Establecen monto del Arbitrio de Limpieza Pública correspondiente a actividades de comercio ambulatorio y/o de servicio público*

Fecha de disposición09 Agosto 1997
Fecha de publicación09 Agosto 1997
Pág. 151704
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 9 de agosto de 1997
MUNICIPALIDAD DE
COMAS
Establecen monto del Arbitrio de Lim-
pieza Pública correspondiente a activi-
dades de comercio ambulatorio y/o de
servicio público
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 019-97-DA/MC
Comas, 18 de julio de 1997
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 04-97-C/MC se establece el Régi-
men Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y
Jardines Públicos y Relleno Sanitario en la Jurisdicción Distrital de
Comas, conforme a lo normado por el Decreto Legislativo Nº 776 "Ley
de Tributación Municipal" y su modificatoria por Ley Nº 26725;
Que, el Artículo 15º de la referida norma tributaria establece el
pago por el Arbitrio de Limpieza Pública a los que usan la vía pública
para el desarrollo de sus actividades de comercio ambulatorio y/o de
servicio público; estando facultada la Administración Tributaria Mu-
nicipal a efectuar el cobro directo, en forma mensual, semanal o diaria
de acuerdo a la prórrata del monto mensual establecido;
Que, es política de la actual Gestión Municipal mejorar la
calidad del servicio de Limpieza Pública, en beneficio de la
población, habiéndose establecido una contraprestación efectiva
de recolección de residuos sólidos producidos por los usuarios
señalados en el considerando anterior;
Estando a las facultades señaladas en la Tercera Disposición
Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 04-97-C/MC; con la
opinión favorable de las Oficinas de Administración Tributaria,
Administración y Finanzas, OPPRICTI y del Director Municipal;
y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 23853
"Orgánica de Municipalidades";
SE DECRETA:
Artículo Primero.-
Precisar el monto diario a pagar por el
Arbitrio de Limpieza Pública durante el ejercicio fiscal de 1997
por los usuarios señalados en el segundo considerando del pre-
sente Decreto, según el siguiente detalle:
a) Hasta 4m2 :S/. 0.30
b) Más 4m2 :S/. 0.50
Artículo Segundo.-
Autorizar a la Unidad de Cobranzas Ordi-
narias y Coactivas de la Oficina de Administración Tributaria o quien
haga sus veces, para que mediante recibo de Especie Valorada efectúe
la recaudación del Arbitrio de Limpieza Pública a través de Recau-
dadores Comisionistas quienes mediante Carta Garantía y/o letra o
pagaré suficientes, serán admitidos, previa evaluación.
Artículo Tercero.-
Establecer en 10% el monto por comisión de
cobranza a pagar a cada recaudador, el cual se liquidará en forma
diaria y se desembolsará por los cajeros autorizados de la Municipali-
dad, debiendo afectarse dicho gasto a la partida presupuestal corres-
pondiente.
Artículo Cuarto.-
Aprobar los formatos de "Liquidación de
Cobranza de Arbitrios" y "Parte Diario de Cobranza de Arbitrios"
que se detallan en los anexos A y B respectivamente y que forman
parte del presente Decreto; los cuales son de observación y
aplicación obligatoria y constituyen documentos sustentarios del
gasto para su ejecución presupuestal.
Artículo Quinto.-
Encargar a las Oficinas de Administración
Tributaria, Administración y Finanzas y Planificación, Presu-
puesto, Racionalización, Informática y Cooperación Técnica In-
ternacional, dar cumplimiento al presente Decreto.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
JULIO H. SALDAÑA GRANDEZ
Alcalde
8508
MUNICIPALIDAD DE
SAN PEDRO DE LURIN
Aprueban estudio de zonificación y vías
de sector del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 072-97-MDSPL
Lurín, 22 de julio de 1997
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN
POR CUANTO:
En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 21.julio.97, el
Concejo Municipal trató el Informe Nº 006-CIDUOP-MDSPL-97,
de la Comisión de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Obras
Públicas, sobre el Estudio de Zonificación y Vías del Sector Sur-
Oeste de Lurín, elaborado por el Arq. Miguel Romero Sotelo;
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión referida, mediante el Informe mencionado
dictamina por la aprobación del Estudio de Zonificación y Vías del
Sector Sur-Oeste de Lurín;
Que, dicho Informe y Estudio han sido ampliamente analiza-
dos por los señores regidores, formulándose las observaciones
correspondientes;
POR ESTAS CONSIDERACIONES
el Concejo Municipal
en pleno, por Unanimidad; de conformidad con el Art. 36º, Inc. 3)
ACUERDA:
Artículo Unico.-
Aprobar el Estudio de Zonificación y Vías
del Sector Sur-Oeste del distrito de San Pedro de Lurín con las
observaciones formuladas respecto a las normas de Seguridad y
Estudios de Impacto Ambiental.
Regístrese, comuníquese y archívese.
OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO
Alcalde
8718
MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTIN DE
PORRES
Amplían alcances de ordenanza median-
te la cual se concedió amnistía tributaria
a los contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 006-97-TAEA/MDSMP
San Martín de Porres, 8 de agosto de 1997
EL TENIENTE ALCALDE, ENCARGADO DE LA ALCAL-
DIA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES;
POR CUANTO:
Que, mediante Ordenanza Nº 002-97-MDSMP, se concedió
POR UNICA VEZ, AMNISTIA TRIBUTARIA a los señores con-
tribuyentes, por el período del 5 de julio al 5 de agosto de 1997, de
las multas y recargos generados sobre los tributos que administra
la Municipalidad de San Martín de Porres;
Que, asimismo se otorgó una rebaja del 50% del valor de las
multas administrativas existentes a la fecha;
Que, por Informe Nº 076-OAT/MDSMP, de fecha 5 de agosto de
1997, emitido por la Dirección de Administración Tributaria y con la
opinión favorable de Auditoría Interna en la que indica que se ha
podido apreciar que los contribuyentes vienen cumpliendo con sus
obligaciones tributarias con la Municipalidad, habiéndose formado
largas colas a efectos de cancelar sus deudas, motivo por el cual
solicito se amplíe hasta el día viernes 15 de agosto del año en curso los
alcances de la Ordenanza Nº 002-97-MDSMP de Amnistía Tributaria;
Que, la actual Administración Municipal tiene por deber velar por
la buena gestión administrativa y la obligación de otorgar las facili-
dades necesarias por el cumplimiento de las mismas;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley
Orgánica de Municipalidades y con cargo a dar cuenta al Concejo;
DECRETA:
Artículo Primero.-
Ampliar hasta el 15 de agosto de 1997, los
alcances de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 002-97-MDSMP de fecha
30-6-97, referente a la Amnistía Tributaria y rebaja del 50% del Valor
de las multas administrativas en favor de los señores contribuyentes
pertenecientes al distrito de San Martín de Porres.
Artículo Segundo.-
Encargar a la Dirección de Administra-
ción Tributaria y de Relaciones con la Comunidad, la difusión del
presente Decreto por los diferentes medios de comunicación.
Artículo Tercero.-
Disponer su publicación en el Diario
Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSE DARIO SALVADOR VILLALOBOS
Teniente Alcalde
Encargado de la Alcaldía
8985

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