ORDENANZA Nº 15-2011-MPC - Establecen disposiciones para la señalización de zonas rígidas, sentidos de tránsito y paraderos

EmisorMunicipalidad Provincial de Cañete
Fecha de la disposición 6 de Agosto de 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 6 de agosto de 2011
448130
ORDENANZA MUNICIPAL PARA EL
OTORGAMIENTO DE BENEFICIO DE AMNISTIA
NO TRIBUTARIA EN EL PAGO DE DEUDAS POR
INFRACCIONES AL TRÁNSITO Y TRANSPORTES DE
LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
Artículo 1º.- El Plazo de vigencia del benef‌i cio es
de 30 días calendario, que empezará al día siguiente de
su publicación, otorgándose el Benef‌i cio de Amnistía No
Tributaria en el Pago de Deudas por Infracciones al Tránsito
y Transportes, aplicadas hasta el 31 de diciembre del 2010,
estableciendo una rebaja o descuento porcentual de las
deudas, según se pormenoriza en la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- El descuento que se aprueba por el
artículo que antecede es efectivo en tanto el pago de la
deuda se ejecute al contado, según el monto establecido
en la liquidación que se practicará en forma individual por
cada infracción, según su naturaleza y en estricto orden
de antigüedad, de la infracción de mayor antigüedad a la
de menor antigüedad, bajo responsabilidad administrativa
del funcionario que autorice.
Artículo 3º.- Los administrados que con anterioridad
a esta norma, hubieran asumido el compromiso de pago
fraccionado, mediante la suscripción del documento
correspondiente, también podrán acogerse a los
benef‌i cios de la presente norma, en cuyo caso la deuda
esta representada por el saldo aún pendiente de pago,
sobre la cual se ejercerá la correspondiente liquidación.
Artículo 4º.- El administrado cancelará sólo el 20%
de las deudas que se tenga por las Infracciones tanto al
Tránsito como al Transporte, que se aplican a los que
voluntariamente, en el plazo de la presente Ordenanza,
se apersonen a las Of‌i cinas de la Municipalidad de la vía
Administrativa o Coactiva para cancelar sus deudas.
Artículo 5º.- Los Administrados deudores por
infracciones de Tránsito y/o Transporte que se presenten
a la Of‌i cina de Ejecutoria Coactiva como consecuencia
de embargo, captura de vehículo, internamiento en el
Deposito Municipal, el benef‌i cio será cancelar sólo el 20%
de la deuda que se tenga por deudas de Infracciones
tanto al Tránsito como al Transporte.
Así mismo se exonerará de los gastos accesorios,
intereses, costas, o gastos administrativos que se hubieran
generado en el trámite de cobro de la obligación.
Artículo 6º.- Durante la vigencia de la presente
Ordenanza queda suspendido y por lo tanto no aplicable,
el trámite “Fraccionamiento de Pago” por deudas que se
ref‌i eran a Infracción al Tránsito y al Transporte.
Artículo 7º.- Establézcase que concluido el período
de excepción que se aprueba por la presente y bajo
responsabilidad del funcionario que corresponda,
se reiniciará la ejecución de la cobranza a favor de
la Municipalidad así como las acciones legales y
administrativas contra los deudores que no se acogieron
a los benef‌i cios otorgados por la presente Ordenanza.
Artículo 8º.- Encárguese a la Gerencia de Secretaría
General de la Municipalidad Provincial de Cañete la
publicación efectiva de la presente norma al día siguiente
de la fecha de su aprobación en Sesión de Concejo y
difusión a través de los medios informativos.
Artículo 9º.- La Gerencia de Tributación Municipal y en
su caso el Ejecutor Coactivo, alcanzarán para conocimiento
y evaluación en Sesión de Concejo, un informe General del
resultado de la aplicación del benef‌i cio otorgado, luego de
vencido el período de su vigencia, precisando la cobranza
puesta a cobro y el monto cobrado como se indica.
Artículo 10º.- También tienen benef‌i cios los vehículos
que no han regularizado el pago del Impuesto Vehicular
hasta el 31 de Diciembre del 2010, exonerándosele el
100% de los intereses moratorios y factor reajuste, excepto
el pago del impuesto vehicular; así también se exoneran
los montos y gastos administrativos que se encuentren en
la vía Coactiva.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARÍA M. MONTOYA CONDE
Alcaldesa
673432-2
Establecen disposiciones para la
señalización de zonas rígidas, sentidos
de tránsito y paraderos
ORDENANZA Nº 15-2011-MPC
Cañete, 22 de julio de 2011
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CAÑETE:
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
el Informe Nº 065-2011-GT-MPC de fecha 24 de junio de
2011, de la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial,
relacionado a la Ordenanza para señalar Zonas Rígidas,
sentidos de Tránsito y Paraderos.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
Política, Económica y Administrativa en los asuntos
de su competencia, de conformidad con lo establecido
modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680,
concordante con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades;
Que, de conformidad a lo establecido en el artículo
VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica
de Municipalidades, los gobiernos locales están a las
leyes que, de manera general y de conformidad a la
Constitución Política del Perú, regulan las actividades
y funcionamiento del Sector Transporte; así como las
normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos.
Las competencias y funciones específ‌i cas municipales, se
cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales,
regionales y locales de desarrollo;
Que, de acuerdo a la Ley Nº 27181, Ley General
de Transporte y Tránsito Terrestre, la acción estatal en
materia de transporte y tránsito se orienta a la satisfacción
de necesidades de los usuarios y al resguardo de sus
condiciones de seguridad y salud, así como la protección
del medio ambiente y la comunidad en su conjunto.
Asimismo, dentro de las facultades, que otorga a las
Municipalidades Provinciales se encuentra las de emitir
normas y disposiciones así como de realizar los actos
necesarios para la aplicación de los reglamentos dentro
de su respectivo ámbito territorial;
Que, en el proceso de demarcación, señalización y
regulación del tránsito en la red vial urbana de la ciudad de
San Vicente regulada a través de la Ordenanza Municipal
Nº 0018-2000-MPC, la Municipalidad dictó diversas
disposiciones declarando zonas rígidas, sentidos de
tránsito, zonas restringidas para estacionamiento, siendo
necesario continuar con el proceso para mejorar la f‌l uidez
del tránsito vehicular;
Que, igualmente la Municipalidad Provincial, es
competente para disponer las variaciones de tránsito,
zonas rígidas y ubicaciones de paraderos en el ámbito de
toda la Provincia de Cañete, atendiendo las necesidades
de la población para solucionar la problemática que se
presentan en el transporte público de pasajeros;
Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas
Ley Nº 27181 – Ley General de Transporte y Tránsito
Terrestre, con el voto unánime de los señores regidores,
el Informe favorable de la Comisión de Transporte, con el
visto bueno del Gerente General y Asesoría Legal, y con
la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó
la siguiente:
ORDENANZA PARA SEÑALAR ZONAS RÍGIDAS,
SENTIDOS DE TRÁNSITO Y PARADEROS
Artículo 1º.- A partir de la entrada en vigencia de la
presente Ordenanza, modifíquese el sentido del tránsito
de la calle Santa Rosa de la ciudad de San Vicente de
Cañete, aprobándose lo siguiente:

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