ORDENANZA Nº 012-2011/MDV - Regulan el régimen municipal de protección y control del mosquito aedes aegypti transmisor del dengue

Fecha de publicación03 Junio 2011
Fecha de disposición03 Junio 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 3 de junio de 2011 443805
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA HERMOSA
Declaran en emergencia el malecón de
la zona Central del Balneario sector “El
Paso” por constituir Nivel de Riesgo
Alto
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 035-2011-MDPH
Punta Hermosa, 20 de mayo de 2011
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUNTA HERMOSA
Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe N°
056-GDSC-2011-MDPH de la Gerencia de Seguridad
Ciudadana, mediante el cual se pone en conocimiento
el Informe N° 019-2011-MDPH-STDC de la Secretaría
Técnica de Defensa Civil y el Informe N° 007-2011-ODC-
MPH del Inspector Técnico Básico de Defensa Civil;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme los establece el artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, concordante con el artículo
II del Título preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades;
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la
responsabilidad de los gobiernos locales representar
al vecindario, promover la adecuada prestación de
los servicios públicos locales y el desarrollo integral,
sostenible y armónico de su circunscripción.
Que, el Informe N° 056-GDSC-2011-MDPH de la
Gerencia de Seguridad Ciudadana hace de conocimiento
el estado crítico en el que se encuentra el Malecón del
Sector “El Paso”, a través del Informe N° 019-2011-
MDPH-STDC de la Secretaría Técnica de Defensa
Civil que después de las evaluaciones técnicas se ha
determina que producto de la erosión y el fuerte oleaje
han colapsado los antiguos muros de contención por lo
que representa un Nivel de Riesgo Alto tanto como para
las viviendas construidas en esa zona como para las
personas que transitan por allí.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el numeral 26 del artículo 9° de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con el Voto
Unánime del Pleno del Concejo.
ACUERDA:
Artículo Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA el
malecón de la zona Central del Balneario sector “El Paso”
por constituir NIVEL DE RIESGO ALTO.
Artículo Segundo.- COMUNICAR el presente
Acuerdo al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de
Lima SEDAPAL y a la Capitanía de Puertos del Callao a
f‌i n de que adopten las medidas pertinentes de acuerdo a
sus atribuciones.
Artículo Tercero.- DISPONER que las Unidades
Orgánicas respectivas de la municipalidad, efectúen las
acciones correspondientes del caso ante las entidades
públicas correspondientes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO
Alcalde
648254-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
VENTANILLA
Regulan el régimen municipal de
protección y control del mosquito aedes
aegypti, transmisor del dengue
ORDENANZA MUNICIPAL
N°012-2011/MDV
Ventanilla, 15 de Abril de 2011
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de
fecha 15 de abril de 2011; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo
las Municipalidades en materia de saneamiento, salubridad
y salud, tienen la función de realizar campañas locales de
medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria.
Que, la Ley N º 26842 Ley General de Salud en su Art.
77º, 79º, 81º y siguientes precisa que la autoridad de salud es
competente y responsable del control de las enfermedades
transmisibles en el ámbito de su jurisdicción, quedando
facultada a dictar las medidas de prevención y control
para evitar la aparición y propagación de enfermedades
transmisibles, precisándose de modo explícito que todas
las personas naturales o jurídicas, dentro del territorio,
quedan obligadas al cumplimiento de dichas medidas
bajo sanción. Asimismo, en la citada norma se precisa
que las autoridades administrativas, municipales, militares
y policiales, así como los particulares, están obligadas a
prestar el apoyo requerido por la autoridad de salud para
controlar la propagación de enfermedades transmisibles en
los lugares del territorio nacional en los que estas adquieren
características epidémicas graves.
Que, las Municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, de conformidad con lo dispuesto en
concordante con el artículo II del Título preliminar de la
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que las ordenanzas son
las normas de carácter general de mayor jerarquía en
la estructura normativa municipal, así mismo, indica
que mediante ordenanza, se crean, modif‌i can, suprimen
o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y
contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley.
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, con el Dictamen favorable de la Comisión
de Promoción Social y Salud, el Concejo Municipal Distrital
con el VOTO POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la
lectura y aprobación del Acta;
APROBÓ LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ORDENANZA QUE REGULA EL REGIMEN
MUNICIPAL DE PROTECCION Y CONTROL DEL
MOSQUITO AEDES AEGYPTI,
TRANSMISOR DEL DENGUE
CAPITULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1º.- Objeto y ámbito de aplicación.-
La presente Ordenanza tiene por objeto la promoción
y ejecución de actividades dirigidas a la prevención,

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