RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 472-2011-MPE-C - Designan funcionarios responsables de brindar información de acceso público y de elaborar y actualizar el portal de transparencia

Fecha de disposición06 Diciembre 2011
Fecha de publicación06 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 6 de diciembre de 2011 454477
actividades y funcionamiento del sector público; así
como a las normas técnicas referidas a los servicios
y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del
Estado, que por su naturaleza son de observancia y
cumplimiento obligatorio.
Que, el inciso 8 del Artículo 9 de la Ley Orgánica
de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que son
atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modif‌i car o
derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
concordante con lo establecido por el Artículo 40 de la Ley
citada, que señala: “Las Ordenanzas de las municipalidades
Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia
son las Normas de carácter General de mayor jerarquía en
la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales
se aprueba la Organización interna, (…).
Que, de acuerdo a lo que dispone el inciso 12 del
Nº 27972: Son atribuciones del Concejo Municipal aprobar
por ordenanza el reglamento del concejo municipal.
Que, el Inciso 5 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972
atribuciones del Alcalde: Promulgar las ordenanzas y
disponer su publicación.
Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 109-
2007-CM-MPE-C de fecha 23 de Julio del 2007, se ha
aprobado el Reglamento Interno de Concejo Municipal de
la Municipalidad Provincial de Espinar.
Que, es necesario modif‌i car el Reglamento Interno
del Concejo Municipal, mas aun cuando a través de
dicho reglamento se requiere regular todas la actuación
del Concejo Municipal durante las sesiones ordinarias,
extraordinarias y solemnes del Concejo Municipal.
Estando a lo expuesto, el inciso 8 del Artículo 9, los
Artículos 39 y 40 y el Inciso 5 del Artículo 20 de la Ley
Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo
Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR-CUSCO.
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno
de Concejo RIC de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE ESPINAR DEL DEPARTAMENTO DEL CUSCO, que
consta XIII títulos, 149 artículos, 01 disposición transitoria y
02 disposiciones f‌i nales cuyo texto forma parte integrante
de la presente Ordenanza en 21 folios.
Artículo Segundo.- Derogar la Ordenanza Municipal
Nº 109-2007-CM-MPE-C de fecha 23 de Julio del 2007,
y cualquier otra norma que se oponga a la presente
ordenanza Municipal.
Artículo Tercero.- Disponer que la vigencia del
Reglamento Interno de Concejo RIC aprobado en el artículo
primero sea a partir del día siguiente de su publicación.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General y
a la Of‌i cina de Comunicaciones e imagen institucional la
publicación de la presente Ordenanza de acuerdo a Ley,
y a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Dado en Espinar, a los doce días del mes de setiembre
del dos mil once.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cúmplase.
OSCAR A. MOLLOHUANCA CRUZ
Alcalde Provincial
725015-5
Designan funcionarios responsables de
brindar información de acceso público
y de elaborar y actualizar el portal de
transparencia
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 472-2011-MPE-C
Espinar, 9 de agosto del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE ESPINAR-DEPARTAMENTO DEL CUSCO.
VISTO:
El Informe Nº 052-2011-SG-MPE-C/VVN de fecha
05/08/11 de la Jefa de la Of‌i cina de Secretaria General.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 052-2011-SG-MPE-
C/VVN de fecha 05/08/11, la Jefa de la Of‌i cina de
Secretaria General solicita la designación del funcionario
responsable de la recopilación y entrega de información
pública; asimismo peticiona la designación del funcionario
responsable de la elaboración y actualización de los datos
consignados en el portal de transparencia institucional
de la Municipalidad Provincial de Espinar, ello para dar
cumplimiento a la Ley. Nº 27806 Ley de transparencia y
acceso a la información pública, modif‌i cado por la Ley
Nº 27927 y su reglamento.
Que, de acuerdo a lo que establece el artículo 194 de
la Constitución Política del Estado modif‌i cado por la Ley
de Reforma Constitucional Nº 27680 concordante con
el artículo 40 de la Ley de Bases de Descentralización
y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades: Los Gobiernos Locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia.
Que, las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven
los asuntos de carácter administrativo, de conformidad con
Nº 27972.
Que, el Artículo 8 de la Ley. Nº 27806 Ley de
transparencia y acceso a la información pública, modif‌i cado
por la Ley Nº 27927, establece que las entidades obligadas
de brindar información son las señaladas en el artículo 2
de la presente Ley. Dichas entidades identif‌i carán, bajo
responsabilidad de su máximo representante, al funcionario
responsable de brindar información solicitada en virtud
de la presente Ley (…); concordante con el artículo 4 del
Ley de transparencia y acceso a la información pública
que preceptúa: (…).La designación del funcionario o
funcionarios responsables de entregar la información (…)
se efectuara mediante Resolución de la máxima autoridad
de la Entidad, y será publicada en el Diario Of‌i cial El
Peruano. Adicionalmente la Entidad colocará copia de la
Resolución de designación en lugar visible en cada una de
sus sedes administrativas. (…).
Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 072-2003-
PCM, Reglamento de la Ley de transparencia y acceso
a la información pública regula las obligaciones de la
máxima autoridad de la Entidad, en el que señala que:
Las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad
son las siguientes: a. Adoptar las medidas necesarias que
permitan garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la
información pública dentro de su competencia funcional;
b. Designar a los funcionarios responsables de entregar la
información de acceso público; c. Designar al funcionario
responsable de la elaboración y actualización del Portal
de Transparencia; d. Clasif‌i car la información de carácter
secreto y reservado y/o designar a los funcionarios
encargados de tal clasif‌i cación; e. Disponer se adopten
las medidas de seguridad que permitan un adecuado
uso y control de seguridad de la información de acceso
restringido; y, f. Otras establecidas en la Ley.
Que, el artículo 5 de la Ley. Nº 27806 Ley de
transparencia y acceso a la información pública, modif‌i cado
por la Ley Nº 27927, establece que las entidades de la
administración pública establecerán progresivamente, de
acuerdo a su presupuesto, la difusión a través del internet
(…).
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 136-2010-
MPE-C de fecha 02 de marzo del año 2010 se ha designado
al Abog. William Mitchell Guillen Paiva como funcionario
responsable de brindar información solicitada y al Ing.
Edison Vera Pacheco Jefe de la Of‌i cina de Tecnologías de
la información como responsable de elaborar y mantener
actualizado el Portal de transparencia de la Municipalidad
Provincial de Espinar.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por el Artículo 20 inciso 6) de la Ley Nº 27972
Ley Orgánica de Municipalidades y los artículos 3 y 4
la Ley de transparencia y acceso a la información pública
y el artículo 8 de la Ley Nº 27806 Ley de transparencia
y acceso a la información pública, modif‌i cado por la Ley
Nº 27927.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR