RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1376/INC - Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumento arqueológico prehispánico ubicado en el departamento de Ica

Fecha de publicación29 Junio 2010
Fecha de disposición29 Junio 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 29 de junio de 2010 421477
la Of‌i cina General de Administración del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las
asignaciones por concepto de viáticos y Tarifa Unif‌i cada
de Uso de Aeropuerto.
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo
10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector
mencionado en la presente Resolución Suprema,
dentro de los quince (15) días calendario siguientes
de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al
Despacho Ministerial, con copia a la Of‌i cina General
de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema
no otorgará derecho a exoneración o liberación de
impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o
denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
- DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 5 AL 8 DE AGOSTO DE 2010 Y SUSTENTADO
EN LOS INFORMES Nº 190-2010-MTC/12.04 Y Nº 375 -2010-MTC/12.04
ORDEN INSPECCION
INICIO FIN VIATICOS (US$)
TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION
Nºs.
1137-2010-MTC/12.04 05-Ago 08-Ago US$ 880.00
US$ 31.00 ATSA Fajardo
Cámero,
Víctor Augusto Wichita EUA Chequeo técnico Inicial y de refresco
en simulador de vuelo del equipo
C208 a tripulantes técnicos 10618-10619-10621-10622
512689-5
ORGANISMOS EJECUTORES
INSTITUTO NACIONAL
DE CULTURA
Declaran patrimonio cultural de la Nación
a monumento arqueológico prehispánico
ubicado en el departamento de Ica
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
NACIONAL Nº 1376/INC
Lima, 22 de junio de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Cultura es un
Organismo Público Descentralizado del Sector
Educación, con personería jurídica de derecho
público interno, responsable de la promoción y
desarrollo de las manifestaciones culturales del país
y de la investigación, preservación, conservación,
restauración, difusión y promoción del patrimonio
cultural de la Nación;
Que, el artículo VII del Título Preliminar de la
Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de
la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está
encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio
cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia;
Que, mediante Informe Nº 1911-2009-SDIC-DA-
DREPH/ INC de fecha 05 de octubre de 2009, el
cual hace suyo la Sub Dirección de Investigación y
Catastro de la Dirección de Arqueología, se concluye
que el expediente técnico del monumento arqueológico
prehispánico La Tiza, delimitado en el marco del
“Proyecto arqueológico La Tiza 2009”, no presenta
observaciones técnicas;
Que, mediante Informe Nº 1928-2009-SDIC-DA-
DREPH/INC de fecha 06 de octubre de 2009, la Sub
Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección
de Arqueología recomienda declarar como patrimonio
cultural de la Nación al mencionado monumento
arqueológico prehispánico, así como aprobar los
respectivos expedientes técnicos;
Que, mediante Acuerdo Nº 0886 de fecha 12 de octubre
de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología
acordó, entre otros, recomendar a la Dirección Nacional
del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio
cultural de la Nación al monumento arqueológico
prehispánico La Tiza, ubicado en el distrito y provincia de
Nazca, departamento de Ica; recomendándose además
la aprobación de su respectivo expediente técnico;
Estando a lo visado por el Director de Gestión, el
Director de Arqueología y el Director de la Of‌i cina de
Asuntos Jurídicos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley
Nº28296, Ley General del Patrimonio Cultural de
la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema
Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de
Investigaciones Arqueológicas, modificada por
Resolución Suprema Nº 012-2006-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la
Nación al monumento arqueológico prehispánico cuya
ubicación se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Ica
Provincia Nazca
Nombre del paisaje
cultural arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18
UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte
La Tiza Nazca 510391.8805 8362868.1309 510167.4233 8362500.6209
Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano
de delimitación, memoria descriptiva y f‌i cha técnica) del
monumento arqueológico prehispánico La Tiza, ubicado
en el distrito y provincia de Nazca, departamento de Ica,
de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes:
Nombre
del sitio
arqueológico
Nº de Plano
en Datum
PSAD56
Nº de Plano
en Datum
WGS84
Área
(m2)Área
(ha) Perímetro
(m)
La Tiza PP-01 PW-01 Sector A: 477807.50 47.7807 2764.43
Sector B: 1245.50 0.1245 268.72
Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa
del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros
Públicos y en el Sistema de Información Nacional de

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