2475 309-2001-MTC/15.03 - Modifican el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias

EmisorM.T.C.
Fecha de la disposición17 de Julio de 2001
Pág. 206869
NORMAS LEGALES
Lima, martes 17 de julio de 2001
efectúe a favor del Estado será aprobada por resolución
ministerial;
Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría
Jurídica; y,
De conformidad con el literal d) del Artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Trabajo y Promoción Social, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 058-2001-TR;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar la donación efectuada
por los miembros del equipo de seguridad del señor
Ministro de Trabajo y Promoción Social, consistente
en bienes según anexo adjunto que forma parte inte-
grante de la presente resolución, por un valor de S/.
374.00 (Trescientos setenta y cuatro y 00/100 nuevos
soles) destinados a la implementación de la oficina
que ocupan dichos miembros en el Ministerio de
Trabajo y Promoción Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME ZAVALA COSTA
Ministro de Trabajo y Promoción Social
ANEXO
BIEN CANTIDAD
Mueble de madera p/ computadora 1
Ventilador de pie HI - TEC c/blanco 1
Mueble metálico para TV y VH c/blanco 1
Reloj de pared a pilas 1
27259
M T C
Modifican el Plan Nacional de Atribu-
ción de Frecuencias
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 309-2001-MTC/15.03
Lima, 13 de julio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 250-97-
MTC/15.19 se aprobó el Plan Nacional de Atribución de
Frecuencias - PNAF, documento técnico normativo que
contiene los cuadros de atribución de frecuencias de los
servicios de telecomunicaciones, así como las normas
técnicas generales para el uso del espectro radioeléctri-
co; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 123-
97-MTC/15.03, se designó a la Comisión encargada de
elaborar los planes de canalización de las bandas de
frecuencias para los servicios de telecomunicaciones
considerados en el Plan Nacional de Atribución de Fre-
cuencias - PNAF;
Que, la referida Comisión ha emitido el Informe Nº
003-2001-CC/PNAF recomendando modificar la Nota
P37 y agregar la Nota P39A al PNAF;
De conformidad con lo establecido en los Decretos
Supremos Nº 013-93-TCC, Nº 06-94-TCC, y sus modifica-
torias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar la Nota P37 del Plan Nacio-
nal de Atribución de Frecuencias, aprobado por Resolu-
ción Ministerial Nº 250-97-MTC/15.19, con el siguiente
texto:
Nota P37 Las bandas 235 - 322 MHz y 335,4 - 399,9
MHz pueden utilizarse por el servicio móvil
por satélite, a condición de que las estacio
nes de este servicio no produzcan interferen
cia perjudicial. La banda comprendida de
380-400 MHz puede ser utilizada por el
servicio de radiocomunicación para fines de
seguridad pública.
Artículo 2º.- Agregar la Nota P39A al Plan de Atribu-
ción de Frecuencias, aprobado por Resolución Ministe-
rial Nº 250-97-MTC/15.19, con el siguiente texto:
Nota P39A La banda comprendida de 410-430 MHz
está atribuida a título primario para el
servicio público móvil de canales múlti
ples de selección automática (troncaliza
do). El Ministerio establecerá un crono
grama de migración de las frecuencias
asignadas en la mencionada banda que
deberá concluir el 31 de diciembre de
2005. En el caso de las entidades de
Gobierno el plazo será previamente
coordinado con el Ministerio.
Artículo 3º.- Adicionar la Nota P39A a los cuadros de
atribución de las bandas de frecuencias 410-420 MHz y
420-430 MHz.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ORTEGA NAVARRETE
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
27241
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Dictan medidas complementarias para
determinación de la competencia de
procesos en materia de seguridad so-
cial que hayan sido tramitados ante
juzgados previsionales
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 220-2001-CSJLI/PJ
Lima, trece de julio del 2001
VISTA:
Las Resoluciones Administrativas Nºs. 204-2001- P/
CSJL-PJ, 212-2001-P/CSJL-PJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, por las Resoluciones Administrativas de vista,
se dispuso el cierre de turno de los Juzgados Previsiona-
les y la competencia de los procesos en materia de
seguridad social, respectivamente;
Que, es necesario adoptar medidas complementarias
a las ya dictadas, para la determinación de competencia
con respecto a los procesos en materia de seguridad
social, que hayan sido tramitados ante los Juzgados
Previsionales;
Que, conforme al Artículo Segundo de la Resolución
Administrativa Nº 074-CME-PJ, el Presidente de la
Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad del
Distrito Judicial a su cargo , y como tal le corresponde
cautelar la pronta y eficiente administración de justicia
en su jurisdicción;
Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos
3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder
Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que la Sala
Contencioso Administrativa, que conozca de procesos
en materia de seguridad social, como segunda instan-
cia, concluirá los procesos en referencia, remitiéndo-
los posteriormente para su ejecución, a los Juzgados
de Trabajo.

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