1067 002-99-CDB - Modifican la Estructura Orgánica de la Municipalidad

Fecha de disposición15 Julio 1999
Fecha de publicación15 Julio 1999
Pág. 175774
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 15 de julio de 1999
Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las
facultades otorgadas por el Artículo 47º inciso 6º de la Ley Nº 23853
Orgánica de Municipalidades; se
DECRETA;
Artículo 1º.- DISPONER el Embanderamiento General del
Distrito de Ate a partir del 25 de Julio hasta el 9 de Agosto del año
en curso, fechas en que se celebra la Independencia Nacional y el
Aniversario del Distrito de Ate.
Artículo 2º.- ESTABLECER que los establecimientos públi-
cos y privados, comercio e industria y viviendas, deben colaborar
con el ornato público, procediendo a la limpieza y pintado de sus
respectivas fachadas.
Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presen-
te Decreto de Alcaldía, será sancionado con las multas estableci-
das en la Ordenanza Nº 061 de fecha 22.JUN.94, Régimen de
aplicación de Sanciones Administrativas.
Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Seguridad Ciudada-
na, el cumplimiento del presente Dispositivo Municipal.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
9258
MUNICIPALIDAD DE
CIENEGUILLA
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 003-99-MDC
Por Oficio Nº 128-99-DM-MDC la Municipalidad Distrital de
Cieneguilla solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº
003-99-MDC, publicada en nuestra edición del día 3 de julio de
1999, en la página 175324.
En el primer párrafo del Artículo Séptimo
DICE:
"Los Establecimientos no ubicados en avenida principal,
pagarán el 80% del monto que le corresponda pagar a los que se
encuentren ubicados en dicha avenida, con excepción de panade-
rías, restaurantes, discotecas, distribuidoras de cervezas y otros
similares".
DEBE DECIR:
"Los Establecimientos no ubicados en avenida principal,
pagarán el 80% del monto que le corresponda pagar a los que se
encuentren ubicados en dicha avenida, con excepción de hostales,
panaderías, restaurantes, discotecas, distribuidoras de cervezas
y otros similares".
9200
MUNICIPALIDAD DE
BARRANCO
Modifican la Estructura Orgánica de la
Municipalidad
EDICTO Nº 002-99-CDB
Barranco, 25 de marzo de 1999
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE BARRANCO
Por cuanto:
El Concejo Distrital de Barranco, con el voto unánime de sus
miembros, vista la propuesta de modificación de la Estructura
Orgánica de la Municipalidad de Barranco, presentada por la
Regidora RAFAELLA BONAZZI CATTARINI, Presidenta de la
Comisión de Economía; y,
CONSIDERANDO:
Que, la actual Gestión Municipal requiere de un diseño
organizacional y funcional que permita la desconcentración de
funciones y atribuciones para lograr una eficiente prestación de
servicios públicos y administrativos para la comunidad;
Ha aprobado el siguiente:
EDICTO
MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA
ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE BARRANCO
Artículo Primero.- Aprobar la modificación de la
ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD DE
BARRANCO, la misma que queda conformada de los
siguientes órganos:
A. ORGANOS DE GOBIERNO:
1. Concejo Municipal
2. Alcaldía
B. ORGANO DE CONTROL:
1. Dirección de Auditoría Interna
C. ORGANO DE DIRECCION:
1. Dirección Municipal
1.1 Oficina de Planificación, Presupuesto y Cómputo
1.2 Dirección de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil
D. ORGANO DE ASESORAMIENTO:
1. Dirección de Asesoría Jurídica
E. ORGANOS DE APOYO:
1. Secretaría General:
1.1 Unidad de Trámite Documentario
1.2 Unidad de Archivo Central
2. Dirección de Administración y Finanzas
2.1 Unidad de Personal
2.2 Unidad de Tesorería
2.3 Unidad de Contabilidad
2.4 Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares
3. Dirección de Rentas
3.1 Unidad de Administración Tributaria
3.2 Unidad de Fiscalización Tributaria
3.3 Unidad de Recaudación y Control
3.4 Unidad de Ejecución Coactiva
4. Unidad de Relaciones Públicas y Comunicación Social
5. Oficina de Participación Vecinal
F. ORGANOS DE LINEA:
1. Dirección de Desarrollo Urbano
1.1 División de Catastro
1.2 División de Obras Privadas
1.3 División de Obras Públicas
2. Dirección de Servicios Comunales
2.1 División de Parques y Jardines
2.2 División de Limpieza Pública
2.3 División de Mercados y Comercio Ambulatorio
3. Dirección de Servicios Sociales y Cultura
3.1 División de Cultura, Educación y Turismo
3.2 División de Fomento al Deporte
3.3 División de DEMUNA, Salud y Asistencia Social
3.4 División de Registros Civiles.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto toda disposición que
se oponga a lo dispuesto en el presente edicto.
Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Adminis-
tración y Finanzas y a la Secretaría General, el cumplimiento
de lo dispuesto en el presente edicto.
Por tanto:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA
Alcaldesa

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR