponga la aprobación de la normativa propuesta y
posteriormente se remita a la Municipalidad Metropolitana
de Lima, para que continúe el trámite de ratif‌i cación, de
conformidad a lo establecido en la Ordenanza Nº 607-
MML;
Que, mediante Memorándum Nº 755-2010-GM-MSS
del 17.06.2010, la Gerencia Municipal señala encontrar
conforme la presente propuesta normativa presentada,
por lo que traslada los presentes actuados a efectos de ser
elevados ante el Concejo Municipal para su aprobación,
conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica en el precitado Informe.
Estando al Dictamen Conjunto N° 002-2010-CGM-
CDL-CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal,
Desarrollo Local y Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 671-
2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
en uso de las facultades establecidas en los Artículos
9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley N° 27972; el
Concejo Municipal luego del debate correspondiente y
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA
358-MSS, MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA
332-MSS QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Artículo Primero.- MODIFICAR la Ordenanza Nº
358-MSS modif‌i catoria de la Ordenanza Nº 332-MSS que
aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) de la Municipalidad de Santiago de Surco y los
Derechos de Tramitación de acuerdo al Anexo I, que es
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- REMITIR, a la Municipalidad
Metropolitana de Lima el texto modif‌i cado del TUPA de
la Municipalidad de Santiago de Surco y sus anexos, a
efectos de levantar las observaciones realizadas por el SAT
y continuar con el proceso de ratif‌i cación de los Derechos
de Trámite contenidos en la presente modif‌i catoria.
Artículo Tercero.- LA PRESENTE Ordenanza entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario
of‌i cial El Peruano la cual se efectuará una vez que se emita
el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana
de Lima que ratif‌i ca la modif‌i catoria, disponiendo
además del íntegro del TUPA y sus modif‌i catorias en
el Portal del Estado www.peru.gob.pe, así como el
sustento de la Estructura de Costos en anexo adjunto
en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe y en el Portal Institucional de
la Municipalidad de Santiago de Surco www.munisurco.
gob.pe.
POR TANTO:
Mando que se ratif‌i que posteriormente se publique,
comunique y cumpla.
JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO
Alcalde
527437-2
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE ESPINAR
Aprueban donación dineraria a favor de
la Municipalidad que será incorporada
al presupuesto PIA 2010
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 036-2010-CM-MPE-C
Espinar, 30 de Junio del 2010.
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE ESPINAR – DEPARTAMENTO DEL CUSCO:
VISTO: en Sesión Ordinaria Nº 014-2010 de fecha 30
de Junio del 2010, bajo la conducción del señor Alcalde
de la Municipalidad Provincial de Espinar Q.F. Luis Eliseo
Puma Alarcón y la asistencia de los señores Regidores:
Rosmery Bustamante Jara, Moisés Larota Chullo, Zacarías
Huachaca Anampa, Ysidoro Olarte Choquenaira, Isabel
Salas Merma, Cléver Bustamante Ramírez, William Inca
Zans y Roberto Corrales Moscoso; visto el Acta de Sesión
Extraordinaria del Comité de Gestión – Convenio Marco
de fecha 28 de Abril del 2010, Informe Nº 058-210/ST-CG-
CM/XST.S.A/MPE/E de fecha 02 de Junio del 2010, sobre
la transferencia de la donación de Xstrata Tintaya del V
Aporte a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar,
destinado a la operatividad y funcionamiento de la Of‌i cina
de Secretaría Técnica del Comité de Gestión de Convenio
Marco para el año 2010, por la suma de S/. 401,600.00
Nuevos Soles, destinados para el f‌i n antes indicado; y
CONSIDERANDO:
Perú modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 28607, concordante con la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, en su Artículo II del Título
Preliminar; las Municipalidades son Órganos de Gobierno
Local con autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia;
Que, conforme al Artículo 41º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, los acuerdos son decisiones
que toma el Concejo, referidas a asuntos específ‌i cos
de interés público, vecinal o institucional, que expresa
la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un
determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional, concordante con el Artículo 9º, numeral 20)
de la citada norma dentro de las atribuciones del Concejo
Municipal son las de aceptar donaciones, legados,
subsidios o cualquier otra liberalidad;
Que, conforme la Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto Nº 28411, en su Artículo 69º, las donaciones
dinerarias provenientes de instituciones nacionales o
internacionales, públicas o privadas diferentes a las
provenientes de los convenios de cooperación técnica no
reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular
de la Entidad o Acuerdo de Concejo; en el caso de los
Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso
de Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y
el destino de estos fondos públicos;
Que, según Acta de Sesión Extraordinaria del Comité
de Gestión – Convenio Marco de fecha 28 de Abril del
2010, el Secretario Técnico del Comité de Gestión
del Convenio Marco, presentó el Presupuesto 2010,
detallando la distribución del presupuesto operativo para
la Of‌i cina de la Secretaría Técnica del Comité de Gestión
y realizó las justif‌i caciones y el sustento correspondiente
de su informe; consideraciones que han sido evaluadas
por los asistentes y tomadas en cuenta para su respectiva
transferencia f‌i nanciera a la Municipalidad Provincial de
Espinar por la suma total de S/. 401,600.00 (Cuatrocientos
Un Mil seiscientos con 00/100 Nuevos Soles) para la
operatividad del Comité de Gestión del Convenio Marco
durante el año f‌i scal 2010;

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