ORDENANZA Nº 306-MPL - Establecen monto mínimo para pago del Impuesto Predial y aprueban Cronograma de Pago para el Impuesto Predial y Arbitrios 2009

Fecha de publicación22 Enero 2009
Fecha de disposición22 Enero 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 22 de enero de 2009 389097
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
PACHACÁMAC
Aprueban Plan Anual de Contrataciones
y Adquisiciones de la Municipalidad
para el ejercicio presupuestal 2009
RESOLUCION DE ALCALDIA
Nº 016 -2009-MDP/A
Pachacámac, 15 de enero del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PACHACÁMAC
VISTO:
El Informe Nº 04-2009-MDP/OA, de la Of‌i cina de
Administración, remite el Plan Anual de Contrataciones y
Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pachacámac,
para el Ejercicio Presupuestal correspondiente al año
2009.
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional
Ley Nª 27680 en concordancia con el Art. II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley
27972 establecen que las Municipalidades son órganos
del Gobierno Local que gozan de autonomía económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 134-2008-MDP/C,
se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA 2009)
y promulgado mediante Resolución de Alcaldía Nº 671-2008-
MDP/A de fecha 19 de Diciembre del 2008;
Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones Nº 26850 aprobado
por D.S. Nº 083-2004-PCM establece que cada Entidad
elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones;
debiendo preverse en él los bienes, servicios y obras que
se requerirán durante el Ejercicio Presupuestal y el monto
del presupuesto requerido;
Que, el artículo 25 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado
por D.S. 084-2004-PCM dispone que el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones será aprobado por el
Titular de la Entidad o la máxima Autoridad Administración,
dentro de los treinta (30) días siguientes a la aprobación
del Presupuesto Institucional de Apertura;
Que, mediante Informe Nº 002-2008-MDP/GA/SGA
la Unidad de Abasteciendo, elabora el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad -
PAAC para el periodo 2009.
Que, con Memorándum Nº 009-2008-MDP/OPP de
la Of‌i cina de Planif‌i cación y Presupuesto otorga su visto
bueno al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
de conformidad con la Directiva 005-2003/CONSUCODE/
PRE.
Que, mediante Informe Nº 16-2009-MDP/OAJ de
la Gerencia de Asesoría Jurídica opina procedente
la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones de la Municipalidad Distrital de
Pachacámac para el año 2009.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas en el artículo 20º Inciso 6) y de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972.
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de
Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad
Distrital de Pachacámac para el ejercicio presupuestal del
año 2009.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la
presente Resolución en el diario El Peruano y del Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones en el Sistema
Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del
Estado - SEACE, conforme al Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por
D.S. Nº 084-2004-PCM.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia de
Administración el cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese, archívese
HUGO RAMOS LESCANO
Alcalde
303497-1
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Establecen monto mínimo para pago
del Impuesto Predial y aprueban
Cronograma de Pago para el Impuesto
Predial y Arbitrios 2009
ORDENANZA Nº 306-MPL
Pueblo Libre, 20 de enero de 2009
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión
Ordinaria Nº 02 de la fecha, y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la
Constitución Política del Estado, modif‌i cado por la Ley de
Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
Que, la autonomía que la Constitución Política del
Perú establece para las municipalidades radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, conforme el artículo 13º del Texto Único Ordenado
de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto
Supremo Nº 156-2004-EF y normas modif‌i catorias, las
Municipalidades están facultadas para establecer un
monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial
equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria
(UIT) vigente al 01 enero del año que corresponda el
impuesto, motivo por el cual es necesario establecer
el monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto
Predial;
Que, asimismo el artículo 15º del citado Texto Único
Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, regula
la forma de pago del Impuesto Predial, estableciendo
que los pagos pueden efectuarse al contado hasta el
último día hábil del mes de febrero de cada año, o en
forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales,
debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil
del mes de febrero y las siguientes los últimos días hábiles
de los meses de mayo, agosto y noviembre, reajustadas
de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios
al Por Mayor (IPM), que publica el Instituto Nacional de
Estadística e Informática (INEI);
Que, la Municipalidad de Pueblo Libre mediante
Ordenanza Nº 304-MPL, regula el régimen de los Arbitrios
Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y
Serenazgo para el ejercicio 2009;
Que, la precitada Ordenanza 304-MPL-MPL,
establece que los arbitrios son tributos de periodicidad
mensual y su vencimiento se produce el último día hábil
de cada mes calendario. Asimismo, señala que los pagos
que se efectúen con posterioridad a las referidas fechas,
estarán sujetos al interés moratorio, de conformidad a lo
establecido en el artículo 33º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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