ACUERDO N° 086-2013-MPC - Aprueban la participación de Regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco en el XVI Foro Interamericano de la Microempresa, a realizarse en México
Fecha de publicación | 19 Septiembre 2013 |
Fecha de disposición | 19 Septiembre 2013 |
El Peruano
Jueves 19 de setiembre de 2013 503233
TRIBUTO PERÍODO
DE LA
DEUDA
PORCENTAJE DE DESCUENTO
MONTO
INSOLUTO
DE LA
DEUDA
INTERÉS
MORATORIO
ACTUALI-
ZACIÓN
DE IPM
COSTAS Y
GASTOS
Multas
Adminis-
trativas
2010 al
2013 50% ------- --------- 100%
2008 y
anteriores 70% ------- --------- 100%
Artículo 4º.- DEUDA EN COBRANZA COACTIVA
La condonación de los gastos y costas procesales que
se hubieran generado estará sujeta a la cancelación total
de la deuda tributaria vinculada a dicho procedimiento.
Artículo 5º.- MULTAS ADMINISTRATIVAS
El benefi cio de descuento en multas administrativas y de
costas procesales no es aplicable para aquellos infractores
que se acojan al 50% de descuento por el pago dentro del
plazo de quince días hábiles de notifi cada la Resolución
de Sanción establecido en el Reglamento de Aplicación de
Multas y Sanciones Administrativas vigente.
Artículo 6º.- PAGOS ANTERIORES
Los montos pagados con anterioridad a la fecha de
entrada en vigencia de la presente ordenanza no generan
derecho a devolución o compensación alguna, asimismo
los benefi cios otorgados en la presente ordenanza no
serán aplicables a las solicitudes de compensación o
transferencias de pagos ni a los créditos por imputar o a
los canjes de bienes o servicios.
Artículo 7º.- PAGOS A CUENTA
Los pagos a cuenta de la deuda tributaria y no
tributaria no generarán la aplicación del benefi cio, así
como tampoco implicará la suspensión del procedimiento
coactivo.
Artículo 8º.- SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
COACTIVO
Con la cancelación total de la deuda tributaria y no
tributaria se suspenderá el procedimiento coactivo iniciado
y el levantamiento de medidas cautelares, según el caso.
Artículo 9º.- DESISTIMIENTO
Precisar que para acogerse al presente benefi cio,
el obligado deberá desistirse de cualquier recurso
impugnatorio planteado y/o de cualquier proceso judicial,
para cuyo efecto deberá adjuntar copia del desistimiento
presentado.
Artículo 10º.- VIGENCIA
La presente Ordenanza entrará en vigencia desde el 2 de
setiembre hasta el 30 de setiembre de 2013, disponiéndose
además su publicación en el Portal Institucional de la
Municipalidad de Ventanilla, www.muniventanilla.gob.pe.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Y FINALES
Primera.- Facúltase al señor Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
necesarias para la correcta aplicación de la presente
Ordenanza, así como para determinar y aprobar la
prórroga de su vigencia.
Segunda.- Encárgase a la Gerencia de Rentas
Municipales y Subgerencias dependientes de dicha Unidad
Orgánica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de
Administración, Gerencia de Tecnología de la Información
y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en
la presente Ordenanza y todas las demás dependencias
de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades
para su cabal cumplimiento.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde
989088-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CUSCO
Aprueban la participación de Regidores
de la Municipalidad Provincial del
Cusco en el XVI Foro Interamericano
de la Microempresa, a realizarse en
México
ACUERDO MUNICIPAL
Nº 086-2013-MPC
Cusco, 12 de agosto de 2013
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DEL CUSCO
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, las Municipalidades
Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local,
las mismas que cuentan con autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha
autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de
radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Carta Nº 825-2013-G-CMAC-C, de fecha
9 de agosto de 2013, la Gerencia de la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito Cusco S.A., hace extensiva la Invitación
para participar en el XVI FORO INTERAMERICANO DE
LA MICROEMPRESA (FOROMIC – 2013), a realizarse
los días 30 de septiembre al 2 de octubre de 2013 en la
ciudad de Guadalajara, México;
Que, los gastos de pasajes, alojamiento, inscripción y
viáticos para participar en el XVI FORO INTERAMERICANO
DE LA MICROEMPRESA (FOROMIC – 2013), de los señores
regidores participantes serán cubiertos íntegramente por la
Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A.;
Que, asimismo, el Artículo 41º de la Ley Orgánica
de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que, los
Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas
a asuntos específi cos de interés público, vecinal o
institucional que expresan la voluntad del órgano de
gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse
a una conducta o norma institucional;
Por tanto, estando a lo establecido por el Artículo 41º
el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del
Cusco, por MAYORIA, en la sesión de la fecha, con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;
ACORDO:
Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la
Municipalidad Provincial del Cusco en el evento en el XVI
FORO INTERAMERICANO DE LA MICROEMPRESA
(FOROMIC – 2013), a realizarse los días 30 de septiembre al
2 de octubre de 2013 en la ciudad de Guadalajara, México.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación
de los señores Regidores BORIS GERMAIN MUJICA
PAREDES, RUBEN ANTONIO MOLERO QUISPE y
SERLY FIGUEROA MORMONTOY, en el evento referido
en el artículo anterior.
Artículo Tercero.- PRECISAR, que la participación de
la señora Regidora SERLY FIGUEROA MORMONTOY,
es en calidad de Representante Delegada por el señor
Alcalde de la Municipalidad del Cusco.
Artículo Cuarto.- PRECISAR, que los gastos de pasajes,
alojamiento, inscripción y viáticos de los señores Regidores
Boris Germain Mujica Paredes, Rubén Antonio Molero Quispe
y Serly Figueroa Mormontoy, serán cubiertos íntegramente
por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A..
Regístrese, comuníquese y archívese.
LUIS ARTURO FLOREZ GARCÍA
Alcalde
989698-1
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