RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1042/INC - Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Tacna, Cusco, Lima, Cajamarca, San Martín, Piura, Huánuco y Huancavelica

Fecha de disposición14 Mayo 2010
Fecha de publicación14 Mayo 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 14 de mayo de 2010 418919
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Cultura es un
Organismo Público Descentralizado del Sector
Educación, con personería jurídica de derecho
público interno, responsable de la promoción y
desarrollo de las manifestaciones culturales del país
y de la investigación, preservación, conservación,
restauración, difusión y promoción del patrimonio
cultural de la Nación;
Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley
Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la
Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura
está encargado de registrar, declarar y proteger el
patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de
su competencia;
Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº
167/INC de fecha 25 de marzo de 2003, se declara como
patrimonio cultural de la Nación a la zona arqueológica
Tijerales, ubicada en el distrito de Cieneguilla, provincia y
departamento de Lima;
Que, mediante Informe Nº 2344-2009-SDIC-DA-
DREPH/INC de fecha 14 de diciembre de 2009, la Sub
Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de
Arqueología recomienda que el expediente técnico del
monumento arqueológico prehispánico Tijerales pase
a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su
evaluación correspondiente;
Que, mediante Acuerdo Nº 1173 de fecha 18 de
diciembre de 2009, la Comisión Nacional Técnica de
Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional
del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente:
1. Modificar el artículo 1º de la Resolución Directoral
Nacional Nº 167/INC de fecha 25 de marzo de 2003,
el mismo que quedará redactado de la siguiente
manera:
Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación
a la zona arqueológica monumental Tijerales, ubicada en
el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de
Lima”
2. Dejar sin efecto el artículo 2º de la precitada
Resolución Directoral Nacional.
3. Aprobar el expediente técnico de la mencionada
zona arqueológica monumental.
Estando a lo visado por el Director de Gestión, el
Director de Arqueología y el Director de la Of‌i cina de
Asuntos Jurídicos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;
Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-
ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones
Arqueológicas, modif‌i cada por Resolución Suprema Nº
012-2006-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modif‌i car el artículo 1º de la Resolución
Directoral Nacional Nº 167/INC de fecha 25 de marzo de
2003, el mismo que quedará redactado de la siguiente
manera:
Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación
a la zona arqueológica monumental Tijerales, ubicada en
el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de
Lima”
Artículo 2º.- Dejar sin efecto el artículo 2º de la
precitada Resolución Directoral Nacional.
Artículo 3º.- Aprobar el expediente técnico (plano
de delimitación, memoria descriptiva y f‌i cha técnica) del
monumento arqueológico prehispánico Tijerales, ubicado
en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento
de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros
siguientes:
Nombre
de la zona
arqueológica
monumental
Nº de Plano
en Datum
PSAD56
Nº de Plano
en Datum
WGS84
Área
(m2)Área
(ha) Perímetro
(m)
Tijerales
PP-019-INC_
DREPH-DA-
SDIC-2009
PSAD56
PP-019-INC_
DREPH-DA-
SDIC-2009
WGS84
247331.86 24.7331 2680.55
Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Defensa del
Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y
en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de
Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos señalados en
el artículo 3º de la presente resolución.
Artículo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva,
caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o
agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese
afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico
prehispánico mencionado en la presente resolución,
deberá contar con la aprobación previa del Instituto
Nacional de Cultura.
Artículo 6º.- Remítase copia fedateada de la presente
resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,
autoridades políticas y civiles correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER UGAZ VILLACORTA
Encargado de la Dirección Nacional
493147-1
Declaran patrimonio cultural de la
Nación a monumentos arqueológicos
prehispánicos ubicados en los
departamentos de Tacna, Cusco, Lima,
Cajamarca, San Martín, Piura, Huánuco
y Huancavelica
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 1040/INC
Lima, 6 de mayo de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado del Sector Educación, con
personería jurídica de derecho público interno; responsable
de la promoción y desarrollo de las manifestaciones
culturales del país y de la investigación, preservación,
conservación, restauración, difusión y promoción del
patrimonio cultural de la Nación;
Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº
28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,
señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado
de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la
Nación dentro del ámbito de su competencia;
Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº
1186/INC de fecha 04 de noviembre de 2004, se declaró
patrimonio cultural de la Nación a las Pinturas Rupestres
de Vilavilani, ubicadas en el distrito de Palca, provincia y
departamento de Tacna;
Que, mediante Informe Nº 1164-2009-SDIC-DA/
DREPH/ INC de fecha 06 de mayo de 2009, la Sub
Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección
de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio
cultural de la Nación de veintisiete (27) monumentos
arqueológicos prehispánicos registrados en el marco
del proyecto de investigación arqueológica “Estudio del
arte rupestre de Vilavilani – Charipujo, Tacna” a cargo
del Lic. Víctor Falcón Huayta, con R.N.A. Nº DF-0181,
para los cuales se han elaborado las respectivas f‌i chas
de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación,
f‌i cha of‌i cial de inventario del patrimonio arqueológico
inmueble;
Que, mediante Acuerdo Nº 0448 de fecha 12 de junio
de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología

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